El colegio María Auxiliadora da por acreditado que el profesor ató y amordazó al alumno
Denuncia por insultos y vejaciones
El expediente abierto al docente denunciado por los padres del niño con autismo concluye que es “totalmente reprobable e inadmisible”, pero que no cabe sanción porque “ha prescrito”
El profesor, que niega los hechos, tendrá que declarar ante el juez el próximo 6 de mayo
Jerez/El expediente disciplinario que el colegio María Auxiliadora abrió al profesor de música acusado por los padres de un alumno autista de vejaciones e insultos hacia su hijo de 12 años da por acreditado que el docente "ató con cuerdas y amordazó con cinta adhesiva" al alumno y agrega que este hecho "es totalmente reprobable e inadmisible, pero habiéndose producido hace más de seis meses, está prescrito y no cabe sanción al respecto".
En la resolución del expediente, con fecha del pasado 26 de marzo, se afirma también que "no han quedado acreditados otros insultos o vejaciones a los alumnos, más que bromas con el uso de sus nombres y apellidos o alusiones indirectas a qué es ser tonto. Por ello no cabe sanción al respecto".
Aunque se cierra sin sanción, se hacen una serie de consideraciones y advertencias. "El trabajador debe saber que si de una u otra manera amenaza" al alumno o algún otro "con atarlo a amordazarlo si no se calla o se está quieto en clase, se aplicará con la contundencia debida el régimen sancionador". Añade que igualmente el profesor "debe evitar bromas con nombres y apellidos o sobre ser "tontos", pues parece evidente que los alumnos no las entienden y les molesta. Por ello se le advierte que, en caso de reiterarlas, se procederá a sancionarlo”.
El expediente finaliza señalando que "habiéndose constatado el hecho de atar con cuerdas y amordazar con cinta adhesiva" al alumno, "con el agravante de las circunstancias personales del menor, que es del espectro autista, y no siendo objeto de sanción exclusivamente por estar prescrito, de acuerdo con el poder de la dirección y a fin de proteger al menor y generarle un ambiente agradable, se decide que el docente continúe sin dar clases al grupo en que se encuentre dicho alumno, sustituyéndolo por otro grupo en su horario".
El profesor, que se mostró no conforme con la resolución del expediente disciplinario, está citado a declarar ante el juez el próximo 6 de mayo.
En el expediente, el colegio admite que la actuación del profesor -en referencia al hecho de atar y amordazar con cinta adhesiva a un alumno- "no puede recibir justificación alguna, es totalmente inadmisible y podría ser calificada de incumplimiento grave y culpable, de transgresión de la buena fe contractual, así como de abuso de confianza en el desempeño del trabajo y deslealtad".
Se agrega que estos hechos están recogidos en el real decreto que aprueba la Ley de Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos como falta grave y que como tal, conllevaría la posible sanción de suspensión de empleo y sueldo de 15 a 30 días, con o sin apercibimiento de despido, o incluso directamente despido disciplinario.
No obstante, el expediente explica que aunque no se ha acreditado la fecha, "se ha reconocido" que los hechos fueron en el curso 2017/2018 y se ampara en el Estatuto de los Trabajadores que "establece la prescripción, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido".
Durante la instrucción del expediente disciplinario se tomó declaración a la madre del menor, así como al alumno en cuestión y a otros once compañeros. Además, lógicamente se llamó también al profesor denunciado y se le dio el pliego de cargos, otorgándole plazo para realizar el pliego de descargo, que cumplimentó. En su declaración el profesor "negó todos los hechos sin más y en su pliego de descargo exclusivamente se ciñó al criterio de indefensión por criterios formales", según recoge la resolución del expediente.
El colegio entiende que "sabiendo qué alumnos habían declarado y que constatarían de forma reiterada los hechos, no cabe entender esta negación más que como una estrategia de defensa, fruto posiblemente de un asesoramiento jurídico profesional, que no podemos por menos que considerar desafortunado, pues lejos de una actuación de reconocimiento de un proceder inadecuado, de forma consciente o no, y de su ánimo de retractación, corrección y no reiteración del mismo, deja en tela de juicio la buena fe del trabajador y su lealtad en el desarrollo de este expediente y genera dudas sobre su actuar futuro".
El informe policial realizado a instancias del juzgado de Instrucción número 5 de Jerez, que lleva el caso, menciona dicho expediente, que el colegio facilitó a la Policía y destaca que de las once declaraciones de compañeros del niño, cuatro de ellos afirmaron que fueron testigos directos de la conducta del profesor en cuanto a atar y amordazar al menor. "Reconocen que fue sólo una vez, pero que sí hubo amenazas de repetirlo de nuevo. El resto de menores afirma conocer el hecho por oídas o comentarios externos sin haberlo presenciado".
El informe recoge que "es difícil dar crédito a este profesor cuando se empeña en negar algo reconocido como cierto no por la víctima sino por varios niños que fueron testigos directos de ese momento tan concreto". Por ello, el profesor fue citado en dependencias policiales para su imputación "en calidad de investigado no detenido de un delito contra la integridad moral y/o trato degradante".
Germán Bernal, abogado de la madre del menor, que se ha personado como acusación particular, señaló que la familia está en desacuerdo con el argumento del colegio de que los hechos han prescrito a efectos de sanción laboral. "Por un lado, hay sentencias del Supremo que avalan que la prescripción empieza a correr a partir de que se tiene conocimiento de los hechos y no de cuando se cometieron".
Defiende además que no se produjo un hecho aislado grave sino que ha habido una conducta vejatoria continuada del profesor hacia el menor y lamenta que no se hayan tenido en cuenta informes médicos que advierten de un alto riesgo de suicidio por parte del niño.
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