Jerez íntimo
Marco Antonio Velo
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Aunque a falta de un cuatrimestre para que acabe el año ya se hayan superado los registros de 2022, la caída de la recaudación por el impuesto de la plusvalía sigue siendo un problema para los ayuntamientos de toda España y, por ende, para el de Jerez. Así, tal y como se recoge en el avance de ejecución presupuestaria, con datos recopilados hasta el pasado 8 de agosto, el Consistorio jerezano ha recaudado en torno a 3,7 millones de euros por este tributo, de los que algo más de dos millones de euros ya están en la caja municipal (la denominada recaudación líquida).
A estas alturas de 2023, el Ayuntamiento ya ha superado el importe en derechos reconocidos que lo obtenido por el denominado oficialmente como impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), que se situó en algo más de 2,4 millones de euros, con datos correspondientes a la ejecución presupuestaria a 2 de diciembre —aún no se ha publicado la liquidación del pasado ejercicio—. De estos en torno a un millón de euros se han recaudado.
Sin embargo, y a pesar de la mejora, la economía municipal está lejos de alcanzar las cifras de recaudación que obtenía antes de que el cálculo de su base imponible fuera declarado inconstitucional en 2021. No en vano, y a pesar de que se realizó una reforma exprés de la Ley de Haciendas Local, la normativa que regula el sistema de financiación de los ayuntamientos, para adaptar la regulación del tributo a la sentencia del alto tribunal, los ayuntamientos han visto notablemente mermados sus ingresos por esta vía.
Las distintas liquidaciones aprobadas por el Ayuntamiento de Jerez así lo reflejan. En 2021, último año que se aplicó el anterior sistema de cálculo del impuesto, el Ayuntamiento obtuvo unos 13,3 millones de euros por este concepto. Un año antes, la cifra ascendió a 9,4 millones y el récord en los últimos años fue en 2016 con más de 15 millones de euros en derechos reconocidos.
El impuesto de la plusvalía municipal grava el beneficio obtenido por la transmisión de un determinado inmueble (ya sea mediante venta, herencia o donación). Así, para su cálculo se tiene en cuenta el valor del suelo donde está edificado. Ahora bien, en 2021, el Tribunal Constitucional tumbó la fórmula que se utilizaba hasta entonces, por lo que el Ministerio de Hacienda promovió una reforma normativa para establecer un nuevo sistema donde los contribuyentes pueden elegir entre dos opciones, ya sea a través de la diferencia entre el valor de compra y de venta del inmueble o aplicando unos nuevos coeficientes al valor catastral.
Este fue el segundo varapalo a un tributo que en 2017 ya fue objeto de otra sentencia del Tribunal Constitucional por un caso que partió desde Jerez. En aquel momento, una promotora de la ciudad planteó una cuestión de inconstitucionalidad por el cobro de estos impuestos en aquellos casos que no hubiera ganancia patrimonial por parte del que vendía el inmueble. Tras un recurso, el Constitucional determinó que los ayuntamientos únicamente podían cobrar este tributo en aquellos casos que hubiera ganancia patrimonial y no en todos los casos como se aplicaba hasta entonces.
Sin embargo, tras este segundo pronunciamiento la caída de la recaudación por esta circunstancia es un hecho y desde hace más de un año los ayuntamientos están reclamando que se establezca una vía de compensación que, por el momento, no ha sido atendida.
Mientras llega o no una posible compensación por la pérdida de recaudación por esta vía tributaria, el Ayuntamiento de Jerez ha podido frenar el golpe gracias a la mejora de la actividad urbanística y constructiva en la ciudad.
De hecho, así lo atestigua un informe técnico elaborado a principios de año con el plan de tesorería municipal para este ejercicio. En él se apunta la “incertidumbre” existente por los ingresos que se puedan obtener por este tributo debido a las consecuencias de esta sentencia. No obstante, se apunta que, por el momento, esta circunstancia se estaba “compensando” con la mejora de la actividad urbanística.
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