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Multas de hasta 750 euros por lavar el coche con manguera en Jerez

El gobierno local llevará a pleno el proyecto de la ‘Ordenanza municipal reguladora de las medidas excepcionales aplicables al abastecimiento domiciliario de agua potable como consecuencia de la sequía’

El Ayuntamiento de Jerez acuerda la aprobación del proyecto de Ordenanza de Sequía

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La cola del embalse de Guadalcacín antes de la declaración de la sequía excepcional. / Miguel Ángel González
Redacción

13 de diciembre 2023 - 12:45

El gobierno de Jerez ha aprobado en junta de gobierno local el proyecto de la ‘Ordenanza municipal reguladora de las medidas excepcionales aplicables al abastecimiento domiciliario de agua potable como consecuencia de la sequía’ que padece la ciudad, y sobre la que ya se ha emitido un Bando Municipal al respecto.

Está previsto aprobar de forma inicial la ordenanza en el pleno ordinario de diciembre y, si tras el periodo normativo de exposición pública, no hubiera alegaciones, entraría en vigor una vez aprobada de forma definitiva en el pleno de enero.

En aplicación de la presente ordenanza podrán adoptarse las siguientes medidas:

  1. Riego de jardines, praderas, árboles, zonas verdes y deportivas, de carácter público o privado.
  2. Riego y baldeo de viales, calles, sendas y aceras, de carácter público o privado.
  3. Llenado de piscinas, fuentes y estanques, privados o públicos, que no tengan en funcionamiento sistema de recuperación o circuito cerrado.
  4. Fuentes para consumo humano que no dispongan de elementos automáticos de cierre.
  5. Lavado con manguera de toda clase de vehículos, salvo si la limpieza la efectúa una empresa dedicada a esta actividad.
  6. Instalaciones de refrigeración y acondicionamiento que no tengan en funcionamiento sistema de recuperación o circuito cerrado.

Infracciones

Se considerará infracción administrativa cualquier acción u omisión que vulnere lo dispuesto en la ordenanza. Las infracciones se calificarán como leves, graves o muy graves.

Infracciones leves. Acciones u omisiones que infrinjan las medidas:

Infracciones graves: Acciones u omisiones que infrinjan las medidas:

Infracciones muy graves: La reincidencia en cualquiera de las infracciones contenidas con anterioridad determinará su calificación como infracción muy grave.

Sanciones

Las infracciones serán sancionadas conforme a lo establecido en el artículo 141 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Infracciones muy graves: hasta 3.000 euros.

Infracciones graves: hasta 1.500 euros.

Infracciones leves: hasta 750 euros.

Para la graduación de las sanciones se tendrá en cuenta el perjuicio causado, las circunstancias del responsable, la repercusión de la prohibición infringida, la situación de agravio con respecto a otros usuarios del abastecimiento, el beneficio obtenido y la reincidencia.

En cualquier caso se considerará como circunstancia atenuante la adopción por el infractor de medidas inmediatas correctoras de la infracción.

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