Fernando Faces
Perspectivas económicas: España 2025
SEVILLA/Tambores de guerra en Abengoa. El consejo de administración de la multinacional andaluza comunicó hoy a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que ha acordado recomendar a sus accionistas votar en contra del procedimiento para agrupar acciones, denominado técnicamente split, y que había sido solicitado por Inversión Corporativa, Finarpisa y Blanca de Porres Guardiola, accionistas que representan el 3,0001% del capital.
El consejo de administración de Abengoa se reunió en el día de hoy para adoptar medidas que permitieran cumplir el requerimiento de la propia CNMV para evitar el split planteado por considerarlo contrario a la normativa del mercado de valores.
La cúpula de la multinacional radicada en Sevilla, que ahora preside Gonzalo Urquijo, puso de manifiesto en la reunión que mantuvo para atender la petición de la CNMV que "ante todo" su "constante preocupación", desde que se produjo la ampliación de capital en marzo de 2017, "por mantener una negociación ordenada" de las acciones de la compañía.
"De hecho, por iniciativa propia y sin que mediara requerimiento del regulador –recuerda la empresa en el hecho relevante hecho público hoy–, sometió a la junta general ordinaria [de accionistas] celebrada el 30 de junio de 2017 una propuesta de contra-split " para las dos clases de títulos que cotizan en la Bolsa de Madrid. Aquella propuesta no se aprobó entonces por falta de quorum en esa junta, un hecho que la dirección calificó hoy de "lamentable", porque se haberse ejecutado la agrupación de acciones que proponía, la cúpula de la compañía entiende que "habría facilitado una negociación ordenada" de los títulos "y probablemente habría evitado que la sociedad se viera afectada por las medidas anunciadas por Bolsas y Mercados Españoles el pasado 30 de julio de 2018", añade el consejo en referencia al cambio de precio mínimo de los título de 0,01 euros a 0,001, que es lo que motivó la petición una junta extraordinaria para aprobar un split por parte de la sociedad que agrupa a la familia Benjumea y de otros accionistas históricos de Abengoa.
Además, la dirección de la compañía que preside Urquijo, quiso enfatizar ante el regulador de los mercados que también la convocatoria de la junta general llamada a pronunciarse sobre el split responde a una obligación legal y no a su "voluntad propia", en "estricto cumplimiento" de los artículos 168 y 495 de la Ley de Sociedades de Capital, que obliga a los administradores a dar curso a las solicitudes de convocatoria promovidas por accionistas titulares de acciones que representen un 3% o más del capital social. Es más, en su comunicación a la CNMV acalra que "habiendo propuesto previamente la adopción de medidas de signo contrario", el consejo "ni hizo suyas las medidas planteadas por Inversión Corporativa, Finarpisa y Blanca de Porres Guardiola ni las valoró positivamente". Para enfatizar más su oposición, la cúpula de Abengoa agrefa que "siempre ha estimado que podrían tener una repercusión negativa sobre la liquidez de la acción y la ordenada negociación" de los títulos.
Además, recalda que su posición se vio reforzada por "la posterior recepción del requerimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores confirmando que dichas medidas no sólo podrían ser un obstáculo práctico a la libre transmisibilidad de las acciones, principio éste por el que debe velar toda sociedad cotizada, sino que también podrían ser consideradas como una práctica de manipulación de mercado".
Por todo ello, el consejo de Abengoa comunica al regulador su acuerdo de "formular una recomendación de voto en contra de las medidas propuestas en los puntos 1 y 2 del orden del día de la junta general extraordinaria convocada para su celebración los días 1 y 2 de octubre de 2018 y ponerla de manifiesto a los accionistas durante la reunión por entender que eventualmente, a su juicio, podrían conculcar prácticamente el principio de libre transmisibilidad o negociabilidad de las acciones, esencial en una sociedad cotizada y por existir dudas, a juicio de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre su compatibilidad con la normativa sobre abuso de mercado".
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