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La rocambolesca historia del 'Bag in Box'

Marco de Jerez

El dichoso envase de cartón se convirtió en una marioneta en manos de la Junta en su empeño por anteponer el criterio de una minoría al interés general del sector

La maniobra le salió rana y ahora la Consejería busca ganar tiempo para pasar de puntillas tras el revés judicial del TSJA al 'Bag in Box'

Imagen de la gala del 50 aniversario de la D.O. Manzanilla de Sanlúcar, celebrada a finales de 2014.
Á. Espejo

11 de noviembre 2018 - 04:30

De los muchos problemas a los que se enfrenta el Marco de Jerez, y su Consejo Regulador por extensión, quizás uno de los que más quebraderos de cabeza da al sector sea el empeño de la Junta de Andalucía en ponerle piedras en el camino. Y el problema se agrava cuando el empeño se torna en ceguera al no abrir los ojos –la Consejería de Agricultura– para admitir siquiera su error ante la contundencia de la sentencia judicial emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el caso ‘Bag in Box’.

Si al sector no le apetece lo más mínimo que una caja de cartón con un grifo sobre un mostrador sea la imagen de sus vinos –por no hablar de la dificultad de buscar hueco a en una nevera al uso para enfriar un recipiente que por norma general contiene entre cinco y ocho litros–, qué sentido tiene buscarle tres pies al gato.

Si al sector no le apetece un ápice que su imagen se vincule a una caja de cartón sobre un mostrador, ¿qué problema hay?

Mucho se ha hablado esta semana del dichoso ‘Bag in Box’ al hilo de la sentencia del alto tribunal andaluz que ratifica la prohibición de su uso para la comercialización del jerez y la manzanilla, en concreto, de los graneles de estos vinos que, supuestamente, se destinan a la hostelería como ingrediente gastronómico en platos como los riñones al jerez o las albóndigas al oloroso.

Precisamente, éste fue el clavo ardiendo al que se agarró la Junta en su rocambolesco informe sobre consumo directo –del envase a la copa del cliente sin transformación– e indirecto –el de los guisos y salsas aderezados con jereces o manzanillas– a fin de autorizar el ‘Bag in Box’ para el canal Horeca. Según el informe judicial, en la causa queda acreditado, y sin argumentos en contra, que el 99,6% del jerez y la manzanilla tiene un consumo directo, por lo que entiende que abrir la puerta al consumo indirecto para el canal Horeca como esgrimió la Junta podría conducir al incumplimiento de la norma.

Detalle de un envase de 'Bag in Box' con la etiqueta oficial del Consejo.

La sentencia deja entrever que el informe técnico elaborado por la Dirección General de Calidad e Industria de la Consejería era un farol, y lo que aún es peor, que la Administración autonómica se columpió en su férrea defensa de la parte por el todo en la cuestión de fondo, la polémica del ‘Bag in Box’ que el sector consideraba zanjada, hasta que la autoridad andaluza se encargó de reactivarla.

La resolución judicial da la razón al Consejo Regulador, o lo que es el mismo, al sentir mayoritario del sector en contra de los postulados defendidos por el grupo de manzanilleros agrupados en la Asociación de Bodegas Artesanas de Sanlúcar (Asaba), en este caso con el apoyo de la Administración autonómica, cuyo empeño por nadar contracorriente se ha topado de bruces con la Justicia.

La Junta buscó un resquicio imposible para reinterpretar el artículo del pliego de condiciones que prohíbe el uso de envases distintos al vidrio

La Junta de Andalucía buscó un resquicio imposible para imponer su criterio, o más bien el de los manzanilleros que apenas representan un tercio del volumen de comercialización del vino sanluqueño –y poco más del 7% del total de vinos amparados por las denominaciones de origen del Marco–, para lo que se agarró a la supuesta ambigüedad del texto legal para reinterpretarlo en favor del uso del ‘Bag in Box’.

Si el problema era que el pliego de condiciones se prestaba a equívoco, el Consejo Regulador propuso modificar el texto para reflejar fielmente el sentir mayoritario del sector. Pero la Junta hizo caso omiso para reinterpretar a su libre albedrío lo que no tiene más interpretación que la que el pleno del vino puso de manifiesto con su rechazo en hasta ocho ocasiones del uso del ‘Bag in Box’. Más claro, agua.

Clientes de un bar de Sanlúcar, conversan en la barra sobre la que descansa un 'Bag in Box' de una bodega sanluqueña.

Pongamos este asunto en contexto. Lo más notorio de la sentencia es la confirmación de la prohibición de comercializar el jerez y la manzanilla en ‘Bag in Box’ para el canal Horeca, privación que cabe recordar dictó el TSJA de forma cautelar hace dos años, entre otros motivos, para evitar el impacto económico que, a tenor del sentido del fallo judicial, hubiera tenido sobre las bodegas sanluqueñas personadas en la causa hacer frente ahora a la devolución de todos sus ingresos procedentes de la venta de vino en el envase de cartón. Huelga decir que de no haberse adoptado la medida cautelar, alguna de las firmas personadas (Argüeso, Hidalgo-La Gitana, Miguel Sánchez Ayala y Francisco Yuste), habría acabado posiblemente en quiebra.

Y por mucho que la Consejería de Agricultura intente pasar de puntillas por este asunto, desviando la atención –léase ganar tiempo– con el anuncio de un posible recurso de casación que no haría sino demorar la solución final al problema, la sentencia tiene mucha más miga que desgranar.

Lejos de aceptar su error y asumir el contenido de la sentencia, la Consejería de Agricultura se enroca al anunciar un posible recurso de casación

Al margen de su pataleta subida de tono tras el revés judicial, es lógico y comprensible que la asociación que representa a las bodegas afectadas agote la vía judicial, pero no lo es tanto en el caso de la Consejería de Agricultura, que además de jugar con dinero público debería leer entre líneas y aceptar su error. De hecho, el TSJA cuestiona su intento de aprovechar la coyuntura de la negativa del Consejo a facilitar las etiquetas para envases de ‘Bag in Box’ para desmontar “actos firmes”, en concreto, los anteriores acuerdos de pleno en contra de la caja de cartón.

El asunto llegó a los tribunales después de que la Consejería desautorizara al Consejo Regulador y a su pleno en su rechazo a la comercialización de manzanilla en ‘Bag in Box’ con el sello de la Denominación de Origen, como pretendían las denominadas bodegas artesanas de Sanlúcar –alguna se pasó de lista colando etiquetas sin especificar el envase para el que se solicitaban o incluso utilizando precintas expedidas para vidrio en las cajas de cartón–.

El TSJA considera probado que más del 99% del consumo de estos vinos es directo, lo que desmonta el argumento del informe de la Junta sobre consumo indirecto en el canal Horeca

Al detectar el fraude, el Consejo se negó a expedir las etiquetas para hacer respetar el pliego de condiciones y los manzanilleros acudieron nuevamente a la Junta para presentar recurso de alzada. El TSJA indica en su sentencia que se debió recusar dicho recurso, pero ni corta ni perezosa, la Consejería se sacó de la manga el susodicho informe técnico con el que daba un vuelco a la norma, no fuera a ser que tabancos, bares y restaurantes se quedaran sin el 0,6% de estos vinos para elaborar sus tapas al jerez o a la manzanilla.

A todo esto, detrás de tan rocambolesca historia hay una telaraña de influencias políticas del eje Sanlúcar-Diputación-Junta urdida por el PSOE. Menos mal que Jerez también tiene gobierno socialista, aunque hasta la fecha no ha movido un dedo en defensa de las bodegas del municipio contra los desplantes del ‘Bag in Box’. A fin de cuentas, la Junta empujó a los ‘artesanos’ de la manzanilla en la dirección equívoca y el plan les salió rana.

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