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¿Quién paga los platos rotos del 'Bag in Box'?

Consejo Regulador

El TSJA condenó en costas en el caso del 'Bag in Box' a la Junta con un máximo de mil euros, pero Fedejerez lleva desembolsados más de 20.000 en el proceso

La patronal bodeguera desliza en el pleno del vino la posibilidad de compartir costes con el Consejo Regulador

Exposición de 'Bag in Box' de distintos formatos y capacidades en una jornada en defensa del envase de cartón en Sanlúcar.

Jerez/El caso del ‘Bag in Box’ volvió ayer al pleno del vino, pero lo que en principio era un mero trámite para informar sin más pretensiones del contenido de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) –que en resumidas cuentas mantiene la prohibición del uso del envase de cartón para la comercialización del jerez y la manzanilla en el canal Horeca– acabó en un nuevo rifirrafe, esta vez con los costes del proceso como telón de fondo.

¿Quien paga los platos rotos del 'Bag in Box'? ¿Debe Fedejerez seguir soportando sola los costes del proceso judicial? ¿Puede el Consejo Regulador ayudar a sufragar estos gastos?.

Recursos de casación y la ampliación de sentencia solicitada por la Junta y los manzanilleros 'artesanos' elevarán aún más los costes

El punto del orden del día del pleno dedicado a repasar la sentencia del TSJA dio pie ayer a la apertura del debate, inconcluso de momento, sobre la posibilidad de compartir los costes del proceso, asunto que deslizó la patronal bodeguera y que tiene su miga. Y más ahora que la Consejería de Agricultura y los manzanilleros partidarios del ‘Bag in Box’ han anunciado que interpondrán recurso de casación ante el Tribunal Supremo y, según se puso ayer de manifiesto, tienen igualmente previsto solicitar al alto tribunal andaluz la ampliación de la sentencia. Como todo el mundo sabe, para mover un papel ante una instancia judicial hay que rascarse el bolsillo.

Ante las dudas jurídicas sobre si el Consejo está legitimado para recurrir una decisión del órgano autonómico que ostenta su tutela, la patronal bodeguera cogió el testigo –cierto es que nadie la empujó– para hacer valer la opinión mayoritaria del sector expresada por el pleno. No en vano, este órgano aprobó en su día acudir a los tribunales ante la decisión de la Junta de dejar sin efecto los acuerdos plenarios contrarios al uso del ‘Bag in Box’, alineándose con los manzanilleros que habían solicitado etiquetas con el sello de la Denominación de Origen para comercializar sus vinos en el canal Horeca en envase de cartón.

Aunque la resolución judicial dio la razón a la patronal bodeguera, condenando en costas a la parte demandada –la Junta–, el TSJA estableció un máximo de mil euros, que según lo expuesto ayer ante los vocales del pleno, no representa ni una mínima parte del desembolso realizado hasta la fecha por la patronal, que según fuentes del sector, rondaría ya los 22.000 euros.

La Junta, según manifestó la directora de Industria y Cadena Alimentaria, Rosa Ríos, en una visita reciente a Jerez, esgrime que recurrirá al Supremo “por coherencia” –si bien su postura es contraria a los acuerdos ratificados por la mayoría del sector–, mientras que las cuatro firmas sanluqueñas –Argüeso, Sánchez Ayala, Hidalgo-La Gitana y Francisco Yuste– y la entidad que las representa –la Asociación de Bodegas Artesanas de Sanlúcar– lo harán, por cuestiones obvias, en legítima defensa de sus intereses.

Ante lo ajustado de los plazos para interponer recurso de casación –30 días hábiles desde la notificación el 25 de octubre–, las partes habrían decidido solicitar la ampliación de la sentencia, figura procesal con la que además de ganar tiempo buscan que el TSJA se pronuncie abiertamente sobre el fondo del asunto, el uso del 'Bag in Box' para la comercialización del jerez y la manzanilla en el canal Horeca.

El alto tribunal andaluz alude en su fallo al singular informe sobre el consumo directo e indirecto en el que se basó la Consejería de Agricultura para inclinarse a favor del uso del envase de cartón en la hostelería, pero su resolución final se ciñe a confirmar la validez de la denegación de autorización de registro de etiquetas por parte del Consejo Regulador, y en consecuencia se confirman los acuerdos que lo respaldan.

Es decir, la sentencia cuestiona la decisión de la Junta de admitir los recursos de alzada presentados por las denominadas bodegas artesanas de Sanlúcar y, de esta forma, intentar aprovechar la negativa del Consejo a registrar las etiquetas que le solicitaron las bodegas sanluqueñas personadas en el proceso para “revisar” por esta “vía oblicua” y “sin procedimiento” actos firmes, en alusión a los reiterados acuerdos del pleno del vino –hasta ocho se enumeran en el fallo judicial– en contra de la autorización del ‘Bag in Box’.

El pleno, de momento, no ha tenido que pronunciarse sobre si el Consejo, en representación del sector y como parte interesada debe contribuir a sufragar los costes del proceso, algo que por otra parte tampoco está claro que pueda hacerse. De momento ayer, un vocal del sector productor dejó entrever que no está por la labor de que se compartan estos costes.

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