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Bárcenas saldrá de prisión si paga 200.000 euros de fianza

Una vez en libertad, estaría obligado a comparecer en la Audiencia Nacional los lunes, miércoles y viernes, a designar domicilio y a no salir del país.

Ruz sospecha que Bárcenas y su esposa se quedaron con dinero negro del PP
EP

20 de enero 2015 - 11:02

La sección cuarta de la Audiencia Nacional ha impuesto una fianza de 200.000 euros al ex tesorero del PP Luis Bárcenas para poder salir de la cárcel, ya que considera que la instrucción del caso Gürtel está prácticamente agotada y ya ha cumplido casi dos años de prisión preventiva. Bárcenas ingresó en la cárcel el 27 de junio de 2013 por orden del juez Pablo Ruz y ahora la sala ha considerado que la investigación de la causa está próxima a concluir y hay otras medidas cautelares que pueden mitigar la medida de prisión acordada hace 19 meses.

Así, en caso de pagar la fianza y quedar en libertad le impone también la obligación de comparecer en la Audiencia Nacional los lunes, miércoles y viernes y de designar domicilio, así como le prohíbe abandonar el territorio nacional y mantiene su retirada de pasaporte.

La sala pondera los delitos que se le imputan, con una instrucción ya terminada en el caso de una pieza de Gürtel -la de "primera época" de la trama, desde 1999 a 2005-, y el largo tiempo transcurrido en prisión preventiva, próximo a los dos años, y apuntan "el pleno arraigo del apelante en España y su carencia de antecedentes penales, lo que disminuye el riesgo de huida". Bárcenas había pedido su libertad varias veces ante Ruz y también ante la sala y hasta ahora siempre se había rechazado de plano.

Sin embargo, según los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, la situación ha cambiado desde que el juez Ruz acabó la instrucción de la pieza de Gürtel, en la que el extesorero se enfrenta a una petición fiscal de 42 años de cárcel.

Así, una "investigación prácticamente agotada", unida al "largo tiempo" que lleva Bárcenas en prisión incondicional, han hecho cambiar de parecer a la sala, que destaca sin embargo las "sólidas conclusiones" de Ruz "acerca de la permanencia del peligro de fuga" de Bárcenas. Los magistrados creen en cambio que en el momento procesal actual es apropiado imponerle medidas cautelares que suavicen la de prisión incondicional.

Acogen los argumentos de la defensa de Bárcenas (ejercida por el abogado Javier Gómez de Liaño hasta el lunes, cuando renunció a representarle por pérdida de confianza) de su "arraigo personal, social, familiar y laboral" en España. Destacan, en este sentido, "que en ningún momento consta que haya intentado sustraerse de la acción de los diversos órganos judiciales que han venido conociendo de las actuaciones desde que a mediados de 2009 la acción penal se dirigió contra el interesado".

Si bien remarcan las altas penas y los graves delitos (cohecho, delito fiscal, blanqueo, apropiación indebida y falsedad) a los que se enfrenta en la pieza de Gürtel por la que se le enjuiciará previsiblemente a finales de este año, los jueces añaden que no pueden "desdeñar el largo tiempo transcurrido" desde que entró en prisión.

Atendiendo a estos "factores favorables del transcurso del tiempo, agotamiento de la investigación y del arraigo del apelante, y a los factores desfavorables de la gravedad de los hechos supuestamente perpetrados y las penas con que se castigan, resulta acorde y proporcionada" la imposición de esta fianza de 200.000 euros para "moderar" la intensidad de la medida cautelar de prisión.

Los magistrados rechazan "rotundamente" otros argumentos expuestos por la defensa de Bárcenas, como la "carencia de imparcialidad" de Ruz o su actitud colaboradora ante la justicia, que no se adecúa, indican, a la realidad, ya que, de lo contrario, el extesorero ha mostrado una actitud opaca ante la justicia.

Tampoco acogen el argumento de la defensa invocando otros casos en los que los acusados por delitos similares a los que a él se le imputan se encuentran en libertad, como ocurre con el marido de la infanta Cristina, Iñaki Urdangarin, porque se trata, dicen los magistrados, "de hechos distintos" que precisan "tratamiento diferente".

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