La CE aprueba el nuevo uso del término "vino generoso" para denominaciones de origen, entre ellas Jerez

El nuevo texto incluye la novedad de que, por primera vez, se especifican qué denominaciones de origen pueden utilizarlo incluyendo a la DOP "Rueda"

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Corta de la uva en un viñedo del Marco de Jerez durante la última vendimia.
Corta de la uva en un viñedo del Marco de Jerez durante la última vendimia. / Manuel Aranda
Redacción / Efe

12 de enero 2024 - 12:31

La Comisión Europea ha aprobado la solicitud que había hecho el Gobierno español para modificar el uso del término "vino generoso", tradicionalmente vinculado a los caldos andaluces con DOP, y a partir de ahora también podrán usarlo los caldos castellanoleoneses con DOP "Rueda".

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado este viernes el reglamento por el que aprueba esta solicitud de modificación que había pedido España en mayo del año pasado, si bien, entrará en vigor en 20 días.

El nuevo texto incluye la novedad de que, por primera vez, se especifican qué denominaciones de origen pueden utilizarlo y son las de Condado de Huelva, Jerez-Xérès-Sherry, Lebrija, Málaga, Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, Montilla-Moriles y Rueda.

El texto justificativo que envió el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a Bruselas señalaba que era necesario nombrar a las "seis andaluzas" e incluir la DOP "Rueda por tener reconocida siempre, en su pliego de condiciones, el uso del mismo".

Además, en su solicitud, España detalló que el vino generoso es un caldo obtenido a partir de uva blanca procedente de las variedades de vid autorizadas en cada una de las denominaciones de origen protegidas indicadas; ofrecido al consumo con al menos dos años de edad media de envejecimiento en barricas de roble; entre otros requisitos que detalla el dossier.

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