Contrabando de tabaco: prisión de 6 meses a 4 años y claves para identificar si es ilegal

Además de la penalización, las autoridades aduaneras pueden imponer sanciones adicionales en relación con la regulación aduanera

La Guardia Civil interviene en Jerez, en un kiosco de chucherías, tabaco ilegal oculto tras la pared

Vandalismo en una vivienda de La Barca

El perro que encontró el tabaco ilegal.
Un perro encuentra el tabaco ilegal oculto tras la pared en un kiosco de chucherías de Jerez.

El tabaco de contrabando es el movimiento ilegal de productos del tabaco de una jurisdicción fiscal a otra infringiendo las leyes y sin el pago del impuesto correspondiente. Una primera pista para identificarlo es ver si la cajetilla que encontramos en península o Baleares lleva la precinta fiscal de la Agencia Tributaria.

Desde Altadis, tabaquera líder del sector en España, informan de que se considera tabaco falsificado "aquel cuya fabricación se realiza sin el consentimiento del fabricante legal". Por otro lado, es contrabando de tabaco genuino "cuando evade los impuestos locales, es decir, no ha pagado los impuestos del lugar donde se consume".

A nivel legislativo, el contrabando está penado legalmente de acuerdo a la Ley Orgánica de Represión del Contrabando (Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre). Esta ley se modificó en 2011 con el fin de introducir nuevas multas, como medida disuasoria.

Cuando el valor del tabaco de contrabando es igual o superior a 15.000 euros la Ley lo tipifica como delito. Sin embargo, el contrabando de cantidades inferiores no queda tampoco impune, incurriendo en infracción administrativa de contrabando.

La pena prevista para este delito es de prisión de 6 meses a 4 años y multa de 12 a 24 meses, pero puede ser más grave si el valor de los bienes implicados es elevado o si se comete de forma habitual o organizada. Además de la penalización, las autoridades aduaneras pueden imponer sanciones adicionales en relación con la regulación aduanera.

Tipificación de las infracciones

Las infracciones administrativas de contrabando se clasifican en leves, graves y muy graves, según el valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos objeto de las mismas, conforme a las cuantías siguientes:

  • Leves: inferior a 37.500 euros; o, si se trata de labores de tabaco o de operaciones comprendidas en el artículo 2.2 de la presente Ley, inferior a 1.000 euros.
  • Graves: desde 37.500 euros a 112.500 euros; si se trata de labores de tabaco, desde 1.000 euros a 7.200 euros o, si se trata de operaciones comprendidas en el artículo 2.2 de la presente Ley, desde 1.000 euros a 12.000 euros.
  • Muy graves: superior a 112.500 euros; si se trata de labores de tabaco, superior a 7.200 euros o, si se trata de operaciones comprendidas en el artículo 2.2 de la presente Ley, superior a 12.000 euros.

¿Cómo saber si es de contrabando?

Desde Altadis señalan que para asegurarnos de que estamos comprando tabaco legal hay que tener en cuenta ciertos aspectos.

  • Punto de venta: según la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, la venta y suministro al por menor de productos del tabaco sólo podrá realizarse en la red de expendedurías de tabaco y timbre o a través de máquinas expendedoras, ubicadas en establecimientos que cuenten con las autorizaciones administrativas oportunas.
  • El precio de las distintas labores del tabaco es el mismo en todo el territorio nacional, a excepción de Canarias, Ceuta y Melilla. Siempre que hay una modificación, se publica en el BOE y hasta su publicación no pueden aplicarse.
  • La estampilla fiscal de las cajetillas de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre tiene unas marcas de agua, conforme al modelo emitido por el Ministerio de Hacienda. La estampilla fiscal es una garantía de calidad para el consumidor, prueba de que el producto está distribuido legalmente.
  • El precinto: en las cajetillas originales es muy maleable mientras que en las falsas se rompe fácilmente.
  • Identificador único: desde el 20 de mayo de 2020, las cajetillas están marcadas con un identificador único que permite garantizar su trazabilidad. Se trata de un recuadro negro en la parte de inferior de las cajetillas de cigarrillos.
  • El color, la tipografía, incluso el idioma también puede ser diferente en las cajetillas.
  • Calidad: el contrabando y la venta ilícita de tabaco son auténticos delitos contra la salud pública, al tratarse de productos que escapan tanto del control sanitario como de unas elementales normas de trazabilidad, con el potencial peligro que ello implica para los consumidores.
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