La Audiencia Provincial condena a 21 años de cárcel por captar y explotar sexualmente a mujeres en Jerez
Traían a las mujeres de Brasil y les obligaban a ejercer la prostitución ofreciéndolas en portales de contactos
La investigación llevó a realizar registros en dos viviendas de la ciudad y una en Algeciras

A finales de enero de 2021, la Policía Nacional practicó una serie de registros en varios inmuebles en Jerez y Algeciras que acabaron con la detención de varias personas por dedicarse a traer mujeres de Brasil a España para que ejercieran la prostitución. En aquella operación se liberaron a nueve mujeres que estaban siendo explotadas sexualmente en estos inmuebles y que eran ofrecidas a través de algunos portales de Internet.
El juicio por esta causa se celebró a finales de noviembre y ahora ha trascendido el fallo de la Audiencia Provincial en el que se establecen distintas condenas para los cinco procesados. Ahora bien, las más elevadas son para la mujer que estaba al frente de las viviendas en Jerez y para otra que estaba en Algeciras, con penas de 21 y 16 años de cárcel, respectivamente. Eso sí, el tribunal ha determinado que no se han hallado indicios para sentenciar que los cinco procesados integraran una red organizada de trata de mujeres para su explotación sexual. Aunque es cierto que sus principales responsables se conocían y hablaban asiduamente por teléfono, no se han hallado pruebas suficientes que acrediten que eran un grupo organizado puesto que no se compartía ni la gestión ni los beneficios económicos que generaba esta actividad ilícita.
La sección jerezana de la Audiencia Provincial considera probado que entre 2019 y 2020, una de las procesadas, la que estaba al frente de las casas en Jerez, se dedicaba al negocio de la prostitución ajena con mujeres extranjeras. De este modo, algunas de estas mujeres, que ya ejercían la prostitución en su país y arrastraban problemas económicos, eran traídas a España para que continuaran con esta actividad en dos viviendas de la ciudad. Para ello, la ahora condenada las buscaba en su país de origen, les pagaba el viaje —ha quedado acreditado que volaban desde el país sudamericano a España vía Portugal— y les daban un dinero para que en la aduana pasaran como turistas.
Ya, en España, y para devolver la cuantía que adeudaban, ejercían la prostitución en estas viviendas estando obligadas a dar un 50% del importe que le abonaban los clientes por sus servicios sexuales. Los contactos con los clientes eran concertados por la procesada mediante unos teléfonos móviles que aparecían en anuncios que publicaba en páginas webs de contactos y prestación de servicios eróticos. Y quedó acreditado también que estas mujeres tenían controladas tanto sus entradas y salidas de estas viviendas, de las que no podían salir sin permiso.
La Audiencia considera que esta "se aprovechaba de la situación de necesidad y vulnerabilidad" de estas mujeres al estar "desarraigadas", "sin apoyo familiar alguno" y "en una situación económica muy precaria de la que solo podían salir mediante el ejercicio continuado de la prostitución bajo la dependencia de la acusada". De hecho, el tribunal advierte de la situación irregular en el país en la que se encontraban estas mujeres. Junto a ella también han sido condenada otras dos personas por su participación en la actividad que se realizaba en las viviendas de Jerez. Una de ellas era la encargada de recibir y cobrar a los clientes, atender el teléfono y organizar el trabajo de las mujeres. Mientras, la otra participó en la organización del viaje a España de estas mujeres.
De este modo, a la máxima responsable de las viviendas de Jerez se le condena por tres delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso ideal con otros tres delitos de favorecimiento a la prostitución a siete años de prisión por cada uno de ellos y otros tres delitos de inmigración ilegal, con una pena de tres meses de multa con cuota diaria de seis euros. Mientras, a la que colaboró en los viajes se le condena por dos delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso ideal con dos delitos de favorecimiento a la prostitución (cinco años por cada uno) y dos de inmigración ilegal (pena de multa) y a la que colaboraba en la vivienda de Jerez por tres delitos de favorecimiento a la prostitución (dos años por cada uno).
La otra principal acusada dirigía la misma actividad en una vivienda en Algeciras, que funcionaba de la misma manera que las de Jerez. Esta ha sido condenada por dos delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso ideal con dos delitos de favorecimiento a la prostitución (siete años por cada uno), un delito de favorecimiento a la prostitución (dos años) y otros dos por inmigración ilegal ( tres meses de multa con cuota diaria de seis euros). También ha sido condenado su pareja por dos delitos de favorecimiento a la prostitución (dos años por cada uno). Para todos los acusados la Fiscalía pedía penas superiores al considerar que deberían haber sido condenados por los nueve casos de las mujeres explotadas que fueron halladas en los registros, pero el tribunal consideró que en algunos de los casos juzgados no se apreció vulnerabilidad y en otros que no habían trabajado en la casda de Jerez.
La investigación policial se inició tras una denuncia de una entidad vinculada a ayudar a mujeres obligadas a ejercer la prostitución. Esta fue dirigida por el Juzgado de Instrucción número 4 de Jerez, cuyo titular ordenó las intervenciones de las comunicaciones de los teléfonos móviles de algunas acusadas. Esto permitieron, además, que se hicieran seguimientos sobre ellos y se comprobara como se traían a las mujeres desde Brasil a través de otros aeropuertos como Lisboa hasta la terminal de Sevilla, donde posteriormente eran traídas hasta Jerez. Al inicio del juicio, y como cuestión previa, las defensas de los acusados solicitaron la anulación de las escuchas. En cambio, el tribunal consideró que esta medida estuvo suficientemente motivada por el juzgado instructor.
El fallo no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
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