Sentencia del Cuco: Condenados a dos años de cárcel el Cuco y su madre por mentir en el juicio

el caso Marta del Castillo

La juez le impone además el pago de 30.000 euros a los padres de indemnización por el "daño moral" y una multa de 1.440 euros más a cada uno.

¿Qué sabe el Cuco del paradero de Marta?

El Cuco reconoció que hace 13 años estuvo en el piso de León XIII donde se cometió el crimen

El Cuco y su madre tras recoger la sentencia.
El Cuco y su madre tras recoger la sentencia. / Julio Muñoz / Efe
Jorge Muñoz

09 de junio 2022 - 12:02

Dos años de cárcel para el Cuco y su madre. La juez de lo Penal número 7 de Sevilla, Olga Cecilia Simón, ha condenado este jueves a dos años de cárcel a Javier García Marín, el Cuco, y a su madre, Rosalía García Marín por un delito de falso testimonio cuando prestaron declaración en el juicio por el asesinato de Marta celebrado en el año 2011.

La sentencia les ha impuesto además el pago de una indemnización de 30.000 euros a los padres por el "daño moral" causado y una multa de seis meses a una cuota de ocho euros (en total 1.440 euros) a cada uno. El fallo llega después del juicio celebrado a finales de mayo pasado, en el que el Cuco y su madre dieron la sorpresa al reconocer los hechos, esto es, que habían mentido en aquella declaración judicial, aunque se acogieron a su derecho a no responder a ninguna de las preguntas.

La juez recoge como hechos probados que los padres del Cuco, antes de declarar en el juicio por el asesinato de Marta, que se celebró en el año 2011, se pusieron de acuerdo para realizar una "declaración concordante y coherente a fin de dar cobertura a la actuación de Francisco Javier durante la noche y la madrugada del día 24 de enero de 2009", todo ello "a sabiendas de que faltaban a la verdad, y sin importarles los perjuicios que ello podía irrogar para la familia" de Marta del Castillo.

De esta forma, cuando el Cuco declaró ante el tribunal, el 25 de octubre de 2011, aseguró que durante la tarde-noche del día 24 de enero de 2009 "no había estado en el domicilio" de León XIII sino con varios amigos, "en franjas horarias distintas a las reales, marchando a su domicilio sobre las 23:30 horas" donde se encontró con su padre, ya fallecido, que había salido a tirar la basura, "para seguidamente subir hasta su casa y no salir más, cuando la verdad era muy diferente conforme ha quedado acreditado" en las sentencias del juzgado de Menores y de la propia Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, dice la juez.

El 16 de noviembre declaró la madre del Cuco, Rosalía García Marín, manifestando a la Sala, "sabiendo que no era verdad", que salió con su marido a tomar unas copas sobre las 23:30 horas al Bar La Portada, regresando a su domicilio sobre la 1:30 o 2:00 horas de la madrugada ya del día 25 de enero, "encontrando dormido en su habitación a su hijo Francisco Javier, cuando la realidad era que estuvieron en el citado establecimiento hasta las 4:30 horas y no encontraron a su hijo en casa cuando llegaron".

En cuanto a la fundamentación de la condena y una vez que los acusados han reconocido los hechos, la juez Olga Cecilia Simón explica que el delito de falso testimonio castiga la "alteración consciente y voluntaria, total y parcial, de la verdad, llevada a cabo en una causa judicial por persona ajena a la misma, lesionando con ello un bien jurídico colectivo, como es el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, además de concretos bienes jurídicos individuales".

Ante el reconocimiento de hechos por los acusados, prosigue la juez, "se ha faltado a la verdad en un juicio por ambos, sin tener que entrar a valorar si puede o no declarar una persona como acusado y como testigo por una misma causa, el precepto mencionado es claro al castigar a los que faltaren a la verdad en una causa judicial, fueron ambos advertidos del delito de falso testimonio en el que podían incurrir en caso de no decir la verdad, por lo que queda patente que ambos cometen dicho delito".

El falso testimonio puede provocar una "resolución injusta"

La juez señala igualmente que "faltar a la verdad en la declaración que se presta como testigo en un procedimiento judicial es delito en la medida que el testimonio es uno de los medios de prueba sobre los que se puede basar la convicción del juzgador a la hora de dictar una resolución judicial definitiva, de tal manera que es posible que un testimonio falso, si induce a error al juez o tribunal ante el que se presta y es valorado como verdadero, provoque una resolución injusta, esto es, un pronunciamiento en que no se realice el valor superior de la Justicia y se lesione un interés que debe ser protegido por el poder judicial".

En este sentido, argumenta la magistrada que ésta es la razón fundamental por la que, en una sociedad democrática, el falso testimonio es tipificado como delito en la Ley penal, como así lo ha manifestado el Tribunal Supremo en la sentencia 1624/2002, de 21 de octubre.

Por todo ello, la juez concluye que los hechos son constitutivos de un delito de falso testimonio, en el que no aprecia ninguna circunstancia atenuante, ni si quiera la de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde que se denunciaron los hechos y se ha celebrado el juicio.

La pena impuesta es superior a la que solicitó el fiscal

La pena impuesta por la juez es superior a los ocho meses de cárcel que había pedido la Fiscalía y concuerda con los dos años que solicitó la abogada de la familia de Marta, Inmaculada Torres, que no obstante había reclamado una indemnización de 25.000 euros para cada uno de los padres de Marta por el "daño moral" causado por las mentiras que los acusados han mantenido durante todos estos años, y que la juez ha cifrado finalmente en 15.000 euros para cada uno de los padres.

Los abogados de la defensa pidieron, por su parte, la absolución de los acusados a pesar del reconocimiento de los hechos y, sólo de forma alternativa, admitieron en el caso del Cuco y su madre una condena de un mes y 15 días de prisión y una multa de 22 días con una cuota diaria (lo que supone 132 euros), todo ello con la aplicación de una circunstancia atenuante de "dilaciones indebidas", por el tiempo que ha transcurrido desde que se produjeron los hechos.

Agustín Martínez y Rafael Ramírez-García del Junco, que defienden a ambos acusados, impugnaron también la admisión de las declaraciones que ambos prestaron en el juicio a Carcaño, al considerar que se vulneraron sus derechos constitucionales, y en el caso de la madre, han pedido que se le aplique una segunda circunstancia atenuante de "confesión tardía".

La juez ha dictado la sentencia.
La juez ha dictado la sentencia. / Antonio Pizarro / EFE

Nueva deducción de testimonio

La acusación particular que ejerce la familia también había pedido que se dedujera testimonio contra los dos acusados por un nuevo delito, en este caso contra la integridad moral -como el que el Tribunal Supremo impuso a Miguel Carcaño-, al considerar que la actuación "tan cruel" por parte de "dos personas sin escrúpulos" que no han querido decir nada para encontrar a Marta es constitutiva de este delito, por cuanto "han mentido y vuelven a burlarse de la Justicia y de la familia en este juicio".

La letrada reprochó que el Cuco y su madre han "ocultado los datos" para encontrar a Marta a pesar de que el que fuera menor participó en su desaparición, por lo que insistió asimismo en que se les imponga la "máxima pena" y no se les aplique ninguna circunstancia atenuante por el "trato humillante a la Justicia, a los padres y a todo del mundo".

stats