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El BOE publica la subida del Salario Mínimo a 900 euros a partir del 1 de enero

Supone un incremento del 22,3%, el mayor alza desde 1977

Un camarero sirve mesas en un velador. / Sonia Ramos Aldón
Efe

27 de diciembre 2018 - 12:16

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 900 euros mensuales por catorce pagas a partir del próximo 1 de enero, lo que supone un incremento del 22,3%, el mayor alza desde 1977, equivalente a 164 euros más mensuales.

Así se desprende del real decreto aprobado el pasado 21 de diciembre por el Consejo de Ministros, y publicado este jueves en el BOE a través de una disposición del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, que no precisó de convalidación en el Congreso y que da cumplimiento al acuerdo presupuestario del Gobierno con Podemos para 2019.

La norma establece que el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 30 euros al día o 900 euros al mes (12.600 euros al año).

Este SMI se abonará tanto a los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para los empleados de hogar, y en él se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

Para los trabajadores eventuales y temporeros, el salario mínimo será de 42,62 euros al día, y para los empleados de hogar, de 7,04 euros por hora.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata, según fija el real decreto.

"El citado incremento atiende a la mejora de las condiciones generales de la economía y tiene como objetivo prevenir la pobreza en el trabajo y fomentar un crecimiento salarial general más dinámico", señala el real decreto.

En línea con las recomendaciones internacionales, añade en su exposición de motivos que para garantizar el derecho a una remuneración "equitativa" y "suficiente" que les proporcione a ellos y a sus familias un nivel de vida "decoroso", el Comité Europeo de Derechos Sociales ha interpretado que dicho umbral se sitúa en el 60% del salario medio de los trabajadores.

Elevar a 900 euros mensuales el SMI "acerca a dicha recomendación", subraya el real decreto, que destaca que es un factor "decisivo" para que la creación de empleo y la recuperación económica se traduzcan en una progresiva reducción "real" de la pobreza y de la desigualdad salarial.

2,5 millones de beneficiados

Este incremento del SMI beneficiará a casi 2,5 millones de trabajadores, más de la mitad de ellos mujeres (56,7%), por lo que contribuirá a reducir la brecha de género en salarios y pensiones, según el Ministerio de Trabajo. De estos casi 2,5 millones de beneficiarios, 1,3 millones se encuadran en el Régimen General de la Seguridad Social (sin sistemas especiales); entre 750.000 y 800.000 en el sistema especial agrario y 400.000 en el sistema especial de empleados de hogar.

El comercio mayorista y minorista (18,8%), las actividades administrativas y auxiliares (14%) y la hostelería (10,8%) son los principales sectores que se beneficiarán por el alza del SMI. Le siguen servicios (7,7%), actividades sanitarias y de servicios sociales (6,8%), administración pública y defensa y Seguridad Social obligatoria (6,8%), actividades profesionales, científicas y técnicas (6,3%), educación (6,2%) e industria manufacturera (6%).

El real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, este viernes, si bien surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de enero de 2019.

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