Las defensas de los ex altos cargos centran su alegato en combatir el delito de malversación
Caso de los ERE
El combate de los ERE se centra en tratar de tumbar el delito de malversación, que es el que conlleva las penas de entre seis y ocho años de cárcel para nueve de los 19 ex altos cargos de la Junta condenados en la sentencia de los ERE. Con una limitación de un máximo de 20 minutos para exponer los recursos y teniendo en cuenta que el presidente de la Sala que revisa los recursos, el magistrado Juan Ramón Berdugo, ya había anunciado que el tribunal estaba convenientemente instruido de los recursos, las defensas de los principales condenados han empleado su intervención para combatir precisamente el delito de malversación.
La primera defensa en intervenir ha sido la del ex consejero de Empleo Antonio Fernández, que fue condenado a siete años, 11 meses y un día de cárcel por un delito continuado de malversación, y que ha presentado hasta 17 motivos para casar la sentencia. El abogado Alfonso Martínez del Hoyo, que representa a Antonio Fernández, ha calificado de "profundamente desacertada" la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla en noviembre 2019 y que, a su juicio, está llena de "oscuridades y contradicciones".
El letrado ha comenzado su intervención atacando la instrucción realizada en su día por la magistrada Mercedes Alaya, al afirmar que las diligencias previas de los ERE se abrieron en el año 2011 pero "en lugar de seguir el rastro del dinero" destinado a las ayudas sociolaborales y a empresas concedidas en el periodo enjuiciado 2000-2009, se empleó la vía de "criminalizar el uso de la transferencias de financiación" que la Consejería de Empleo hacía a la agencia Idea para el pago de las ayudas.
Martínez del Hoyo ha considerado muy discutible que se pueda presumir la existencia de un "plan organizado", que resulta "inverosímil", que se produjo durante diez años para desviar los fondos públicos para "fines inconfesables", lo que ha provocado que se haya producido un "bucle fatal" que ha determinado "graves errores" en la sentencia ahora recurrida.
El letrado ha insistido en que el único modo de concluir que se han concedido ayudas a un fin distinto es analizado cada disposición de fondos "y esto no se ha hecho en el juicio" que se celebró durante un año en la Audiencia de Sevilla, habría que haber determinado "cuánto, cómo, en favor de quién se malversó", pero "esto no se sabe" y a pesar de ello se da por probado un menoscabo de 680 millones de euros, la totalidad de las ayudas concedidas.
Martínez del Hoyo ha recordado que el erario público se hizo y "se está haciendo cargo" del pago de las ayudas, tras la aprobación del decreto 4/2012, una norma que "dictó el Parlamento de Andalucía para refinanciar el pago" de las ayudas, sin embargo la sentencia "hace tabla rasa" y se afirma que todas las ayudas son constitutivas de malversación. Y todo ello, prosigue, sin que a los 6.300 trabajadores que recibieron las ayudas "se les hubiera exigido" la devolución del dinero ni hayan sido traídos al procedimiento penal como partícipes a título lucrativo del delito.
De los 19 ex altos cargos, fueron castigados con penas de cárcel por malversación el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán, que fue condenado a seis años de cárcel, y también se impuso penas de prisión a los ex consejeros Antonio Fernández, José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo, así como los ex viceconsejeros Agustín Barberá y Jesús María Rodríguez Román, el ex director general de Trabajo Juan Márquez y el ex director general de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar.
El abogado Pedro Apaletegui, que representa al ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá -que fue condenado a siete años y un día de prisión-, ha insistido en la "orfandad probatoria" de la malversación, un delito que, según ha defendido, es de "imposible cumplimiento" por la exclusión de las ayudas individuales en el enjuiciamiento del denominado "procedimiento específico".
Apaletegui ha subrayado que aunque los altos cargos tuvieran conocimiento de las deficiencias detectadas por la Intervención en el uso no adecuado de las transferencias de financiación, eso no implica que conocieran que se había producido un menoscabo de fondos público, puesto que ese conocimiento no se tuvo hasta una vez iniciada la investigación judicial en la 2013, cuando surgieron los denominados intrusos -las personas incluidas en las pólizas sin haber trabajado en las empresas- y el pago realizado a un despacho de abogados, ha indicado.
Además, el abogado del ex viceconsejero ha considerado que las transferencias de financiación son un "elemento presupuestario neutro, a pesar de la maldad que se le ha atribuido" en este caso y la "desnaturalización" de las mismas que se ha realizado achacándoles unos vicios que se han encontrado en las ayudas.
Por su parte, el letrado Manuel Pérez Cuajares, que defiende al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Juan Márquez -condenado a siete años y un día de prisión-, ha hecho hincapié en la "insuficiencia" de las pruebas practicadas para condenar por el delito de malversación, por cuando las ayudas individuales "no han sido objeto de enjuiciamiento" y no hay pruebas de la misma "porque la Sala precisamente lo impidió en el acto del plenario en el auto que resolvió las cuestiones previas. La Sala decidió enjuiciar el delito de malversación sin entrar en el cómo, ni el cuándo ni para quién, lo cual nos parece inviable", ha añadido.
La abogada Encarnación Molino, que defiende al ex consejero de Innovación Francisco Vallejo -que fue condenado a siete años y un día de prisión-, ha insistido en que hay una "extralimitación e incongruencia" en la condena por el delito de malversación por parte de la Audiencia, después de que las ayudas individuales fueran excluidas del enjuiciamiento, por lo que dicha condena se ha realizado "sin rigor jurídico y de una manera forzada y artificiosa".
La letrada ha defendido igualmente que no hay pruebas de que los informes de la Intervención que alertaban de las deficiencias en la utilización de las transferencias fuesen entregadas a Francisco Vallejo, y ha llamado la atención precisamente respecto a que la sentencia "convierte deficiencias en palmarias ilegalidades".
Una "colosal conjetura continuada"
La defensa del ex consejero de Empleo José Antonio Viera -que fue condenado a siete años y un día de prisión- ha considerado que los hechos declarados probados en la sentencia constituyen una "colosal conjetura continuada", en la que no se ha realizado una explicación razonable de los hechos sino que éstos incluyen un cúmulo de generalizaciones "ininteligible y muy deficiente desde el punto de vista técnico".
El abogado Jon Ander Sánchez, que defiende a Viera, ha recordado que éste fue consejero hasta el año 2004, por lo que no pudo conocer el informe adicional al de cumplimiento sobre el IFA correspondiente al año 2003, porque éste fue entregado en julio de 2005, cuando ya no ocupaba el cargo. Ha recordado el letrado que Viera era "maestro de escuela" y ni siquiera tuvo acceso durante su mandato a ese informe de la Intervención en el que se "relataban todos los males del mundo mundial", ha afirmado.
También se le atribuye ser uno de los firmantes del convenio marco de 17 de julio de 2001 por el que se concedían las ayuda, olvidando que los convenios ya se venían utilizando y "nadie advirtió de que el convenio marco podía ser ilegal".
Carmen Martínez Aguayo, "condenada por razón de su cargo"
En la sesión de la mañana también ha intervenido el abogado Víctor Moreno Catena, que representa a la ex consejera de Economía y Hacienda Carmen Martínez Aguayo -condenada a seis años y dos días de prisión-, quien ha considerado que en este caso se ha producido una "vulneración flagrante" de derechos fundamentes y su clienta ha sido "condenada por razón de su cargo", a quien se nuestra en la sentencia como que "sabía todo lo que se hacía en la Junta, pero eso dista mucho de la realidad", ha dicho.
Esta defensa ha recordado que la sentencia determinó que las transferencias sólo podían tener un uso -equilibrar la cuenta de pérdidas y ganancias de la agencia idea- y que su utilización no sólo era ilegal sino delictiva, pero hubo un "peldaño que la Sala no se atrevió a subir y decir que la ley que cada año aprobaba el Parlamento de Andalucía era ilegal y delictiva", dado que en la misma se incluían dichas transferencias.
También ha señalado que esas irregularidades no fueron advertidas ni por el Parlamento ni por la Cámara de Cuentas, y ha tildado de "inadmisible" que se haya realizado una condena por el delito de malversación "en abstracto, prescindiendo de cuál fue el dinero malversado y a quien fue a parar indebidamente. La Audiencia decidió juzgar un delito de malversación sin entrar ni el cómo, ni cuando ni por qué en favor de quién se hizo, lo cual es absolutamente inviable".
El letrado Luis Aparicio, que defiende a los ex viceconsejero José Salgueiro y Jesús Rodríguez Román, ha denunciado los "errores de bulto" de la sentencia recurrida y ha defendido que "no existe ninguna connivencia" entre los acusados para la creación del denominado "procedimiento específico" para la concesión de las ayudas.
Miguel Delgado Durán, que defiende al ex director general de Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar, ha sostenido que el informe adicional al de cumplimiento del IFA del año 2003 "sólo contiene irregularidades administrativas" y del mismo no se puede concluir que se esté "entregando fondos públicos a teneros, ni se deduce que exista ninguno de los elementos del tipo del delito de malversación".
La sesión de la mañana se ha cerrado con la intervención del letrado Juan Carlos Alférez, que defiende al ex director de Idea Jacinto Cañete -condenado a ocho años y medio de inhabilitación por prevaricación- y que ha sostenido que "existe una interpretación razonable del derecho que conduce a que la agencia Idea tenía amparo normativo, normas jurídicas, para entender que el único modo de gestión del programa presupuestario es exactamente lo que se hizo durante todo el periodo que ostentaron el cargo".
En este sentido, Alférez ha aseverado que la agencia Idea sólo se encargaba de "materializar el pago" de las ayudas que ordenaba la Consejería de Empleo; la agencia Idea sólo podía "acatar esas órdenes de pago" que procedían de la dirección general de Trabajo.
La defensa de los herederos de Javier Guerrero no acude a la vista por motivos de salud
La defensa de los herederos del que fuera director general de Trabajo y Seguridad Social Javier Guerrero, quien falleció en octubre de 2020, no ha asistido a la vista de los recursos en el Tribunal Supremo, por motivos de salud del abogado José Ávila, quien defendió a Guerrero en el juicio y ahora a sus herederos.
En el juicio por el denominado "procedimiento específico" de los ERE, Javier Guerrero fue uno de los 19 ex altos cargos que recibió la mayor condena: siete años, once meses y un día de prisión por un delito de prevaricación en concurso medial con otro de malversación.
Su muerte se produjo cuando la sentencia había sido ya recurrida y sus herederos se personaron en el procedimiento.
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