Doce solicitudes para la Feria del Caballo 2025 quedaron fuera del González Hontoria

El reparto ha generado polémica entre casetas que han perdido sitios preferentes y las ubicadas cerca de las ahora denominadas no tradicionales

Este es el plano de la Feria del Caballo de Jerez 2025

Esta semana comenzó el montaje de las estructuras de las casetas de Feria.
Esta semana comenzó el montaje de las estructuras de las casetas de Feria. / Manuel Aranda

Como se esperaba y sucede todos los años, el plano de la Feria del Caballo ha generado polémica entre las casetas que han perdido sitios preferentes y las que han sido ubicadas cerca de las ahora denominadas no tradicionales, protestas que han llegado al Ayuntamiento al entender que los baremos y criterios de adjudicación les han perjudicado entendiendo que con motivos injustos o no razonables. Tampoco ha convencido la denominada zona de hostelería al entender que es todo el González Hontoria el que vende la gastronomía jerezana.

En la adjudicación del plano se han determinado, según la Ordenanza Municipal, un total de 17 casetas de tipo no tradicional, 15 de ellas ubicadas en el entorno de los paseos Angelita Gómez, La Macanita, Parrilla de Jerez y El Niño Gloria. Las quejas apuntan a que algunas de las que se han quedado fuera de esta denominación cumplen a todas horas las características para haber sido incluidas en la zona de la movida.

Sea como fuere, el plano de la Feria del Caballo 2025 ya está fijado y simplemente se dice que es provisional porque está sujeto a renuncias que motivarían movimiento de casetas, pero si no hay caseteros que abandonen será el que se anuncie como definitivo cuando acabe el plazo estipulado para confirmar

El Ayuntamiento de Jerez recibió 189 solicitudes de presentación de solicitudes de licencia de ocupación y uso de casetas provisionales a instalar en el espacio público del Parque González Hontoria con motivo de la celebración de la Feria del Caballo en el plazo establecido por la nueva Ordenanza Municipal reguladora de la Feria del Caballo de Jerez de la Frontera, aprobada inicialmente por el pleno municipal el 27 de septiembre de 2024 y sin que se hubiese presentado reclamación ni sugerencia alguna en el trámite de información pública, por lo que fue publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz el 10 de enero de 2025, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Dado que la entrada en vigor de la nueva Ordenanza se produjo dentro del plazo establecido para presentar la solicitud de licencias, se requirió a todos los solicitantes para que aportaran la información y documentos que la nueva ordenanza establecía en un plazo de 20 días hábiles. A la conclusión del plazo para la subsanación, tres solicitantes no atendieron dicho requerimiento con la presentación de documento o información alguna: ACC La Cocotera, Club Deportivo Team Abuelo y Asociación Cultural Peña Rociera 'El Vaivén', por lo que estas solicitudes fueron descartadas.

De igual modo, el artículo 58 de la Ordenanza determina que una finalizado el plazo de presentación de solicitudes y concluidos, en su caso, los plazos otorgados para la realización de subsanaciones, empleados municipales de Fiestas estudiarán las solicitudes presentadas junto con la documentación aportada y aplicarán los criterios de adjudicación a cada solicitud, emitiendo, como conclusión, informe al respecto. Este informe se elevó a Francisco Zurita, concejal delegado de Fiestas, quien a su vez elevó a la junta de gobierno local la propuesta de adjudicación.

Visto el informe emitido por el Departamento de Fiestas Mayores y Eventos, se determinó otorgar licencias de ocupación y uso de casetas en la Feria del Caballo en este año 2025, atendiendo a las mayores puntuaciones obtenidas por cada solicitud.

Cabe recordar que la nueva Ordenanza, en su artículo 57, establece así los criterios de adjudicación:

a) Actividad y funcionamiento previsto para la caseta de feria. (hasta 50 puntos). Se valorará cada uno de los aspectos contenidos en la Memoria justificativa de la actividad y funcionamiento de la caseta de feria, de acuerdo con los siguientes valores máximos:

  1. Justificación de las preferencias manifestadas en la solicitud. (Hasta 3 puntos)
  2. Número de miembros del cuerpo social de la entidad. (Hasta 2 puntos)
  3. Fecha de constitución de la entidad. (Hasta 2 puntos)
  4. Año de obtención de la primera de las licencias de ocupación de caseta en la Feria del Caballo, de manera ininterrumpida. (Hasta 5 puntos)
  5. Objetivos respecto al funcionamiento de la caseta de feria. (Hasta 5 puntos)
  6. Perfil de personas destinatarias de la actividad de la caseta de feria. (Hasta 4 puntos)
  7. Modelo de gestión económica de la caseta de feria. Fuentes de ingreso y destino de los gastos, sin expresar cantidades. (Hasta 2 puntos)
  8. Criterios aplicados en el diseño de fachadas e interiores. (Hasta 4 puntos)
  9. Medios propios o ajenos para el montaje y desmontaje de la caseta de feria. (Hasta 1 punto)
  10. Gestión propia o ajena del servicio de restauración u hostelería de la caseta de feria. (Hasta 1 punto)
  11. Previsión de número medio de personas en el servicio de restauración u hostelería, por tipo de puesto. (Hasta 1 punto)
  12. Previsión de número de mesas y sillas en el interior de la caseta y en terrazas. (Hasta 1 punto)
  13. Gestión propia o ajena de la limpieza y sanidad de la caseta de feria. (Hasta 1 punto)
  14. Disposición de seguridad privada o no. (Hasta 1 punto)
  15. Previsión de potencia musical de los equipos de sonido a instalar en la caseta de feria. (Hasta 6 puntos)
  16. Previsión de la potencia eléctrica a instalar en la caseta de feria. (Hasta 3 puntos)
  17. Propuesta inicial de programación de actuaciones musicales, en la que se indicará fecha, hora aproximada de comienzo y género musical previstos. (Hasta 6 puntos)
  18. Otras consideraciones relevantes respecto a la instalación y funcionamiento de la caseta de feria que no estén contemplados en los puntos anteriores. (Hasta 2 puntos)

b) Propuesta de diseño e instalación de la caseta de feria (hasta 30 puntos) Se valorará la calidad artística, originalidad y estética en el diseño de las fachadas, el interior de la caseta de feria, así como la distribución y soluciones técnicas planteadas, todo ello de acuerdo con el tipo de caseta que se hubiera solicitado.

c) Ausencia de infracciones (hasta 20 puntos) Se valorará la inexistencia de sanciones impuestas, expedientes sancionadores incoados o actas de inspección levantadas, por infracciones cometidas por la persona solicitante, en caso de haber sido titular de licencia en ediciones anteriores.

Doce solicitudes rechazadas

Revisadas, asimismo, las solicitudes, propuestas, preferencias en cuanto a ubicación y número de módulos, aportadas con cada solicitud; y aplicando los criterios establecidos por la Ordenanza Municipal, se considera que 174 de las solicitudes son merecedoras de otorgamiento de licencia, con una suma 398,5 módulos, ocupando la totalidad del espacio establecido para casetas en el Parque González Hontoria. Del mismo modo, se estima que no oportuno otorgar licencia a las 12 solicitudes con menor valoración.

El Ayuntamiento entiende que "para cada una de las adjudicatarias se ha determinado la ubicación más idónea en el recinto ferial en función del diseño propuesto y tipo de caseta aplicable a la solicitud y propuesta (Tradicional o No tradicional), velando expresamente por que tanto los paseos principales de la Feria, como los accesos a éstos estén ocupados por casetas de tipo tradicional, tal como determina el artículo 46 de la Ordenanza. La dimensión, en número de módulos, que se propone conceder a cada solicitante, responde al espacio solicitado y disponible, así como su adecuación y encaje en el bloque en que se insertaría cada caseta, de modo que estos bloques sean lo más uniformes y regulares posibles en su configuración y respondiendo a los principios que la Ordenanza determina".

stats