El parqué
Jaime Sicilia
Incertidumbre
La prueba estrella del juicio de los ERE
Los peritos de auxilio judicial, que pertenecen a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), y los seis catedráticos propuestos por la defensa de varios de los acusados han vuelto a poner de manifiesto este miércoles sus radicales discrepancias sobre lo que los 22 ex altos cargos procesados pudieron hacer o no para frenar las irregularidades relacionadas con el pago de ayudas sociolaborales y directas a empresas que se concedieron entre 2001 y 2010 en Andalucía.
En la última parte del interrogatorio de la acusación popular que ejerce el PP, esta acusación preguntó a los peritos de la IGAE si tenían conocimiento de que los acusados adoptaran antes del año 2009 alguna medida para poner fin al "uso inadecuado" de las transferencias de financiación de la Consejería de Empleo al IFA/IDEA para el pago de las ayudas.
Ángel Turrión, jefe de los peritos de la IGAE, dijo que no tenían conocimiento de que adoptaran alguna medida, y cuando se le planteó si el Consejo de Gobierno debería haber acordado alguna directriz para impedir el uso de las transferencias para que esas ayudas se concedieran prescindiendo "total y absolutamente del procedimiento legal" establecido, el perito ha contestado diciendo que "parece que sí". Aunque es un tema que no han abordado, ha reconocido Turrión, entienden que "el Consejo de Gobierno debería haber adoptado alguna actuación. No conocemos ninguna que se haya adoptado más allá de los planes de Control Financiero Permanente, nos referimos a actuaciones de tipo concreto e inmediato", ha aseverado.
Sin embargo, el catedrático de Derecho Financiero y Tributario Juan Zornoza, que ha elaborado un informe pericial a instancias de la defensa del ex director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano y del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán, ga respondido que, de acuerdo al decreto 9/1999 sobre régimen presupuestario, financiero, de control y contable de las empresas de la Junta, "nada hicieron las personas que ocupaban esos cargos porque nada les era exigible; nada tenían jurídicamente el deber de hacer".
En ese decreto es precisamente donde se establece el procedimiento para que la Intervención General de la Junta emita el correspondiente "informe de actuación", en el supuesto de que sus recomendaciones no sean adoptadas por las empresas u organismos a las que se dirigen dichas recomendaciones.
La acusación popular, en el repaso que realizó uno por uno sobre los ex altos cargos acusados, llegó a plantear si el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán, que antes había ocupado el cargo de consejero de Economía y Hacienda, pudo poner fin al uso de las transferencias de financiación, a lo que el perito de la IGAE Ángel Turrión respondió afirmativamente porque, según dijo, la ley encomienda al consejero de Hacienda la facultada para "elaborar el presupuesto y velar por la ejecución" del mismo, y "no conocemos actuación alguna" para impedir que se utilizaran las trasferencias, según el perito, que también ha opinado que Griñán debió haber dado traslado al Consejo de Gobierno de los "incumplimientos" que reflejaban los distintos informes de la Intervención General de la Junta.
Zornoza también ha ironizado sobre la importancia que los peritos conceden a las funciones de la dirección general de presupuestos, al afirmar que "a partir de ahora nadie va a querer ser ministro de Hacienda, todos van a quererse ser director general de Hacienda, porque es el que manda en todo".
El catedrático Juan Ramallo, que ha elaborado un informe a propuesta de la defensa de la ex consejera Magdalena Álvarez, ha defendido que ésta no pudo conocer el informe definitivo de cumplimiento de la agencia IDEA recibido en la consejería en 2004, por cuanto ha señalado que ese informe -fechado el 14 de enero de 2004-, fue recibido en la Consejería de Hacienda el día 15 de enero de 2004 y 20 días después, el 7 de febrero, se produjo el cese de Magdalena Álvarez. "En esos 20 días no le llegó el informe, y el informe del año 2003, que es tan importante según la instructora -ha ironizado en alusión a la juez Mercedes Alaya- era imposible que lo conociera" porque se notificó en 2005.
Por último, Zornoza ha replicado que "no es cierto" que las transferencias de financiación sean un crédito "inadecuado" que impida la fiscalización previa de las ayudas, puesto que la fiscalización previa si era posible si los expedientes de las ayudas "se hubieran tramitado y pasado al interventor delegado", al tiempo que ha defendido la legalidad de las distintas modificaciones presupuestarias que incrementaron la partida 31L y que la acusación popular ha tratado de presentar como otro elemento que influyó en el presunto fraude.
A muchas de las preguntas sobre la participación de los distintos acusados en los hechos investigados, los peritos han respondido afirmativamente si es que asistieron a las reuniones del Consejo de Gobierno en las que dio el visto bueno a los pagos o a las modificaciones presupuestarias.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha rechazado conceder unos días a las partes personadas en el juicio de lo ERE para que puedan preparar los informes definitivos con las conclusiones, una decisión que los magistrados han argumentado en que debe respetarse el calendario y no se puede perder ni un día de sesiones.
Los tres magistrados han mantenido este miércoles, al término de la sesión del juicio, una reunión informal con los fiscales, los abogados de las acusaciones y los letrados de los 22 ex altos cargos acusados para tratar de organizar las últimas fases de la vista oral.
Así, una vez que finalice la práctica de la prueba pericial, comenzará la denominada prueba documental, en la que el tribunal ha pedido a las partes que entreguen un escrito citando los documentos que se someten a la valoración del tribunal. En ese escrito, los letrados deberán incluir la ruta exacta dónde se encuentra el documento y una descripción "estrictamente objetiva" del mismo.
Después de la documental, llegará la fase de conclusiones, en la que las partes deberán elevar a definitivas o modificar sus conclusiones provisionales que en su día presentaron para este juicio. En caso de que alguna de las partes introduzca alguna modificación en sus conclusiones, deberá presentarla por escrito, ha decidido el tribunal.
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