La Abogacía del Estado se persona en el caso Nóos por el fraude fiscal de Urdangarín
El juez Castro acepta que actúe como acusación particular en el presunto fraude por valor de 470.000 euros.
El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha admitido la personación como acusación particular de la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), después de que así lo solicitase Hacienda ante el presunto fraude fiscal por valor de unos 470.000 euros en el que habrían incurrido tanto el duque de Palma, Iñaki Urdangarín, como el Instituto Nóos. Mediante un escrito, la Abogacía del Estado solicita ser parte en la causa tras haber tenido conocimiento de la denuncia interpuesta por la Fiscalía Anticorrupción por la supuesta comisión de dos delitos fiscales por el impago del IRPF en 2007 y 2008 por parte del marido de la infanta Cristina y de un delito contra la Hacienda Pública en el Impuesto de Sociedades en 2007 en el caso de la entidad aparentemente sin ánimo de lucro.
En el escrito, la abogada del Estado jefe Dolores Ripoll solicita así que se le dé traslado de todas las diligencias practicas al respecto en el marco de estas pesquisas, que constituyen la pieza separada número 25 del denominado caso Palma Arena. Se trata de unos hechos por los que prevén ser interrogados Urdangarín y su ex socio Diego Torres, quienes están citados a declarar como imputados los próximos días 23 y 16 de febrero, respectivamente. Y es que la Agencia Tributaria de Cataluña les atribuye haber defraudado un total de 230.979 euros del impuesto de sociedades a través de Nóos durante el año 2007, mientras que eleva a más de 120.000 euros cada una de las cuotas del IRPF que habría defraudado el yerno del Rey Don Juan Carlos.
En un informe presentado ante el juez, la Agencia Tributaria señala que, para eludir abonar a Hacienda el Impuesto de Sociedades, desde Nóos se habrían presentado gastos ficticios que, según Hacienda y el Ministerio Público, eran "irreales", por lo que "no podían deducirse válidamente". En concreto, entre los gastos analizados por Hacienda se encuentran los procedentes de supuestos servicios prestados por sociedades relacionadas con ambos encausados, como De Goes Center for Stakeholders Management, Lobby de Comunicación, Nóos Consultoría Estratégica y Torres-Tejeiro Consultoría Estratégica, cuyas facturas "no responden a servicio real alguno".
Más en concreto, la Agencia Tributaria apunta a que Urdangarín percibió retribuciones de entidades privadas que, sin embargo, eran facturadas a través de la mercantil Aizoon -de la que es copropietario al 50% junto a su mujer-, empresa "pantalla" que supuestamente utilizaba para ocultar al verdadero receptor de las retribuciones y disminuir de este modo su tributación en el IRPF. De hecho, la Fiscalía recalca que, "efectivamente", los ingresos de Aizoon obtenidos por Aizoon de las entidades Motorpress Ibérica S.
A., Aceros Bergara, Mixta África, Pernod Ricard, Havas Sports France y Seeliger y Conde "deben imputarse a la persona física de Iñaki Urdangarín y no a la persona jurídica". Todo ello debido a que, alega la acusación, la plantilla de Aizoon "no era idónea para los servicios que supuestamente prestaba", así como al hecho de que la "única finalidad" de la mercantil era la del alquiler de inmuebles, por un importe anual (30.576 euros en 2007 y 27.329 en 2008) "muy inferior" a los importes facturados por la supuesta actividad de asesoría (645.453 euros en 2007 y 494.156 un año después).
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