La Cámara de Cuentas censura el reparto de pluses salariales en el Ayuntamiento de Jerez
Emite un informe desfavorable en la auditoría sobre la gestión económica y de recursos humanos en 2018
Alerta de "incorrecciones" en la contabilidad municipal y de "incumplimientos legales" en el reparto de asignaciones salariales
El gobierno local defiende su gestión volviendo a poner en duda la independencia de la Cámara de Cuentas
La Cámara de Cuentas de Andalucía ha alertado de “incorrecciones” y de “incumplimientos” legales en la gestión económica y de recursos humanos del Ayuntamiento de Jerez. Además, ha censurado el sistema de asignación de algunos complementos salariales y de reparto de funciones entre el personal municipal, fundamentalmente entre los trabajadores que tienen mayor responsabilidad.
Este órgano ha emitido un informe “desfavorable” tanto en su auditoría financiera como en la de cumplimiento de la legalidad que ha realizado del año 2018. Así, cuestiona algunos métodos de contabilidad utilizados, incide en la falta de control sobre el patrimonio municipal de suelo y del inventario de bienes municipal y alerta de la falta de criterios y de publicidad en el pago de algunos pluses y complementos salariales a la plantilla municipal como gratificaciones o productividades.
Este martes se ha conocido las conclusiones del informe que durante los últimos años ha realizado el organismo fiscalizador sobre la gestión económica y de recursos humanos del gobierno municipal. Ahora bien, el análisis se ha limitado al año 2018, aunque señala que algunas cuestiones se han abordado también de años anteriores y posteriores para lograr los “objetivos” de la auditoría.
Para llegar a la conclusión de una auditoría financiera desfavorable, la Cámara de Cuentas destaca, para empezar, en las limitaciones que ha tenido para acceder a toda la información. Así, censura la falta de actualización del patrimonio municipal de suelo y de la falta de integración contable de la desaparecida empresa municipal de aguas (Ajemsa) -buena parte de su documentación se perdió- o la carencia de controles internos del patrimonio municipal, entre otros.
Asimismo, alude a “incorrecciones” en el cierre contable de ese año ya que, entre otros aspectos, faltan las liquidaciones de los ingresos de la recaudación del Servicio Provincial de Recaudación de ejercicios precedentes. Acto seguido, apunta la necesidad de “depurar” los derechos de ingresos de ejercicios precedentes ya que entiende que buena parte de ellos son incobrables. De hecho, señala que "no hay constancia" de que se hayan adoptado medidas para la "recuperación de esos derechos pendientes de cobro".
Incide, además, en errores en la contabilización de algunos gastos como de un grupo de pagos por un importe que supera los tres millones de euros que no aparecían en la cuenta de gastos de las facturas en el cajón (las operaciones pendientes de aplicar al presupuesto) "antes de ser regularizadas en el presupuesto". Y critica que se utilice de manera recurrente una cuenta destinada para gastos de origen desconocido para atender aquellos que no tienen crédito, un método que, a juicio de la Cámara, puede provocar que no se esté reflejando fielmente la situación económico-financiera del Consistorio en las cuentas.
Por este motivo, señala de la necesidad de una depuración de los derechos de cobro y de los pagos pendientes. Ahora bien, la Intervención Municipal realizó en 2021 una labor de depuración de estos saldos que, en gran medida, permitió que el remanente de tesorería fuera positivo en ese ejercicio tras décadas en negativo. En esta misma línea, el órgano fiscalizador apunta de que en la contabilidad no se reflejan los procedimientos judiciales que en ese momento tenía abierto el Ayuntamiento, por lo que se desconocía en ese momento en la situación económica municipal.
La Cámara de Cuentas destaca, además, otros aspectos ya conocidos como la situación de “riesgo financiero” en la que se encuentra el Ayuntamiento, el incumplimiento de los niveles de endeudamiento financiero permitidos por ley a las entidades locales, el retraso en la aprobación de presupuestos, liquidaciones y cuentas generales o los pagos a proveedores superando ostensiblemente el periodo legal. También advierte de que el Ayuntamiento no cumple con la Ley de Transparencia a pesar de disponer de un portal específico para esta obligación.
Censura al sistema de reparto de ‘sobresueldos’
El órgano fiscalizador apunta también que el Ayuntamiento no está cumpliendo con la legalidad en algunos aspectos de la gestión de recursos humanos. Para empezar, advierte de que en ese año se superó el límite legal del abono de gratificaciones al personal municipal. La ley establece que estos pagos no pueden superar el 10% de la masa retributiva global; en cambio el Consistorio jerezano lo sobrepasó en ese ejercicio en 1,9 millones de euros.
Además, destaca que durante 2018 se abonaron unos 987.000 euros en concepto de complemento de productividad a algunos trabajadores municipales “sin que existan criterios objetivos aprobados por el pleno para su percepción”. También censura el reparto de gratificaciones, un concepto que se abona por realizar una función distinta a la asignada, ya que considera que el gobierno local ha establecido este sistema como una “cuantía fija mensual” cuando, por el contrario, no debe tener esta naturaleza –hay trabajadores que ese año cobraron entre 803,33 y 2.707 euros mensuales por este epígrafe-.
Vinculado a esto, el órgano fiscalizador censura las atribuciones de funciones a trabajadores municipales mediante las comisiones de servicio. En este sentido, le reprocha al Ayuntamiento que no remitiera a la Cámara la "documentación solicitada" sobre las comisiones de servicio y asignaciones temporales de funciones aprobadas en 2017, 2019 y 2020 por lo que "no se puede hacer un estudio de la evolución de la situación de los empleados". Además, el órgano fiscalizador critica que, año a año, se den por finalizadas estas comisiones y, en el mismo día, apruebe su asignación a otros. Por este motivo, alerta de que en estas decisiones “no se han respetado los principios de publicidad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública”.
Por otro lado, considera que es ilegal un punto del acuerdo-convenio del personal municipal (actualmente este texto solo es aplicable a los laborales) de que se abonen determinados pluses la conducción de vehículos, la nocturnidad, la festividad, la turnicidad, la jornada partida y el quebranto de moneda. La Cámara de Cuentas indica que estos supuestos no están incluidos entre los permitidos por la Ley ya que, en muchos casos, estas funciones son “inherentes” al puesto de trabajo, por lo que su remuneración debe contemplarse “dentro del complemento específico”. No obstante, este punto se eliminó del actual acuerdo, suscrito en 2021, aunque solo se aplica a los funcionarios. Los labores continúan teniéndolo ya que su nuevo acuerdo laboral continúa en negociación.
Críticas a la externalización de la asesoría jurídica
Mención aparte hace de la contratación de un bufete de abogados para llevar la asesoría jurídica municipal, decisión que se adoptó en 2017. La Cámara de Cuentas destaca que “no se motiva suficientemente la necesidad e idoneidad del contrato” y censura que se encontraran vacantes en ese momento “la plaza de letrado jefe y nueve plazas de técnico superior en derecho”. Por este motivo, advierte: "Esa labor de defensa y representación podría haberse llevado a cabo por personal propio, cubriendo las plazas vacantes a través de su inclusión en las correspondientes ofertas de empleo público".
Por último, la Cámara de Cuentas advierte de que en ese año el Ayuntamiento de Jerez con cumplía con el Esquema Nacional de Seguridad para evitar ciberataques –sufrió uno muy grave en octubre de 2019-
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