Las elecciones sindicales en el Ayuntamiento de Jerez tendrán que repetirse
Anulado el proceso celebrado en junio tras denunciar CCOO que CGT envió a la plantilla un comunicado "propagandístico" el día de la votación
Tras la decisión del órgano arbitral, ATMJ ha presentado una demanda en el Juzgado de lo Social reclamando que no se repitan las elecciones
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Las elecciones para elegir a los representantes del comité de empresa del Ayuntamiento de Jerez tendrán que volver a celebrarse. Así lo ha determinado el árbitro nombrado por el CMAC, el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Andalucía, que ha anulado la votación tras una impugnación presentada por Comisiones Obreras (CCOO) que denunció que la CGT había enviado un correo electrónico a toda la plantilla en la jornada electoral.
Esta anulación solo afecta al proceso para elegir a los miembros del comité y no a los de la junta de personal, que representa a los funcionarios, dado que no hubo reclamaciones al procedimiento que se celebró semanas antes. De este modo, el órgano arbitral ha determinado que la votación debe repetirse por lo que la mesa electoral tendrá que reunirse próximamente para fijar la fecha de convocatoria. Eso sí,
Ahora bien, todo está a expensas de los recursos que se presenten ante el Juzgado de lo Social. De hecho, este medio tiene constancia de que el sindicato ATMJ (Agrupación de Técnicos Municipales de Jerez) ha interpuesto una demanda donde, entre otras cuestiones, ha solicitado la suspensión cautelar de la decisión adoptada por el órgano de arbitraje hasta que no haya un pronunciamiento judicial sobre el procedimiento electoral. Pero es previsible, según las fuentes sindicales consultadas, que haya más recursos.
Fue el pasado 28 de junio cuando se celebraron las elecciones en el comité de empresa del Ayuntamiento, el órgano que representa a los 930 empleados laborales municipales. En esos comicios, la fuerza sindical más votada volvió a ser CGT, que obtuvo nueve representantes, seguido de ATMJ (cinco), Comisiones Obreras (tres), UGT (tres) y CSIF (uno).
Sin embargo, minutos antes de que se iniciaran las votaciones, fijada a las nueve de la mañana, CGT envió un correo electrónico a toda la plantilla donde informaba de una respuesta que había recibido esa misma mañana de la dirección de la Delegación de Recursos Humanos tras un escrito que le había enviado días antes informándole de que el actual gobierno municipal estaba dispuesto a negociar la mejora de la aplicación del teletrabajo entre la plantilla municipal.
De este modo, en el momento de constitución de las mesas habilitadas para ejercer el derecho al voto, Comisiones Obreras y UGT presentaron sendas reclamaciones al considerar que esta comunicación podría influir en el proceso electoral. Sin embargo, al día siguiente, UGT remitió otro escrito solicitando el desistimiento de su denuncia.
Dos días más tarde de las votaciones, se reunió la mesa electoral central para dar por válido el escrutinio y para determinar que “no era competente” para analizar la reclamación presentada por Comisiones Obreras. Tras esto, este sindicato presentó una impugnación ante el CMAC que ahora se ha pronunciado dándole la razón al sindicato mediante un laudo fechado a finales del pasado mes.
Un comunicado “propagandístico”
En el laudo, al que ha tenido acceso este medio, el árbitro en materia electoral designado por el Centro de Mediación y Arbitraje determina que, aunque es lícito que haya esas comunicaciones entre el gobierno y el sindicato en periodo electoral, es "irregular" que su contenido se transmita a la plantilla en una jornada de votación. Así, asegura que no existía “ninguna urgencia” en comunicar inmediatamente el anuncio del ejecutivo puesto que lo hizo “media hora antes del inicio de la votación”, por lo que podría “haber esperado a la finalización de esta para respetar la jornada de reflexión” ya que, para empezar, aún no se había llegado a “ningún acuerdo que fuera preciso anunciar”.
De este modo, el órgano arbitral entiende que el objetivo de este comunicado era “exclusivamente en dar cuenta del trabajo realizado por CGT, por lo que considera que es una “irregularidad” que “afecta a las garantías del proceso electoral”. “Se trata de un mensaje de correo electrónico enviado a la totalidad de la plantilla que se remite a una hora en la que es probable que muchos trabajadores consulten su correo electrónico, justo antes de ir a votar, de modo que en el momento de ejercer este derecho está muy reciente la idea de que CGT está trabajando y seguirá trabajando por el bien de la plantilla”, agrega en el laudo.
Asimismo, señala que este escrito “podría haber afectado a los resultados de la elección”. Así, rechaza la justificación realizada por CGT que alegó que suele realizar este tipo de comunicaciones con la plantilla de manera habitual y que suele hacerlo tan pronto tiene la información del ejecutivo.
ATMJ recurre al Juzgado de lo Social
Fuentes del sindicato ATMJ han informado a este periódico que, tras conocer el laudo arbitral han presentado una demanda sobre materia electoral para impugnar la decisión alegando que no les fue notificado el procedimiento seguido en el órgano arbitral, por lo que entiende que ha podido producirse “indefensión”.
Por este motivo, han solicitado como medida cautelar que se suspenda la celebración de unas nuevas elecciones sindicales hasta que no haya un pronunciamiento judicial definitivo sobre la controversia.
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