El Supremo absuelve a Pacheco del delito de estafa en una "sentencia simbólica"

Caso Huertos de Ocio

No deberá abonar casi 130.000 euros de indemnización impuestos por la Audiencia

Pacheco, junto al abogado Manuel Hortas, de espaldas.
Pacheco, junto al abogado Manuel Hortas, de espaldas.
M. M.

26 de mayo 2020 - 22:52

Jerez/El Tribunal Supremo absuelve a Pacheco del delito de estafa en el caso de 'Los Huertos de Ocio'. El Alto Tribunal estima de estas forma el recurso de la defensa, ejercida por el letrado Manuel Hortas, y anula esa condena de la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, que le impuso 1 año y 9 meses de prisión y multa así como una indemnización a favor del Ayuntamiento de 129.000 euros que tampoco tendrá que pagar.

La sentencia del Supremo desestima el recurso de la acusación particular y estima el del Fiscal, por lo que se le impone seis meses de prisión y 3 años de inhabilitación como autor de delito de fraude a la Administración. La sentencia queda así solo con una condena a esos 6 meses de prisión y 3 años de inhabillitación por fraude a la Administración y 3 años y seis meses de inhabilitación por prevaricación, sin pago de responsabilidad civil.

Desde el punto de vista de la Defensa, "si lo comparamos la sentencia con las peticiones del Fiscal y de la acusación particular, podemos considerarlo una sentencia simbólica. Confirma que no hubo delito en el expediente de desalojo de los usuarios de los huertos", destacó Manuel Hortas, abogado defensor.

Desde el punto de vista de la Defensa, “si comparamos la sentencia con las peticiones del Fiscal y de la acusación particular, podemos considerarlo una sentencia simbólica. Confirma que no hubo delito en el expediente de desalojo de los usuarios de los huertos”, destacó Manuel Hortas, abogado defensor.

Se trata de una sentencia que ha tardado. Y mucho. El Alto Tribunal vio el caso con las diferentes partes presentes en la sala el pasado 11 de diciembre, en Madrid. Semanas más tarde anunció que, de forma excepcional, prorrogaría un mes el plazo para adoptar una decisión. Este hecho, poco habitual, vino a significar que los magistrados del Supremo encontraron área de debate jurídico que debía ser analizada de forma detallada.

Pese a todo el Tribunal Supremo no tiene por qué respetar al pie de la letra los plazos como sí ocurre, por ejemplo, cuando un abogado debe presentar un recurso al estar disconforme con la condena que le ha sido impuesta a uno de sus clientes por parte de un tribunal. A todo ello se unió la pandemia, que vino a retrasar más la resolución.

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