Las razones de la Junta para ampliar los domingos y festivos que abrirán los centros comerciales en Jerez
La administración autonómica asegura que podría haber declarado la libertad de horarios todos el año, pero que no lo hizo "como medida de protección"
El Ayuntamiento no justificó correctamente su propuesta de que la ampliación de horarios se limitara al centro histórico
Estos son los domingos y festivos que los centros comerciales podrán abrir en Jerez este año
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este jueves la resolución de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía que permite que desde este año los grandes centros comerciales de Jerez puedan abrir más domingos y festivos. La medida, ya vigente, se empezará a hacer efectiva durante la próxima Semana Santa, donde los establecimientos podrán abrir tanto el Domingo de Ramos como el Jueves y Viernes Santo, así como el Domingo de Resurrección.
También, las grandes superficies de Jerez tendrán autorizada su apertura el domingo del Gran Premio de España de Motociclismo —las carreras se disputarán este año el próximo 30 de abril— y durante todos los domingos y festivos de los meses de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre, al ser los meses de mayor número de pernoctaciones hoteleras, a tenor de los datos oficiales. A diferencia de declaraciones anteriores, esta autorización se mantendrá no tiene un periodo de vigencia preestablecido, sino que se mantendrá mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la declaración.
Para permitir que este tipo de establecimientos puedan abrir un mayor número de festivos, la normativa estatal y autonómica lo justifica en que es una medida de fomento de la actividad turística. Por ello, establece que en municipios y ciudades turísticas se puedan declarar las denominadas Zonas de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios comerciales (ZGAT).
La nueva declaración para Jerez —una figura que no es de nueva aplicación en la ciudad pues estuvo vigente hasta el pasado año en Semana Santa en el centro histórico y durante el fin de semana del Gran Premio de Motociclismo en todo el término municipal— ha contado con la oposición del Ayuntamiento de Jerez, que ya ha anunciado que recurrirá la decisión adoptada de oficio por la Junta de Andalucía mediante un recurso por vía contenciosa ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Estos son los pormenores de la resolución de la administración autonómica para justificar la ostensible ampliación de los días festivos que podrán abrir las grandes superficies.
Jerez, obligado a tener declarada una zona de gran afluencia turística
Jerez, además de ser un municipio que cuenta con más de 100.000 habitantes (tenía 212.801 habitantes en 2021), registró durante los años previos a la pandemia una media de 663.774 pernoctaciones anuales. El dato para determinar si cumple con este requisito fue el primer punto de fricción entre la Junta y el Ayuntamiento en esta controversia interadministrativa.
Cuando se conoció la propuesta de ampliar los domingos y festivos de apertura autorizada, la alcaldesa, Mamen Sánchez, acusó al organismo autonómico de haber recurrido a una “trampilla” ya que para este cálculo no recurrió a los datos del año precedente (en este caso 2021), sino a la media de los años previos a decretarse la pandemia.
Sin embargo, y según se recoge en la resolución de la Junta, esa “trampilla” viene recogida en un Real Decreto-Ley aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez que entró en vigor a principios del pasado año que establece que, para las declaraciones de zonas de gran afluencia turística que deban declararse o revisarse, como es el caso de Jerez, no se considerarán los datos de pernoctaciones del año 2021, sino la media de los años 2017, 2018 y 2019. Este régimen “transitorio” se justificaba por parte de la administración central en que “la situación del comercio minorista continúa siendo delicada, y una de las medidas más importantes para el impulso y la flexibilidad de la oferta en el sector de la distribución minorista pasa por la flexibilización de horarios comerciales y el fomento de comercio de compras”.
La alcaldesa dijo entonces también que, en plena pandemia se redujo mediante un cambio de la norma la cifra mínima de pernoctaciones (pasó del millón a los 600.000). La Junta se defiende de esta acusación señalando que esa rebaja venía impuesta por una normativa estatal vigente desde 2014.
¿Por qué el Ayuntamiento no presentó una propuesta?
Desde 2014, está en vigor un decreto que regula en Andalucía el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales. En esta norma, se establece que en los municipios de gran población los ayuntamientos están obligados a solicitar la declaración con fecha límite el 1 de octubre previo a la declaración.
Según la resolución, el 21 de septiembre la Junta de Andalucía le remitió un escrito al Ayuntamiento de Jerez advirtiéndole del fin de la declaración vigente e instándole a que solicitara una nueva “con tiempo suficiente”. A partir de aquí, las versiones de una y otra administración se contradicen y lo único coincidente es que el 1 de octubre llegó y el Ayuntamiento no presentó propuesta alguna.
En un comunicado emitido el 7 de noviembre, el gobierno municipal señaló que había decidido “no solicitar” la declaración “atendiendo a los requerimientos de los agentes sociales y económicos de la ciudad”. Una semana más tarde, concretamente el día 14, en una comparecencia pública, la regidora negó que el Ayuntamiento hubiera “incumplido” plazo alguno ya que aseguró que, según lo que le había transmitido la Junta, tenía posibilidad de presentar una propuesta con tres meses de antelación a la celebración del Gran Premio. Incluso, llegó a decir que el límite establecido para el 1 de octubre había sido “un cambio” reciente de la normativa que la Junta “no había comunicado”. Ese plazo, sin embargo, estaba estipulado reglamentariamente desde 2014.
En cambio, la Junta señala que, para empezar, “no tenía obligación” de comunicar esa finalización del plazo, aunque apunta que sí lo advirtió, incluso, mediante “contacto telefónico”, por lo que apela al “cumplimiento del principio de confianza legítima, buena fe y lealtad institucional que exige a las administraciones públicas entre sí”. Es más, le recuerda al ejecutivo municipal que, en anteriores declaraciones de libertad de horarios precedentes, el Ayuntamiento sí presentó una solicitud antes del 1 de octubre, por lo que entiende que conocía los plazos legales.
Al no haber propuesta municipal, la Junta inició de oficio el procedimiento. A finales de noviembre, el Consejo Andaluz de Comercio dio su visto bueno a la propuesta y se rechazó la práctica totalidad de las primeras alegaciones presentadas por el Ayuntamiento. Tampoco se aceptaron las posteriores que presentó el Consistorio a la propuesta provisional de resolución cuya versión definitiva ha sido publicada este jueves en el BOJA.
Apertura de domingos y festivos en Semana Santa y Gran Premio de España de Motociclismo
Uno de los motivos para permitir la apertura de grandes establecimientos comerciales en domingos y festivos es que la ciudad albergue la celebración de un gran evento deportivo o cultural calificado como tal por las autoridades deportivas o culturales. Para empezar, la Semana Santa de Jerez está declarada como Fiesta de Interés Turístico Nacional desde 1993. Mientras, el Gran Premio es, según la Junta, “un gran evento deportivo de carácter internacional que atrae a una gran afluencia de visitantes a este municipio”.
De hecho, hasta hace poco se tenía autorizada la apertura de grandes centros comerciales el domingo de carreras en el Circuito de Jerez. A ello se une que hasta el pasado año se permitió que los grandes establecimientos del centro histórico abrieran durante los festivos de Semana Santa.
Ahora bien, la única alegación presentada por el Consistorio que sí ha aceptado la administración andaluza es que los establecimientos comerciales no abran los domingos o festivos de los años donde no haya Gran Premio. De este modo, en 2024 no estarán autorizados a ello en el caso de que se mantenga el actual contrato con la empresa que explota los derechos del Mundial de Motociclismo, que establece que para ese año no haya Gran Premio en Jerez.
Apertura en los meses de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre
El mínimo de pernoctaciones requerido para permitir la libertad horaria es de 600.000 anuales (en 2020 se rebajó del millón que se exigía hasta 2020). El Ayuntamiento jerezano alegó que el cambio se hizo en los primeros momentos que se decretaron las medidas más duras para contener la pandemia del coronavirus (mediados de marzo de 2020), aunque el organismo autonómico lo justifica en que se limitó a cumplir con una ley estatal que establecía la rebaja en este requisito.
Ahora bien, en la resolución de la Junta de Andalucía se han establecido los meses en los que se registra un mayor número de hospedajes en los establecimientos jerezanos, concretamente los que están por encima de la media mensual, de ahí que se haya decretado la libertad horaria en mayo, julio, agosto, septiembre y octubre.
La Junta alega que, a tenor de la norma, podría haber declarado la ampliación de horarios durante todo el año, pero que solo lo ha hecho en esos meses como medida de protección de los “intereses comerciales al permitir el equilibrio entre los diferentes formatos comerciales y fomentar las ventas en los periodos de mayor afluencia turística”.
¿Por qué no se ha aceptado que únicamente abran las grandes superficies del centro histórico?
Una de las alegaciones que presentó el Ayuntamiento es que la libertad horaria se decretara únicamente en el centro histórico, tal y como se hizo durante la Semana Santa en los últimos años. Para ello, argumentó que no había justificación alguna para declarar toda la ciudad, que el término municipal jerezano es muy extenso y que en el centro histórico es donde hay la mayor concentración de turismo al haber más plazas hoteleras, monumentos y lugares de interés cultural.
En cambio, la Junta le responde que, según la normativa, solo es necesaria esa justificación cuando hay una limitación temporal o espacial, que no es el caso de Jerez al declararse la libertad de horarios en todo el término municipal. Incluso, utiliza el argumento esgrimido por el Ayuntamiento de la gran afluencia de clientes de otros municipios de la Bahía a los grandes centros comerciales de Jerez para advertirle de que esta puede ser un requisito, precisamente, para permitir la libertad de horarios, pues este fenómeno puede considerarse como “un área cuyo principal atractivo sea el turismo de compras”.
También le rebate el argumento de que en el centro haya una mayor concentración hotelera en el centro que en el resto de la ciudad —más del 57% de las plazas hoteleras están fuera del casco histórico, según datos aportados por el propio Ayuntamiento, tal y como reza la Junta—. Incluso, apunta que, aunque el Consistorio apuntó que más del 50% de los Bienes de Interés Cultural (BIC) declarados en la ciudad están dentro del casco histórico, no se han tenido en cuenta “las bodegas ubicadas fuera del casco antiguo y que suponen uno de los mayores reclamos turísticos de este municipio”
Además, la Junta incide en que el Ayuntamiento “no justifica los motivos por los que se excluye el resto del municipio, ni contiene ninguna explicación o justificación efectiva y fundada en criterios objetivos sobre la forma en que la indicada selección atiende y protege los intereses comerciales, turísticos y del consumidor”.
La falta de informes de los agentes sociales y económicos locales
Uno de los reproches que el Ayuntamiento de Jerez realizó a la Junta fue que no recabó la opinión de agentes sociales y económicos de una medida del tal calibre. Sin embargo, la Junta le responde que no es obligatorio por ley y que estos colectivos fueron oídos en el Consejo Andaluz de Comercio que dio vía libre a la libertad de horarios en Jerez.
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