La Junta concede la declaración de utilidad pública al parque eólico de El Barroso
Rechaza las alegaciones presentadas por el Consejo Regulador y los propietarios afectados
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La Junta de Andalucía ha concedido la declaración de utilidad pública al parque eólico de El Barroso. Este trámite permite que la empresa promotora, la compañía Capital Energy, pueda ocupar los suelos necesarios, ya sea de manera permanente o temporal, para la puesta en funcionamiento de esta instalación.
A finales de 2021, tras recibir los permisos autonómicos y municipales que le permitieron iniciar la obra de este polémico parque eólico, que ha contado con la oposición de propietarios del entorno y del Consejo Regulador por el enorme impacto que el proyecto tiene en uno de los parajes vitivinícolas más singulares del Marco de Jerez, la compañía solicitó la declaración de utilidad pública tanto para la planta como para la línea de evacuación que necesita para verter la energía que genere en la red.
Así, el pasado 20 de junio, mediante sendas resoluciones firmadas por la delegada territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta en la provincia de Cádiz, Inmaculada Olivero, se le ha concedido esta declaración tras rechazarse todas las alegaciones que el Consejo Regulador y propietarios habían presentado.
El nuevo parque eólico, cuya construcción se encuentra en su recta final, contará con cinco aerogeneradores de unos 102 metros de altura cada uno. Ubicado en el paraje de Macharnudo, tendrá una potencia instalada de 24 megavatios y, una vez entre en funcionamiento, será la decimotercera instalación de estas características que haya en el término municipal jerezano.
En la resolución de ambas declaraciones de utilidad pública (se han tramitado por separado la del parque eólico y la de su línea de evacuación), el organismo autonómico rechaza todas las alegaciones presentadas. Es más, ni siquiera entra a analizarlas con detalle ya que razona que este no es el momento procedimental para valorarlas, sino que la normativa establece que debe limitarse a concretarse si “concurren los requisitos necesarios para obtener la declaración de utilidad pública”, por lo que no es el momento para “discutir acerca de la validez o no de las autorizaciones administrativas previas o la autorización ambiental unificada”. Y determina que los cumple, de ahí que le dé el visto bueno a la petición.
El grueso de las alegaciones presentadas, tanto en el expediente del parque eólico como en el de la línea de evacuación, se centraban en cuestionar las autorizaciones concedidas al proyecto, en asegurar que era incompatible tanto con la normativa urbanística municipal como con la normativa autonómica para este tipo de instalaciones y en una presunta “fragmentación ilegal” del proyecto para agilizar los trámites.
El Ayuntamiento de Jerez también presentó alegaciones (las suscribió el anterior delegado de Urbanismo, José Antonio Díaz), aunque estas no se centraron en el proyecto limitándose a señalar que ninguna parcela municipal estaba afectada y a plantear que las administraciones públicas se impliquen en el desarrollo de medidas para proteger el viñedo del Marco. Sobre esta, la Junta no la considera, ni siquiera, alegación y se limita a señalar que “toma nota de ella”.
Según las resoluciones, son siete las parcelas que tendrán distintos tipos de afecciones por el parque eólico, y otra decena tendrán distintos tipos de servidumbres (vuelo, paso, seguridad...) por la línea de evacuación. Estas decisiones aún se pueden recurrir aunque ya por vía judicial.
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