El Juzgado obliga al gobierno local a negociar el convenio colectivo del Ayuntamiento

Personal municipal

La demanda fue presentada por los sindicatos CGT y ATMJ

El fallo no es firme y el ejecutivo prevé recurrirlo ante el TSJA

El gobierno se defiende alegando que hace dos semanas inició el proceso para constituir la mesa negociadora

Una reunión entre el gobierno local y sindicatos celebrada en 2016.
Una reunión entre el gobierno local y sindicatos celebrada en 2016. / Pascual

El Juzgado de lo Social número 2 de Jerez ha ordenado al gobierno local que inicie la negociación con los sindicatos para el nuevo convenio colectivo de los empleados laborales del Ayuntamiento. Lo ha hecho tras aceptar una demanda interpuesta a principios de año por los sindicatos CGT y ATMJ.

El acuerdo laboral, sobre el que ya pesa una sentencia de nulidad, caducó el 31 de diciembre de 2015 pero se ha ido prorrogando desde entonces. Ahora bien, una vez conocido el fallo, el ejecutivo se ha defendido alegando que "hace dos semanas" inició el proceso para constituir la mesa de negociación.

El fallo, ante el que cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), acepta las tesis alegadas por los sindicatos que llevan reclamando desde finales de 2018 el inicio de la negociación. No en vano, la ATMJ denunció el convenio en octubre de ese año y CGT lo hizo en diciembre. Al no iniciarse la negociación, incluso se denunció ante la Inspección de Trabajo.

Ambas formaciones sindicales preguntaron en varias ocasiones al gobierno por este asunto en las mesas generales de negociación celebradas a lo largo del pasado año. En ellas, según se recoge en la sentencia, el representante del ejecutivo alegó, en primer lugar, que no era el momento “adecuado” ya que estaban próximas las elecciones sindicales en el Ayuntamiento —los comicios para los funcionarios se celebraron en febrero de este año y la de los laborales en mayo—. Con posterioridad, siguiendo con lo apuntado en el fallo, se argumentó por parte de la representación municipal que no había previsiones al respecto.

Ante esto, ambos sindicatos presentaron sus respectivas demandas que, con posterioridad, fueron acumuladas en una misma causa que ahora ha resuelto el Juzgado de lo Social en una sentencia fechada el pasado día 12. En el fallo, la jueza María Soledad Ortega Ugena acepta los argumentos esgrimidos por los sindicatos y rechaza los presentados por el Ayuntamiento.

En este sentido, avala que los sindicatos demanden la negociación de un convenio ya denunciado que afecta al “personal laboral del Ayuntamiento” y que están plenamente “legitimados” de que recurran a la jurisdicción social para reclamarlo. Así, censura que el gobierno local alegara que estos no podían hacerlo ya que otros sindicatos no lo reclamaron judicialmente también.

Asimismo señala que tanto CGT como ATMJ han seguido los pasos que marca el Estatuto de los Trabajadores para denunciar el convenio, en primer lugar, y exigir el inicio de las negociaciones con la convocatoria del órgano correspondiente —en este caso la mesa negociadora de laborales—. La normativa laboral establece que las partes están obligadas a negociar “bajo el principio de buena fe” y que hay un mes de plazo para constituir la mesa negociadora en el caso de que una de las partes denuncie el convenio y demande la negociación así como que se fije un calendario de reuniones. Estos plazos han sido notablemente superados por el ejecutivo.

Se da la circunstancia de que el convenio colectivo del Ayuntamiento está anulado por una sentencia del Juzgado de lo Contencioso y ratificada por el TSJA. No obstante, el fallo no es firme. El motivo por el que el acuerdo laboral, que entró en vigor en 2013, fue acordado en la denominada mesa general de negociación, un órgano con representación del Ayuntamiento y de los sindicatos donde se abordan los asuntos laborales vinculados al personal funcionario y laboral. Sin embargo, la Justicia considera que un convenio de estas características debe negociarse por separado puesto que los trabajadores funcionarios se rigen por el Estatuto Básico del Empleado Público —cuyas discrepancias deben dirimirse en la vía contenciosa— y los laborales por el Estatuto de los Trabajadores —que debe acudir a la jurisdicción social—.

Tras conocerse el fallo, y a preguntas de este periódico, el ejecutivo anunció que prevé presentar un recurso ante el TSJA. No obstante, fuentes del gobierno señalaron que "hace dos semanas" se inició el procedimiento de "constitución" de la mesa negociadora de los laborales.

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