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Inspecciones: éstos son los objetivos de la AEAT en 2021

observatorio Fiscal

La Agencia Tributaria expone en el Plan de Control Tributario que publica anualmente las líneas de su actuación contra posibles conductas que producen un quebranto a los ingresos públicos

Oficina de la Agencia Tributaria en el periodo de declaración de la renta. / Archivo
Miguel Hernández

13 de febrero 2021 - 11:49

El Boletín Oficial del Estado publicó, el pasado 1 de febrero, la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 (Plan de Control Tributario). En el citado plan se enumeran las principales cuestiones que serán objeto de comprobación, investigación y control por su parte durante el este año.

Se comentan las principales medidas o actuaciones previstas con incidencia en el ámbito de los tributos directos, el Impuesto sobre Sociedades (IS), el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

prevención de incumplimientos y cumplimientos voluntarios

La Agencia Tributaria, al objeto de prevenir errores en la presentación de declaraciones e impulsar el cumplimiento voluntario, pretende potenciar un nuevo modelo de asistencia al contribuyente a través de actuaciones como la inclusión de mejoras en el programa Renta WEB, la potenciación de los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF o el perfeccionamiento de la calidad de la información en los datos fiscales que se ofrecen desde 2020 a contribuyentes del IS.

Por otro lado, hace hincapié en la necesidad de llevar a cabo una depuración de los censos, de forma que sólo aquellas sociedades que realmente intervengan en el ámbito comercial o económico mantengan su plena vida jurídico-fiscal.

Al mismo tiempo, se subraya la consolidación de todos los intercambios de información impulsados en la Unión Europea y en el ámbito de la OCDE. Así, destaca el incremento habido, en relación con el intercambio automático de información de cuentas financieras en el extranjero titularidad de residentes en España, desde el primer intercambio en 2017 por 49 jurisdicciones hasta las 106 jurisdicciones en 2020.

Las inspecciones que vienen

En cuanto al detalle de las directrices relativas a la investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario, y que conforma el grueso del Plan, concreta las actuaciones a realizar en función de los destinatarios o de los tributos que pretende abarcar.

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, y particularmente centrado en multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales, se especifica que las actuaciones pretendidas estarán centradas en:

1. Validar los gastos financieros deducidos por empresas que tributan en forma de grupo fiscal, en especial cuando la financiación procede de entidades vinculadas en el extranjero, y verificar la correcta tributación de dividendos e intereses percibidos de entidades del grupo, así como las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, ya aplicadas o pendientes de compensación.

2. La realización de actuaciones inspectoras conjuntas en el ámbito de la Unión Europea en relación con los pagos intragrupo por la cesión de intangibles.

3. La puesta en práctica, en relación con las operaciones vinculadas, de un nuevo sistema automatizado de análisis de riesgos basado en toda la información sobre dichas operaciones con que cuenta la Administración. Adicionalmente, se verificará el adecuado cumplimiento de las obligaciones de información sobre las que versa el modelo 232.

4. Velar por la correcta aplicación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición, la atribución de beneficios a los establecimientos permanentes, así como la aplicación de las medidas "anti-paraíso" para evitar el uso de estructuras localizadas en jurisdicciones de baja fiscalidad o que apliquen regímenes fiscales preferenciales.

En la esfera de las personas físicas y sus patrimonios, la Agencia Tributaria prestará especial atención a los grandes patrimonios, especialmente cuando una parte de los mismos pueda estar ubicada en el extranjero o amparada por el uso de figuras societarias interpuestas a través del uso de herramientas masivas de tratamiento de datos. En este contexto, el Plan otorga especial relevancia al tratamiento de Big Data que hace posible efectuar de manera sistemática el análisis de residencia sobre contribuyentes que declaran ser no residentes para, a partir de indicios, determinar los días de presencia en territorio español, la existencia en España de un centro de intereses económicos relevante y operativo, así como la existencia de relaciones familiares que permitan inferir la residencia fiscal en España.

Por otro lado, destaca la intensificación en la colaboración con las comunidades autónomas a los efectos de intercambiar información en ambas direcciones. Se especifican la información relativa a materias como domicilios declarados, arrendamientos urbanos, valores que hayan sido comprobados en relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y valores de patrimonio a los efectos de detectar no declarantes del IP.

actividad no declarada y economía sumergida

En relación con las actividades empresariales y profesionales, se van a potenciar las operaciones coordinadas de lucha contra la actividad no declarada y la economía sumergida, evaluando con un mayor nivel de prioridad, en general, los riesgos fiscales de aquellos contribuyentes que pertenezcan a aquellos sectores o actividades que hayan sido menos afectados por el Covid-19 e incluso sobre aquellos otros que han visto crecer su negocio precisamente como consecuencia de esta excepcional situación. En particular, se mantendrá el foco en las siguientes actuaciones:

1. Especial observancia del uso de efectivo en cantidades superiores a las legalmente establecidas y lucha contra el uso de programas informáticos, instalados especialmente en las cajas registradoras, que permiten la omisión, interpolación o alteración de operaciones ocultando las ventas verdaderas de una actividad.

2. Evitar el uso abusivo de sociedades carentes de una estructura productiva real con la principal finalidad de canalizar rentas o realizar gastos personales de personas físicas, de manera que se rompa la progresividad impositiva del IRPF.

3. Analizar supuestos de sociedades vinculadas con personas o un grupo familiar con el fin de evaluar de modo conjunto las operaciones desarrolladas y los efectos que, entre ellas, se puedan derivar en una minoración en las rentas o bases declaradas.

4. Controlar las rentas obtenidas por artistas y deportistas.

5. Focalizar actuaciones en el ámbito del comercio electrónico.

Finalmente, el Plan también presta especial atención a las operaciones realizadas en el ámbito de la economía digital, anticipando una actuación cooperativa con las plataformas de comercio electrónico y planteando actuaciones concretas en relación con las denominadas criptomonedas.

En definitiva, la Agencia Tributaria muestra sus cartas indicando a quiénes pretende inspeccionar, advirtiendo, en este sentido, sobre las innumerables fuentes de información, nacionales e internacionales, con las que cuenta.

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