Seis años y seis meses de cárcel a un jerezano por tráfico de drogas y atentado a agentes policiales
Tribunales
El TSJA confirma la pena impuesta por la Audiencia Provincial tras una investigación policial
También ha sido condenado otro jerezano a tres años y seis meses de cárcel por atentado y conducción temeraria
La Audiencia Provincial impone penas de prisión a dos jerezanos por tráfico de cocaína
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de seis años, seis meses y un día de prisión a un jerezano por tráfico de drogas y atentado contra agentes de la autoridad que le impuso la Audiencia Provincial a mediados del año pasado. Junto a él también se ha ratificado la condena a otro joven por atentado y conducción temeraria a tres años, seis mess y un día de cárcel. El pronunciamiento aún no es definitivo y puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.
Los hechos enjuiciados se remontan a mayo de 2018 cuando funcionarios adscritos al grupo de estupefacientes de la Policía Nacional estaban haciendo seguimiento a un tercer joven, que fue enjuiciado en esta causa —aunque acabó siendo absuelto por el tribunal— y que vieron que accedía al interior de una vivienda en Estella. Minutos después, comprobaron que uno de los condenados, Manuel G.S., salía del inmueble portando un bulto con contenido blanco, montándose en un vehículo y marchándose en dirección a Cuartillos. Minutos más tarde, salían del mismo inmueble y se montaban en otro vehículo el otro condenado, Pedro F.F., y el tercer joven, marchándose también de la pedanía.
Ante las sospechas de que estuvieran traficando con drogas, según se relata en la sentencia de la Audiencia Provincial que ha sido ratificada por el TSJA, se montaron sendos dispositivos policiales para tratar de interceptar a ambos vehículos. Al primero se siguió hasta la pedanía de Cuartillos donde dos vehículos policiales trataron de interceptarlo, aunque, tras maniobrar colisionando con estos, logró huir, aunque se le vio arrojar por la ventanilla del turismo un paquete que pudo ser localizado por los agentes. En él había 195 gramos de cocaína. El conductor no fue localizado hasta meses más tarde y, tras declarar en el Juzgado, quedó en libertad.
Mientras tanto, el conductor del segundo de los vehículos, cuando detectó la presencia policial, aceleró su vehículo por la A-2003 para tratar de impedir ser interceptado. De hecho, y tal y como reza el fallo, embistió con el turismo a uno de los agentes que trataron de bloquearlo con un vehículo policial, aunque este pudo apartarse a tiempo.
La persecución policial llegó hasta La Milagrosa, ya en la zona urbana de Jerez, donde los huidos se saltaron una mediana para esquivar a la policía. Tras esto, continuó su huida de vuelta a Estella, pero, antes de llegar la pedanía, el copiloto se bajó del vehículo y huyó a pie, no siendo detenido hasta días más tarde. En cambio, el conductor del vehículo continuó su huida abandonándolo en una venta situada en la carretera que une Estella con Lomopardo. Los agentes policiales no lograron detenerle hasta meses más tarde, cuando fue puesto a disposición judicial.
Aunque la Fiscalía solicitó en la vista oral celebrada en mayo del año pasado en la Audiencia Provincial la condena por delito de tráfico de drogas a los tres acusados, el tribunal solo fijó pena por este motivo al encausado que arrojó la cocaína por la ventana de su vehículo. Sobre los otros dos, determinó que no había indicios suficientes para imponerles una pena por un delito contra la salud pública, aunque sí a uno de ellos por atentado contra la autoridad y otro leve por los daños provocados a los vehículos policiales en su huida.
Las defensas trataron de anular la investigación policial
Tanto en la vista oral como en su posterior recurso en el TSJA, algunas de las defensas de los acusados trataron de anular la investigación policial alegando que esta causa era fruto de unas pesquisas de otro caso que había sido llevado por otro juzgado de la ciudad un año antes. Así, demandaban la nulidad de las actuaciones por una presunta vulneración del secreto de las comunicaciones ya que aseguraba que los hechos enjuiciados se habían conocido por intervenciones telefónicas realizadas con anterioridad en otras diligencias policiales y judiciales.
Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial como el TSJA han ratificado la legitimidad de la investigación policial señalando que, aunque ya hubo otras diligencias donde se investigó a los mismos encausados, esto no llevó a acometer la intervención policial que acabó con la persecución y posterior detención de los dos condenados, sino que el joven que fue absuelto ya estaba siendo investigado y, fruto de ese seguimiento, se constató la participación de los otros dos encausados.
El alto tribunal andaluz ha rechazado también el resto de argumentos esgrimidos en los recursos presentados por los dos condenados.
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