El Ayuntamiento de Jerez deberá indemnizar con 3,4 millones a una propietaria por no urbanizar un polígono
La sentencia ha sido emitida por el Juzgado de lo Contencioso, aunque ya ha sido recurrida por el Consistorio
Acordó en 2004 el traspaso de unas fincas para el desarrollo del polígono Pastranilla, a espaldas de Bodegas Estévez
El convenio recogía que esta recibiría una de las parcelas urbanizadas del enclave
El Ayuntamiento de Jerez ha sido condenado a indemnizar con unos 3,4 millones de euros a la antigua propietaria de un suelo situado a espaldas de Bodegas Estévez ya que no ha urbanizado este enclave que se proyecta como polígono industrial. El fallo, emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jerez y dado a conocer este jueves por el sindicato ATMJ en un comunicado remitido a la plantilla del Consistorio, no es firme por lo que cabe recurso de apelación. Fuentes municipales han explicado a este periódico que ya lo han recurrido.
El caso se remonta a hace casi dos décadas cuando la desaparecida Empresa Municipal de Suelo de Jerez (Emusujesa) inició los trámites para hacerse con la titularidad de buena parte de los terrenos de Pastranilla, un paraje situado entre las bodegas del Real Tesoro y los polígonos Guadalquivir y Ronda Oeste, en la carretera de Sanlúcar. Así, en 2004 firmó un convenio urbanístico con una de las propietarias de este suelo con la que acordaba, además de un precio por la transacción, que esta recibiría una parcela ya urbanizada en el futuro enclave industrial. Según el acuerdo, esta recibiría un solar de unos 19.000 metros cuadrados.
Unos cinco años después, se firmó la escritura de compraventa donde se concretaban los pormenores de la compraventa, la superficie de la parcela que sería transferida a la anterior propietaria una vez urbanizado el polígono, así como el establecimiento de una indemnización en el caso de que estos suelos no acabaran desarrollándose o, si transcurridos cuatro años desde la firma, no se había iniciado el desarrollo de este enclave. Tres años más tarde, se añadía una adenda al contrato de compraventa donde ya se especificaba el solar que recibiría al estar tramitándose tanto el plan parcial como los proyectos de urbanización y reparcelación de estos suelos.
Sin embargo, a mediados de 2015, la anterior propietaria presentó dos escritos al Ayuntamiento reclamando el cumplimiento del acuerdo puesto que, a pesar de que se habían aprobado las figuras urbanísticas, no se habían iniciado todavía las obras de urbanización y, por ende, no había recibido el solar convenido. Ante la falta de repuesta del Ayuntamiento, a finales de ese año presentó un recurso por la inactividad del Ayuntamiento.
Hay que tener en cuenta que en ese momento Emusujesa estaba en proceso de liquidación. La antigua empresa que gestionaba el suelo municipal había quebrado y sido absorbida por el Ayuntamiento por su abultado pasivo. Se daba la circunstancia de que, por aquel entonces, el Estado le exigía la devolución de más de siete millones de unas subvenciones que había recibido entre 2008 y 2009 para desarrollar nuevos polígonos industriales en la ciudad, entre ellos el proyectado en Pastranilla. Sin embargo, este importe fue destinado entonces por el gobierno de Pilar Sánchez a gastos generales del Ayuntamiento. Así, ante la imposibilidad de devolver este importe dado que la sociedad apenas carecía de actividad, el Ayuntamiento acabó absorbiendo a la empresa (tanto sus activos como sus pasivos, es decir, sus deudas), al igual que hizo con otras como Onda Jerez.
Un largo procedimiento judicial
La primitiva propietaria presentó un recurso en 2015, pero no ha sido sentenciado, en primera instancia, casi siete años más tarde. Este retraso se debe a un doble motivo. Para empezar, la demanda llegó a ser archivada de manera provisional hasta en dos ocasiones; sin embargo, tras los escritos presentados por la recurrente, el procedimiento prosiguió hasta el fallo emitido por el Juzgado. En la sentencia, el juez justifica también la dilación en el procedimiento en la sobrecarga de trabajo que soporta este juzgado, el único de la jurisdicción contenciosa existente en el partido judicial jerezano.
En su pronunciamiento el juez considera probado que la anterior propietaria tiene derecho a una doble indemnización. Así, por un lado, incide en que, tal y como recoge el acuerdo suscrito hace casi 20 años, la recurrente entregaba a Emusujesa sus cuatro parcelas a cambio de una contraprestación económica (que sí fue abonada mediante compensaciones de impuestos) y una parcela ya urbanizada en el futuro polígono Pastranilla.
De este modo, al no haberse realizado la urbanización del enclave industrial, el juez entiende que la recurrente “ha sufrido un empobrecimiento en favor de la administración demandada [el Ayuntamiento] carente de causa legítima que lo justifique”. Por esto, sentencia que esta debe ser indemnizada con el valor del solar que no ha recibido que, según el proyecto de reparcelación realizado por el propio ayuntamiento, asciende a algo más de 3,1 millones.
Es más, el acuerdo entre propietaria y Emusujesa incluía una cláusula que establecía que, en el caso de que hubieran transcurrido cuatro años desde que los suelos fueron reclasificados sin que se hubiera iniciado la urbanización, le correspondía una indemnización de 300.000 euros. El juez entiende que la recurrente también tiene derecho a percibir este importe.
Se ha establecido también que a estos importes hay que sumarle los intereses devengados desde que se presentó el recurso.
También te puede interesar
Contenido ofrecido por El Centro Inglés
Contenido Patrocinado
Especial