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Tribunales
Jerez/La Fiscalía del Tribunal Supremo ha aceptado el recurso elevado por la Fiscalía Anticorrupción de Jerez contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Jerez sobre el caso Huertos de Ocio. El objeto de polémica jurídica en esta ocasión radica en los cargos por los que el que fuera primer edil de Jerez Pedro Pacheco y el ex gerente de Urbanismo Luis Cruz de Sola fueron condenados. Ambos fueron condenados por haber transgredido preceptos legales tales como la estafa y la prevaricación. La Fiscalía considera que a estos cargos debió añadírseles otro como es el caso del fraude a la administración pública.
El debate judicial a este respecto es más que interesante. No en vano, la Sección Octava de la Audiencia Provincial con sede en Jerez consideró que en este caso en concreto la estafa, en cierto aspecto, absorbe en sí misma al delito de fraude a la administración. La Fiscalía opina lo contrario. El recurso recae, por decirlo en cierto modo, en un terreno donde la mismísima filosofía del Derecho tendrá mucho que decir. No en vano, desde el ministerio público se considera que se trata de un delito autónomo (y en este caso no condenado) que aunque tiene cierta relación con el delito condenado (la estafa) el fraude a la administración pública lleva un camino separado que permite que sea castigado de forma separada.
En caso de que el Tribunal Supremo considerara las tesis de la Fiscalía las condenas de Pedro Pacheco y Luis Cruz se verían incrementadas de uno a tres años de prisión. Pero no acaba aquí este rocambolesco caso. Y es que será ahora cuando los famosos documentos que aparecieron cuando el juicio ya había concluido adquieren un papel primordial. No en vano dichos documento podría suponer la absolución de los principales condenados respecto al delito de estafa. Los documentos, perdidos de forma misteriosa por los cajones del Ayuntamiento de Jerez, aparecieron y vendrían a demostrar que los pagos sí se realizaron, es decir, que se pagó dinero público para que la diferencia entre los terrenos que quería una promotora de viviendas y el edificio ansiado por el Ayuntamiento junto a la calle Medina quedara a cero.
En esta tesitura, las posibilidades son amplias. El ex alcalde puede acabar absuelto, condenado por prevaricación en exclusiva o, en su caso, ver su condena ampliada a estafa, prevaricación y fraude a la Administración.
Como se recordará, el caso de los Huertos de Ocio se cerró con una condena de un año y nueve meses tanto para el ex alcalde como para quien fuera responsable de la extinta Gerencia Municipal de Urbanismo. Tras ser condenados en el caso ‘Casa del Rocío’ la Sección Octava de la Audiencia Provincial los condenó al cumplimiento de un año y nueve meses de prisión por prevaricación en concurso medial con una estafa por el referido caso de los Huertos de Ocio. Igualmente les impuso una inhabilitación especial para empleo o cargo público durante tres años y seis meses, así como que indemnizaran al Ayuntamiento además de pagar una multa de 3.750 euros. Fueron absueltos de los delitos de falsedad en documento oficial. Cabe recordar que junto a ellos se sentaron en el banquillo dos técnicos municipales, a los que el ministerio fiscal no acusó en ningún momento, que quedaron absueltos.
La indemnización al Ayuntamiento deberá ser anulada en caso de que se acepten los ‘papeles’ hallados de forma postrera en los cajones municipales ya que estos vienen a demostrar que no hubo menoscabo económico en la operación de permuta entre los terrenos de los Huertos de Ocio y el antiguo edificio de oficinas de Palomino y Vergara en la calle Colón.
Desde el punto de vista social este recurso es especialmente importante para Pedro Pacheco ya que en caso de volver a ser condenado perderá el tercer grado penitenciario del que goza en la actualidad. Pasaría a estar dentro del segundo grado lo que conllevaría su ingreso en prisión de nuevo.
De otro lado se encuentra el caso de Luis Cruz, una persona muy reconocida en la ciudad, que carga con otra condena de un año y diez meses de prisión por el caso ‘Casa del Rocío’. Si la condena se confirma provocaría que ambas penas (un año y diez meses y un año y medio) se adicionaran entre ellas, por lo que también debería ingresar en la cárcel.
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