PSOE y Podemos pactan una enmienda en la reforma penal para interpretar el 'sólo sí es sí'
Madrid/Psoe y Unidas Podemos han introducido en la exposición de motivos de su propuesta de ley para derogar el delito de sedición y modificar el de malversación una enmienda -de cara a evitar otra polémica como la generada por las rebajas de penas a condenados por delitos de violencia sexual- que servirá como guía para los jueces para interpretar la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí, pero no les sujetará a la hora de aplicar la nueva norma..
Fuentes jurídicas explican que la enmienda de modificación presentada en el marco de la exposición de motivos no es normativa, sino interpretativa, lo que se traduce en que sirve de guía, pero no obliga a los jueces. Según precisan, la historia sería diferente si fuese una enmienda al articulado, pero el PSOE y UP no han llegado hasta allí.
La proposición de ley para derogar el delito de sedición y modificar la malversación ya incluía tres disposiciones transitorias que dejaban claro cómo debe aplicarse la nueva normativa a los encausados por delitos cometidos con anterioridad, todo ello teniendo en cuenta el principio que recoge el Código Penal en su artículo 2.2; es decir, que se aplicará la ley que más favorable al reo.
Ahora, aprovechando una enmienda del PDeCAT pidiendo analizar las consecuencias de la entrada en vigor de la ley de sólo sí es sí, PSOE y UP han introducido un nuevo párrafo en la exposición de motivos para remarcar esa transición. Ambas formaciones han recordado que para la aplicación de las reformas penales contenidas en esta ley a los delitos cometidos antes de su entrada en vigor debe administrarse, entre otras, la disposición transitoria quinta del Código Penal de 1995, que impide una rebaja automática de las penas.
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