El Tribunal Supremo avala la prohibición del uso del 'Bag in Box' en los vinos de jerez
Marco de Jerez
El Alto Tribunal no admite a trámite los recursos presentados por la "Asociación de bodegas artesanas de Sanlúcar'" y la Junta de Andalucía
Esta providencia da la razón a la patronal Fedejerez en su rechazo a la comercialización de los vinos amparados por la Denominación de Origen en los envases de cartón
El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite los recursos de casación presentados por la "Asociación de bodegas artesanas de Sanlúcar'" y la Junta de Andalucía contra la prohibición del uso del 'Bag in Box' en los vinos de jerez.
El presidente de Fedejerez, Evaristo Babé, ha destacado que, la providencia emitida este pasado jueves por el Alto Tribunal es "una magnífica noticia en beneficio de todo el sector y, por ello, todos debemos felicitarnos".
Babé, en una nota enviada por la patronal bodeguera añade que "es mucho más importante la unión para afrontar los retos de futuro que hacer leña del árbol caído tras esta reconocida victoria".
Fedejerez recuerda, que siempre defendió "la prohibición de uso del envase 'Bag in Box' no solo por estar así claramente establecido en el Reglamento del Consejo Regulador de las DDOO Jerez, Xérès, Sherry y Manzanilla Sanlúcar de Barrameda, sino también por el perjudicial impacto que para la imagen del Fino o la Manzanilla tendría su comercialización en dichos envases de cartón".
"Lo que es lamentable- prosigue Babé-, es que haya habido que acudir a los tribunales para una cuestión así e incluso que la propia Junta de Andalucía asumiera en este asunto una posición expresa en contra de lo que establece el Reglamento y los acuerdos adoptados en el seno del propio Consejo Regulador".
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