Cuando será el sorteo para la escolarización en Andalucía
Una imagen de un centro educativo. / JUNTA
R.D.

02 de marzo 2023 - 13:24

En apenas un día dará comienzo el tradicional proceso de escolarización para niños y niñas que acceden este curso al Segundo Ciclo de Infantil. Es por ello que a estas horas, son miles los padres y madres que se preguntan qué aspectos hay que tener en cuenta a la hora de matricular a sus hijos/as en cualquier centro educativo.

Evidentemente, si el número de solicitudes es menor de las plazas que se ofertan en el centro, no habrá problema, ya que todos los alumnos serán admitidos y listo. El problema ocurre en los centros donde la demanda supera a la oferta. A la hora de mostrar nuestra preferencias en la solicitud hay que saber los puntos que tendríamos para incorporarnos a cada centro ¿Cómo calcular los puntos para elegir colegio? Aquí os lo explicamos.

Contar con hermanos en el centro, proximidad del domicilio familiar o laboral, renta anual, discapacidad, familia numerosa o monoparental o con dos hijos, guardadores legales con actividad laboral remunerada, matrícula en el primer ciclo de Educación Infantil y expediente académico de Bachillerato son algunos de los criterios de baremación que se aplican en este proceso y en el caso de que se produzcan empates se aplicará el resultado del sorteo público que se celebrará una vez cerrado el proceso de admisión de solicitudes.

Casos en los que se suman puntos en la escolarización

Así, se otorgarán 14 puntos por existencia de hermanos en el centro y si el domicilio familiar se encuentra en el área de influencia del colegio (reduciéndose a 10 puntos en caso de que esté en el área limítrofe). Si el domicilio laboral sí está en el área de influencia el alumno recibirá 10 puntos, por 6 en caso de que esté ubicado en área limítrofe.

También puntuará que el alumno o alumna a escolarizar haya nacido de parto múltiple (un punto) y se mantienen los criterios que otorgan puntos por contar con matrícula en el primer ciclo de Infantil, en función de la renta per capitalino anual de la unidad familiar de si las personas guardadoras legales tienen actividad laboral o profesional remunerada o no y de si el alumno presenta discapacidad o trastorno del desarrollo. En este último caso, si la discapacidad es del 66% o superior suma 4 puntos y si es inferior, 3 puntos. Si los que tienen una discapacidad son los hermanos se sumará 0,5 puntos por cada hermano que presente una discapacidad superior al 33%.

Respecto al tipo de familia al que pertenezca por número de personas, la familia numerosa especial recibe 2,5 puntos, la familia numerosa general o familia monoparental suma 2 puntos, la familia numerosa especial y monoparental hasta 3 puntos, la familia numerosa general y monoparental, 2,5 puntos, y la familia ni numerosa ni monoparental con dos hijos, 1 puntos.

Por último, también reciben puntos extra en caso de que el representante o los representantes legales del alumno tengan su puesto de trabajo habitual en el centro donde soliciten la admisión; por ser deportistas de alto rendimiento y el centro escolar esté cerca del lugar donde entrenan y desarrollan su carrera deportiva; por ser familiar de una persona víctima de terrorismo (hasta segundo grado de consanguinidad); y en caso de que el menor viva en régimen de acogida. Todo este proceso de cálculo de puntos puede realizarse a través del siguiente enlace.

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