El embrollo jurídico de la exclusión de los altos cargos irrumpe en el juicio
El juicio de los ERE
La defensa del ex consejero de Empleo Antonio Fernández considera que Anticorrupción ha introducido cambios sustantivos que podrían afectar a los acusados en los juicios por las ayudas
El embrollo jurídico por la exclusión de los ex altos cargos del resto de las piezas se cuela de lleno en el juicio de los ERE, que se ha suspendido hasta mañana, después de que la defensa del ex consejero de Empleo Antonio Fernández pidiera tiempo para analizar los cambios introducidos por la Fiscalía Anticorrupción en el escrito de conclusiones definitivas y que el letrado Alfonso Martínez del Hoyo considera relevantes.
El abogado expuso al tribunal la transcendencia que a su juicio tienen las modificaciones introducidas por el Ministerio Público, dado que podrían afectar en el futuro al enredo jurídico en el que está inmerso el caso por la decisión de la Audiencia de Sevilla de excluir a los ex altos cargos enjuiciados en este proceso de las restantes piezas separadas en las que se investigan delitos de malversación de caudales públicos, en relación con la concesión de las ayudas.
Alfonso Martínez del Hoyo planteó la suspensión porque entiende que más allá de la “apariencia” de que el Ministerio Público no había introducido cambios relevantes en su escrito de acusación definitiva, para este letrado lo cierto es que los cambios “tienen una sustancial entidad” y existía por tanto un “riesgo cierto grave de lesión” de los derechos fundamentales de su cliente, sobre todo el derecho a la tutela judicial efectiva y al derecho de defensa, por lo que solicitó la suspensión para hacer un “estudio detenido” y las alegaciones oportunas.
Hasta en cuatro ocasiones, el presidente del tribunal, el magistrado Juan Antonio Calle Peña, pidió al letrado que detallara en qué consistía esa posible lesión de los derechos, lo que motivó que el letrado se extendiera en su argumentación, y señalara que las posibles vulneraciones están relacionadas “no con la multitud de cambios puntuales” que ha introducido la Fiscalía en su escrito de conclusiones definitivo, “sino con el cambio de carácter relevante” que en su opinión se ha introducido.
Según el letrado, en el auto de procedimiento abreviado dictado el 31 de mayo de 2016, en el que se dio por concluida la instrucción, el juez de refuerzo introdujo un delito de malversación en su “modalidad activa”, al fijar que los acusados habían concedido las ayudas objeto de autos, mientras que en el escrito de la Fiscalía se introdujo una modalidad “pasiva” que, sin embargo, ahora “ha desaparecido y en su lugar se introduce una dialéctica ambigua”.
El abogado se refirió a unos párrafos nuevos en los que la Fiscalía Anticorrupción señala que la “singular materialización” de las ayudas sociolaborales, ayudas a empresas en crisis y otros pagos ajenos a la finalidad del programa presupuestario, “con la concreta participación en la tramitación de las personas que integran los centros gestores de la Consejería de Empleo y, en su caso, de la Consejería de Innovación y de la agencia IDEA y que fueron posibles gracias al procedimiento descrito son objeto de instrucción y, en su caso, enjuiciamiento en previas separadas e independientes de ésta, en las cuales se practican diligencias para el esclarecimiento de las concretas circunstancias en las que se concedieron, tramitaron y pagaron esas ayudas, así como de determinación de la participación de otras personas –perceptor de las cantidades o conseguidores de las mismas–”.
De estos párrafos, la defensa de Fernández entiende que lo que se “trasluce y traslada es una intención de la Fiscalía que encierra una enorme gravosidad para su cliente”, es decir, que éste pueda ser enjuiciado en el resto de las piezas, una tesis en la que insisten la Fiscalía y la acusación particular que ejerce la Junta de Andalucía, y que ha sido rechazada hasta la saciedad por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, que es la encargada de resolver los recursos en la macrocausa de los ERE.
Martínez del Hoyo hizo hincapié en que la Fiscalía de esta forma se está “claramente apartando del núcleo del hecho imputado” en este juicio de los ERE, que es no sólo el diseño y mantenimiento del denominado procedimiento específico, sino la concesión y pago de las ayudas.
El letrado considera que la Fiscalía pretende variar su planteamiento inicial, en una suerte de “Donde dije Digo, digo Diego” puesto que otro tribunal, la Sección Séptima, “no permite juzgar” la malversación “aquí y allí, y quieren quitarle de aquí para juzgarlos allí”, lo que en su opinión vulnera el principio acusatorio.
El presidente del tribunal recordó al letrado que esta cuestión fue resuelta en el auto de cuestiones previas, donde se estableció que las otras piezas separadas no eran objeto de este juicio.
Del Hoyo aludió a la “batalla jurídica” que desde hace más de dos años mantienen la Fiscalía y la Junta ante el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla y la propia Sección Séptima de la Audiencia, en la que las acusaciones mantienen que son hechos “distintos” los que se juzgan en el procedimiento específico y los de las piezas, y sin embargo la Audiencia ha excluido a los ex altos cargos de las piezas porque considera que existe un “afán globalizador” del juicio del procedimiento específico.
"Aquí nadie se chupa el dedo"
La defensa argumentó que el fiscal ha llevado “a sus últimas consecuencias” el auto del 31 de mayo de 2016, que incluía la concesión y pago de las ayudas, y ha introducido en el relato de hechos la concesión y pago de los 741 millones de euros, el montante de ayudas otorgadas entre 2001 y 2010.
El abogado alertó de que hay que evitar el “doble enjuiciamiento” y la posible vulneración en el futuro de la “cosa juzgada”. “Aquí nadie se chupa el dedo” y las cosas no se hacen por nada, aseveró el letrado, que insistió en que existe un “riesgo cierto de que pudiera producirse la vulneración” de los derechos de los acusados.
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