Andalucía elimina la declaración responsable de algunos preceptos de la Ley del Suelo
Junta y Gobierno llegan a un acuerdo por el que se evita llegar al recurso ante el Constitucional de la Lista
La modificación hace valer el "silencio administrativo" frente a lo recogido en la normativa autonómica
La Junta reformará 42 artículos de la Lista para evitar el recurso de inconstitucionalidad
La Junta de Andalucía se abre a la modificación de ciertos procedimientos contenidos en la Ley del Suelo (Lista) para evitar un recurso ante el Tribunal Constitucional por parte del Gobierno central. En concreto se limita la utilización de la "declaración responsable" en la demolición de construcciones y movimientos de tierras y se sustituye por el "silencio administrativo negativo" contemplado en la ley estatal que, al menos en teoría, otorga una mayor seguridad jurídica en dichos procedimientos.
De esta manera, ambas administraciones dan por "resueltas las discrepancias" que mantenían en torno al apartado 10 del artículo 117 del decreto de simplificación. Así se recoge en una resolución que detalla que, "de conformidad con las negociaciones celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo 117 del decreto", ambas partes consideran "solventadas" esas diferencias, "con arreglo" a unos "compromisos y consideraciones".
En esencia, ese artículo se aplicará según lo dispuesto en la legislación estatal en lugar de lo previsto en el capítulo de "medios de intervención administrativa sobre la actividad de edificación"; en concreto, en relación a los "actos sujetos a declaración responsable o comunicación previa" contenidos en la Lista.
Modificación en la ley andaluza
El decreto andaluz de simplificación aprobado el pasado mes de febrero, establecía una modificación en dicho artículo de la Lista en virtud del cual quedasen "sometidas a declaración responsable, en el marco de lo establecido en la legislación estatal", por un lado, la "demolición total o parcial de construcciones o edificaciones, siempre que no estén sujetas a un régimen de protección por la legislación de patrimonio histórico, por los instrumentos de ordenación territorial o por los instrumentos de ordenación urbanística, o que no estén incluidas en el entorno o en el ámbito delimitado de un bien protegido".
Y, también, "los movimientos de tierras y explanaciones en suelo urbano que no se encuentre en una Zona Arqueológica o de Servidumbre Arqueológica y que sean independientes de proyectos de urbanización, edificación o construcción, en cuyo caso seguirán el régimen previsto para estos".
A partir de ahora, estos procedimientos "serán expresos con silencio administrativo negativo, los actos que autoricen movimientos de tierras, explanaciones, parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación; las obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta; la ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes", y "la tala de masas arbóreas o de vegetación arbustiva en terrenos incorporados a procesos de transformación urbanística y, en todo caso, cuando dicha tala se derive de la legislación de protección del domino público".
Las dos administraciones "coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada", según reza la resolución publicada este lunes en el BOE y el BOJA y firmada por el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, y el consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa del Gobierno andaluz, Antonio Sanz.
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