Una mujer se salva de pagar una deuda de 222.000 euros en Jerez tras una presunta estafa de su padre
A través de la Ley de la Segunda Oportunidad, la víctima estará eximida de pagar esta cantidad tras una presunta estafa por parte de su progenitor, al que otorgó poderes notariales
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El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Cádiz ha dictado la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) en el caso de una mujer de Jerez de la Frontera que ha quedado liberada de una deuda de 222.000 euros. El caso lo ha tramitado Repara tu Deuda Abogados, despacho de abogados líder en España en la Ley de Segunda Oportunidad.
Tal como explican los abogados de Repara tu Deuda, "la concursada estuvo durante dos años en situación de desempleo. Previamente había trabajado como autónoma de comercial de seguros y luego como asesora de clínicas dentales. Sin embargo, el origen de su deuda se encuentra en el momento en el que ella cumple 18 años y su padre pone a nombre de ella un negocio de construcción. La concursada no ha podido hacer frente a la totalidad de las deudas por los préstamos e hipotecas que se solicitaron a su nombre sin ella tener conocimiento. Le indicaron que tenía que otorgar poderes notariales y por ello desconocía cada una de las deudas que se contraían. Este hecho se ha puesto de manifiesto en sede judicial a través de un presunto delito de estafa".
La Ley de Segunda Oportunidad fue aprobada por el Parlamento de España en el año 2015. Si bien es cierto que en una primera fase había mucho desconocimiento acerca de la existencia de esta legislación, la realidad es que cada vez más personas acuden a ella para cancelar las deudas que han contraído, pero que no pueden asumirlas por la situación en la que se encuentran.
Una de las claves para lograr la ansiada liberación financiera es ponerse en manos de un despacho de abogados profesional y especializado que cuente con experiencia y casos de éxito a través de sentencias. En este sentido, hay que señalar que Repara tu Deuda Abogados ha logrado superar la cifra de 260 millones de euros exonerados a personas que proceden de las diferentes comunidades autónomas de España.
Para poder ser beneficiario de esta legislación, es necesario cumplir unos requisitos básicos. En líneas generales, basta con ser una persona en estado actual o inminente de insolvencia que no paga porque no puede hacerlo (no porque no quiera), que actúa de buena fe durante todo el procedimiento y que no ha cometido delitos socioeconómicos en los diez últimos años.
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