Jerez Íntimo
Marco Antonio Velo
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El gobierno local vuelve a toparse de bruces con la Junta de Andalucía con las obras de la plaza Esteve como telón de fondo. No en vano, la Administración autonómica advierte al Ayuntamiento de que la ejecución del proyecto de regeneración integral de calles del centro histórico para la reducción de la contaminación acústica sin su autorización previa será motivo de infracción grave, para lo que se estipulan sanciones que oscilan entre 250.000 y un millón de euros.
Así lo detalla la delegación territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en el requerimiento remitido al Ayuntamiento, al que insta a solicitar su “permiso previo y preceptivo” para la ejecución del proyecto, que engloba la regeneración del eje viario Corredera-Esteve-Santa María-Cerrón y la reurbanización del plaza Vargas y su entorno, si no quiere incurrir en una infracción grave.
Cabe recordar que la junta de gobierno local aprobó el pasado 20 de abril, en el apartado de contrataciones y como asunto urgente, la adjudicación de los proyectos de los corredores viarios de plaza Esteve y plaza Vargas. Del mismo modo, Aquajerez ha iniciado ya los trabajos de renovación de las redes de abastecimiento y saneamiento del eje Corredera-Cerrón, considerada una actuación complementaria de la anterior, según detalló el ejecutivo de Mamen Sánchez en un comunicado.
Según el escrito, firmado por la delegada territorial de Fomento, Mercedes Colombo, y fechado el 29 de abril, la dirección general de Patrimonio Histórico coincide con la Consejería en considerar el pavimento como un bien inmueble, por lo que interpreta que el proyecto de asfaltado de calles del casco histórico “excede las competencias delegadas a la Administración local” y, por tanto, “precisa autorización previa de la Consejería” para su ejecución.
En consecuencia, añade, antes de proceder a la retirada de adoquines y asfaltado, el Ayuntamiento de Jerez deberá recabar la preceptiva autorización, incurriendo en caso contrario en infracción muy grave del artículo 108 apartado c) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía”.
Como garante de las competencias en materia de patrimonio histórico, la Consejería recuerda que toda “demolición” de bienes inmuebles incluidos en Conjuntos y Sitios Históricos, Lugares de Interés Etnológico o Zonas Patrimoniales, siempre que no estén inscritos individualmente en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz ni formen parte del entorno de Bienes de Interés Cultural, como es el caso del proyecto de Jerez, “exigirán” su autorización previa, “salvo que hayan sido objeto de regulación en el planeamiento informado favorablemente conforme al artículo 30”.
En este sentido, la Junta señala que las competencias en demoliciones no son objeto de transferencia, “tal como se destaca en las órdenes de delegación de competencias del Ayuntamiento de Jerez de 16 de febrero de 2015 y de 19 de octubre de 2017.
La Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía avala en su artículo 40.4 esta limitación “a fin de preservar el pavimento, un valor de singularidad de la ciudad y parte de su identidad”, subraya el requerimiento. En el mismo se especifica, además, que de acuerdo con el criterio del jefe del Departamento de Conservación de la delegación territorial de Fomento, “su retirada supondría la pérdida de la homogeneidad estética y material del conjunto del espacio viario”, contribuyendo con ello a la “contaminación visual del centro histórico, contraviniendo la Ley de Patromino Histórico”.
Por todo ello, la delegación territorial de Fomento entiende que su autorización es “primordial para mantener el equilibro entre los valores de los pavimentos históricos y los nuevos modos de movilidad”.
En caso contrario, Fomento insiste en que el Ayuntamiento incurrirá en una infracción muy grave de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, que lleva aparejada sanciones de doscientos cincuenta mil un euros a un millón de euros.
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