Tribuna Económica
Carmen Pérez
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Los jueces están llamados a ejecutar la proposición de ley de amnistía, pero en caso de dudas sobre su aplicación podrán consultar al Tribunal Constitucional (TC) y al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), frenando con ello la aplicación inmediata del perdón a los casos que tengan entre manos. En el plano nacional, podrán plantear cuestiones de inconstitucionalidad en el TC si creen que la amnistía no tiene cabida en la Carta Magna. Este movimiento provocará que el caso concreto quede paralizado hasta que dicho tribunal resuelva.
También podrán formular una cuestión prejudicial ante el TJUE si advierten un choque con las normas comunitarias, lo que tendrá el mismo efecto, esto es, dejar en barbecho el caso donde se plantee hasta que Luxemburgo responda. Esta suspensión temporal de la aplicación de la amnistía a los casos donde los togados tengan dudas sobre su encaje legal variará según a qué tribunal pregunten y por qué motivos.
El TC dará prioridad a los recursos y cuestiones que se presenten contra la amnistía, pero no prevé que pueda resolver antes de seis meses. A ello hay que añadir que el TC espera una avalancha de asuntos relacionados con la ley, tanto en forma de recursos de inconstitucionalidad y amparo -ninguno de los cuales tiene efectos suspensivos- como de cuestiones de inconstitucionalidad. Los plazos que se manejan en el TJUE son aún mayores, ya que la media de resolución de las cuestiones prejudiciales que llegan es de año y medio.
En principio, los procedimientos ante el TC y el TJUE pueden transcurrir de forma paralela, por lo que lo previsible es que el Constitucional sentencie la amnistía antes que Europa. No obstante, hay una tercera variable. Si las cuestiones lanzadas al TC lo son por motivos que afectan también al Derecho de la UE entonces el TC tendrá que esperar a que el TJUE se pronuncie, lo que retrasará la reactivación de los casos donde se dé esta confluencia.
Los efectos suspensivos de las cuestiones prejudiciales desataron una tormenta política hace unas semanas, cuando el Gobierno quiso dejarlo negro sobre blanco mediante una reforma procesal introducida en uno de los decretos anticrisis, a pesar de que ya era una práctica consolidada. Junts exigió entonces la retirada de esa modificación para garantizar que los decretos fueran convalidados, algo a lo que el Ejecutivo accedió.
El texto enmendado establece que los órganos judiciales “alcen de inmediato las medidas restrictivas de derechos que hubieran sido adoptadas, incluso en aquellos casos en los que se produzca una eventual suspensión del procedimiento judicial”. Estas “medidas restrictivas de derechos” podrían abarcar tanto la orden de busca, captura e ingreso en prisión que pesa contra Puigdemont como la pena de inhabilitación vigente hasta 2031 contra el que fuera su vicepresidente, Oriol Junqueras.
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