Así es la nueva normativa sobre líquidos en los aeropuertos

La Unión Europea impone nuevas restricciones en líquidos y dispositivos electrónicos

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Zona de acceso a los controles de seguridad de un aeropuerto de la red nacional
Zona de acceso a los controles de seguridad de un aeropuerto de la red nacional

La Unión Europea ha vuelto a poner restricciones sobre los líquidos y dispositivos electrónicos permitidos en el equipaje de mano de los viajeros que pasan por el control de seguridad de los aeropuertos españoles.

Las limitaciones entrarón en vigor el pasado mes de septiembre tras una modificación de la Comisión Europea en relación al reglamento de seguridad sobre, principalmente, líquidos, aerosoles y geles.

El cambio en los controles de seguridad en el transporte aéreo se debe al uso del escáner C3, que forma parte de los equipos de sistemas de detección de explosivos para equipaje de mano (EDSCB) instalados en los aeropuertos del país.

Estos escáneres C3 permitían, hasta ahora, subir líquidos en el equipaje de mano sin restricciones o la obligación de sacar los líquidos de ciertas cantidades o los dispositivos electrónicos en los arcos de seguridad previos a las zonas de embarque.

Sin embargo, tras una apreciación del Consejo Internacional de Aeropuertos (ACI) sobre su tecnología y estándares de calidad, Bruselas ha optado por revisar las medidas de seguridad aérea.

En el punto 4 del reglamento revisado por la Comisión Europea explica que tras recibir "información técnica, validada por Estados y laboratorios de la CEAC, que muestra que las configuraciones actuales de equipos EDSCB conformes a la norma C3 a los que la Comisión ha otorgado el 'sello de la UE' o el 'sello de la UE pendiente' deben revisarse con el fin de mejorar su rendimiento".

Por ello, hasta que estos equipos no se revisen y aprueben dicho estándar, la CE mantiene por el momento estas restricciones.

¿Qué liquidos están permitidos ahora?

Según explica AENA en su página web en relación al equipaje de mano, los líquidos permitidos para los pasajeros son:

Líquidos y perfumes, cremas, aerosole, espumas, geles, champú y pasta de dientes.

Además se incluyen este apartado las medicinas líquidas o dietas especiales que deban ser utilizadas durante el viaje (vuelo de ida, de vuelta y estancia).

Líquidos también son bebidas, cosmética, perfume, etc. comprados en las tiendas del aeropuerto o en una aeronave de cualquier compañía aérea.

¿Cómo tengo que llevar los líquidos ahora?

Los líquidos, perfumes, cremas, aerosoles, espumas, geles, champú y pasta de dientes tienen que presentarse en envases individuales de capacidad no superior a 100 ml. contenidos a su vez en una bolsa de plástico transparente con sistema de apertura/cierre y de capacidad no superior a 1 litro (bolsa de aproximadamente 20 x 20 cm.).

Sólo se puede transportar una bolsa por pasajero, incluidos niños. La bolsa se colocará en las bandejas del control de seguridad, fuera del equipaje.

En relación a medicinas líquidas o dietas especiales llévelas, en la medida de lo posible, con la receta médica o justificación de su condición particular, incluyendo la comida de los niños.

Las bebidas, cosmética, perfumes compradas en el aeropuerto o a bordo de la aeronave deben estar empaquetadas en bolsas de seguridad homologadas y precintadas, que contengan el recibo de la compra. No las abra hasta tu destino final.

Más consideraciones

Recuerde que el personal de seguridad podrá requerir la apertura de los recipientes que contengan líquidos para realizar la inspección. 

Los líquidos que no superen la inspección, o si el pasajero no permite su inspección, no podrán pasar el control de seguridad.

Las restricciones relativas al transporte de líquidos al que se refiere este apartado no afectan al equipaje facturado.

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