Alaya presidirá el jurado por el uso de las tarjetas de la Faffe en los prostíbulos
EL USO FRAUDULENTO DE LAS TARJETAS DE LA FAFFE
La Fiscalía Anticorrupción reclama una condena de seis años de cárcel para el ex director de la Fundación Fernando Villén
Así fueron los gastos en los cinco clubes de alterne
La Audiencia de Sevilla ha designado a la juez Mercedes Alaya para presidir el juicio con jurado popular en el que se serán enjuiciados el ex director de la Faffe Fernando Villén y la que fuera directora económico-financiera Ana Valls, en relación con el uso de varias tarjetas en distintos prostíbulos en los que se abonaron 32.556 euros con fondos públicos. Así lo ha decidido el presidente de la Audiencia en un acuerdo emitido el pasado lunes, después de que el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla decretara la apertura de juicio oral.
La Fiscalía Anticorrupción reprocha al ex director de la Faffe que utilizara fondos públicos para "pagar sus vicios", satisfacer "sus lúbricos deseos" y organizar "orgías" con terceros no identificados, por lo que reclama una condena de seis años de cárcel.
En abril pasado, el juez de refuerzo abrió juicio oral contra ambos investigados por un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público, tal y como sostienen la Fiscalía y las acusaciones ejercidas por la Junta de Andalucía y el PP-A en sus respectivos escritos de calificación, por lo que será un jurado popular el que enjuicie a los dos encausados en la Audiencia Provincial de Sevilla.
En el auto, Vilaplana indicó que, de las diligencias practicadas en fase de instrucción, se desprende que es procedente el enjuiciamiento de los hechos y así relata que el investigado Fernando José Villén, “prevaliéndose de su cargo como director técnico” de la Faffe, “habría venido llevando a cabo, de manera continuada, una disposición ilícita de los fondos de dicha entidad pública, desviándolos de su propia finalidad -que no es otra que el fomento y financiación de actividades relacionadas con la formación de desempleados-, utilizándolos para abonar los servicios recibidos en distintos locales de alterne de Sevilla y otras provincias andaluzas que frecuentaba, utilizando para ello las tarjetas bancarias de las que disponía (en total, tres tarjetas de las seis de que disponía como director) contra las cuentas de la referida Fundación”.
El juez señala que, en total, este acusado “habría gastado mediante el uso de las tarjetas bancarias de la Faffe un total de 32.566 euros en locales de prostitución, gastos abonados con cargo a los fondos de la Faffe”, añadiendo que, “con el fin de ocultar la ilícita disposición de fondos públicos realizada”, el investigado, “en connivencia” con la directora económica financiera de la Faffe entre 2004 y 2011, Ana Valls, “habrían ideado un sistema por el que se simulaban los reintegros de los referidos cargos realizados por el acusado”, de forma que, “en los Libros Diarios de la Faffe, constan asientos de devolución de las citadas cantidades que no se corresponderían con la realidad”.
“Disposición ilícita de fondos públicos”
En este sentido, el magistrado expone que, “a tal fin, esto es, al objeto de simular el reintegro a las arcas de la Faffe de las cantidades ilícitamente dispuestas por su director, los acusados habrían utilizado la caja de la Dirección Económica Financiera de la Faffe, simulando supuestas –en realidad, inexistentes- reposiciones en metálico (evitando así la utilización de transferencias bancarias o método similar) de aquéllas disposiciones ilícitas; haciendo así que los gastos se camuflaran como ingresos en la Caja Central, para su posterior inclusión como tales en la contabilidad”.
“De este modo, a los pocos días de registrarse el uso de las tarjetas en este tipo de locales, se localizan, en los correspondientes Libros Diarios de la Faffe, diferentes anotaciones en las que consta una devolución contable de los cargos realizados en la Caja de la Dirección General de la Faffe por el importe exacto dispuesto, reflejando para este tipo de apuntes los conceptos ‘INGRESO F.V.’ y ‘DEVOLUCIÓN VISA F.V.’”, según señala el juez en el auto.
El juez analiza en el auto cada una de las operativas realizadas, así como, en su caso, la correspondiente justificación y anotación contable de las mismas, y señala que la acusada “habría podido realizar u omitir actos tendentes, bien a cooperar, bien a encubrir la disposición ilícita de fondos públicos que habría efectuado” el otro investigado, “pudiendo así haber participado en la elaboración, utilización o manipulación de documentación mercantil o contable, con la finalidad de simular la devolución de los fondos ilícitamente empleados, así como permitir la utilización del propio dinero de la Faffe” para que el acusado “llevase a cabo el -en tal caso, supuesto- reintegro de aquellos fondos”.
El juez señala que la acusada Ana Valls “en calidad de directora económica financiera de la Faffe, habría ostentado la máxima responsabilidad en la gestión, reposición, funcionamiento y control de los fondos y las cajas de la Fundación, en particular, de la Caja Central de la propia Dirección General, a través de la cual se habría articulado fundamentalmente la mecánica delictiva denunciada”.
Por todo ello, el juez acuerda decretar la apertura de juicio oral contra los dos investigados por un presunto delito continuado de malversación en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público -sin perjuicio de la calificación jurídica definitiva que sea atribuida a los mismos en conclusiones finales-, siendo el órgano competente para enjuiciar los hechos el Tribunal del Jurado.
El fiscal delegado de Anticorrupción Fernando Soto reclama seis años de cárcel y una multa de 7.200 euros para Fernando Villén, además de seis años de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público; mientras que para la ex directora económico-financiera y responsable de la caja de organización de la fundación Ana Valls solicita cuatro años de prisión, multa de 6.000 euros y cuatro años de inhabilitación. En concepto de responsabilidad civil, solicita que ambos acusados, que serán enjuiciados por un jurado popular, indemnicen a la Junta de Andalucía con los 32.556 euros gastados en los clubes de alterne.
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