Se hace pasar por un constructor de Jerez para estafar y robar al propietario de una vivienda en Rota

Tribunales

El TSJA ratifica la pena de dos años y medio de prisión a un individuo que comenzó la reforma de un inmueble y la dejó inacabada

El penado, al que le constan numerosas estafas previas en Cataluña, se presentó como representante de una empresa jerezana con la que no tenía vínculos

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Exterior de la sede del TSJA en Granada.
Exterior de la sede del TSJA en Granada.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de dos años y tres meses de prisión a un estafador reincidente que se hizo pasar por representante una empresa constructora de Jerez para que le contratasen unas obras de reforma en una vivienda en Rota que dejó inacabadas, aunque las cobró por adelantado. El condenado aprovechó, además, para sustraer algunos útiles y herramientas que había en el inmueble. Ratifica, de este modo, un pronunciamiento de la sección primera de la Audiencia Provincial de Cádiz tras unas diligencias practicadas por el Juzgado de Instrucción número 2 de Rota.

La estafa comenzó en agosto de 2017 cuando el condenado, Aldrich B. S., se anunciaba en algunas plataformas de compraventa como representante de una empresa constructora real con domicilio en Jerez, pero con la que realmente no tenía relación alguna. Incluso, falseó su nombre para no aparecer su verdadera identidad.

Fue en ese momento cuando el propietario de una vivienda en Rota se puso en contacto con él para ejecutar unos trabajos de reforma en la cocina del inmueble. Tras convenir la actuación y los pagos, le abonó unos 2.925 euros mediante distintas transferencias , que aparecían justificados en unas facturas donde el condenado utilizó el logotipo y el nombre de la empresa, aunque en ella aparecía un CIF (Código de Identificación Fiscal) y un domicilio social que no coincidía con el de la mercantil jerezana. Ya que el dueño de la vivienda no residía habitualmente en ella —era un inmueble que tenía en la localidad roteña ya que tiene su domicilio en Sevilla—, le cedió las llaves del inmueble, así como el mando a distancia para acceder al garaje.

Según reza en la sentencia, las obras empezaron en 2017, pero no llegaron a concluirse. A principios de octubre, el estafado se presentó en la vivienda y comprobó que el condenado había desaparecido sin terminar los trabajos acordados. Además, comprobó que le faltaban varias herramientas y utensilios de cocina y ocio tales como una cafetera eléctrica, una videoconsola, un taladro y un juego de herramientas. La víctima trató de ponerse en contacto con el estafador, pero este no atendió ni a sus llamadas ni a sus mensajes de telefonía.

14 requisitorias judiciales y cinco condenas en firme

Tras presentar la correspondiente denuncia, el penado fue detenido por la Policía, momento en el que se comprobó que le constaban 14 requisitorias judiciales por otras estafas cometidas en Cataluña, fundamentalmente en Barcelona. De hecho, en la sentencia del TSJA se mencionan cinco condenas en firme por estafa que sumaban una pena total de cuatro años y nueve meses. Ahora bien, en todas estas había logrado que los tribunales le suspendieran la ejecución de la condena. Pero la investigación no solo arrojó este largo historial de estafas, sino que también constaba una denuncia por unos hechos similares cometidos en Sanlúcar de Barrameda mediante el mismo modus operandi.

En octubre de 2022, la Audiencia Provincial condenó a Aldrich B.S., por estos hechos por un delito de estafa y otro leve de hurto a una pena de dos años y tres meses de prisión y a indemnizar al propietario de la vivienda a algo más de 10.700 euros por los daños provocados por las obras inacabadas y los útiles sustraídos. Ahora bien, fue absuelto por otros delitos que se le imputaban como el de daños en la vivienda, falsedad documental en documento oficial y usurpación de identidad, tal y como pedía la acusación particular.

Tras este pronunciamiento, el condenado presentó un recurso ante el TSJA donde alegó que no pudo acabar la obra porque fue detenido por otras estafas cometidas en Cataluña, aunque su pretensión era de ejecutarlas. Además, insistía en negar que hubiera robado los útiles y herramientas que había denunciado el propietario de la vivienda.

Sin embargo, el alto tribunal andaluz reitera que las pruebas condenatorias no solo son la declaración del denunciante, sino también de los agentes policiales, además de haber quedado corroborado que no tenía vinculación alguna con la empresa constructora jerezana. Asimismo, recuerda que su detención se produjo después de la denuncia por estos hechos.

No obstante, el fallo no es firme y puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

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