El pleno debate la vía para legalizar Luz Shopping
Hoy va a pleno el cambio del PGOU para regularizar el parque comercial
En octubre un Juzgado ordenó la demolición de la parta central; el auto ha sido recurrido ante el TSJA
La situación jurídica del parque comercial Luz Shopping se ha convertido en un verdadero quebradero de cabeza para el gobierno local y para la Delegación de Urbanismo, aunque esta mañana se intentará dar un primer paso para tratar de solucionar su compleja situación.
El pleno municipal debate la aprobación inicial de una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para intentar legalizar el complejo comercial tras los reveses judiciales que anularon no solo la tramitación urbanística y las licencias que permitieron su construcción sino también un primer intento que se hizode regularización.
Sin embargo, ahora han trascendido nuevos pormenores de esta enrevesada situación del complejo pues en octubre el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Jerez ordenó la demolición de la parte central del complejo comercial en cumplimiento de una sentencia que data de 2013 que anulaban las licencias que permitieron la construcción del enclave. Ahora bien, el auto está recurrido ante el Alto Tribunal andaluz tanto por el Ayuntamiento como por la filial de Ikea que es propietaria del parque comercial.
El pronunciamiento judicial fue dado a conocer ayer por el empresario Martín Aleñar, quien promovió inicialmente este proyecto comercial y fue socio de Ikea en la génesis del centro comercial —actualmente es propietario de varias parcelas en el entorno de Luz Shopping—. No en vano, dos de sus sociedades fueron las que denunciaron en los tribunales el procedimiento urbanístico seguido.
En un comunicado remitido a este periódico, acusó al Ayuntamiento de “impedir el cumplimiento de sentencias firmes” y de “beneficiar a Ikea” en detrimento “de los demás propietarios de ese mismo sector”. El empresario entiende que el auto del Juzgado de lo Contencioso debe cumplirse “de forma inmediata” al considerar que el recurso interpuesto “no suspende la ejecución”.
Por ello, le reprocha al Ayuntamiento que inicie la tramitación de una modificación puntual del Plan General a pesar de que “los tribunales han declarado reiteradamente la nulidad de los instrumentos de planeamiento” de esta zona. Por ello anuncia que “baraja la interposición de una querella” y que “ha solicitado al juzgado la identificación de las personas responsables del cumplimiento de la sentencia".
Así califica esta decisión municipal de una “huida hacia adelante” ya que “sabe que no puede evitar lo que pretende: la sentencia debe ejecutarse pues otra cosa sería burlar la justicia”.
"Queremos normalizar la situación del parque comercial"
Mientras, el gobierno municipal insiste en lo apuntado días atrás cuando se aprobó en una junta de gobierno el inicio de este procedimiento de regularización. En declaraciones a este medio, el delegado de Urbanismo, Francisco Camas, señaló: “Lo que pretendemos con esta modificación puntual del Plan General es dar normalidad y regularizar la situación del parque comercial Luz Shopping”. “Tenemos la obligación de solucionar su situación”, añadió.
Por su parte, fuentes de la empresa Ikea en España señalaron que la propuesta que se lleva hoy a pleno “incorpora todos los informes técnicos y jurídicos necesarios para corregir los defectos formales del Plan”. Asimismo recordó que el auto del Juzgado de lo Contencioso “no es firme y está pendiente de apelación en el Tribunal Superior de Justicia Andalucía”.
La defensa de la propietaria del enclave se basa en que en 2014 se concedieron nuevos permisos que no fueron impugnados judicialmente en su momento. “Esta licencia daría cobertura al centro comercial”, advirtieron estas fuentes, de ahí que entienda que los edificios se encuentran en situación legal de fuera de ordenación.
Los primeros reveses judiciales datan de 2013
El parque comercial Luz Shopping abrió al público en octubre de 2010 y dos años después puso en funcionamiento su zona central con pequeños comercios y restaurantes. Sin embargo, los primeros reveses judiciales llegaron en 2013 cuando la Justicia anuló la figura urbanística que ordenaba esta segunda fase del proyecto (concretamente un estudio de detalle) y las licencias que permitieron su construcción.
El problema radicaba en que se hizo una modificación de los parámetros urbanísticos de la parte central de los inicialmente fijados en el Plan General. Así se le daba más edificabilidad en detrimento de la zona exterior aunque la superficie lucrativa total del sector no variaba. Este cambio, sin embargo, fue anulado por el TSJA.
En 2014 se trató de solucionar este problema con la tramitación de un plan especial pero la figura de planeamiento corrió la misma suerte y acabó siendo tumbada por el Tribunal Supremo en 2017.
Tras esto, la sociedad de Martín Aleñar solicitó en febrero del pasado año la ejecución de la sentencia que anulaba las licencias de construcción del enclave. En octubre se pronunció el juzgado pero el auto ha sido recurrido.
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