El PSOE responsabiliza a CGT de las bases del proceso de estabilización del Ayuntamiento tumbadas por el Juzgado

La exdelegada de Recursos Humanos alega que el anterior gobierno aprobó los criterios que plantearon los representantes cegetistas porque eran los únicos que tenían “mayoría sindical”

Insta al gobierno municipal a recurrir el fallo del Juzgado y a pedir una prórroga al Ministerio ya que el proceso debe estar acabado antes del 31 de diciembre

El Juzgado tumba el proceso de estabilización de la plantilla del Ayuntamiento de Jerez

Laura Álvarez, junto a otros concejales del PSOE, durante un pleno.
Laura Álvarez, junto a otros concejales del PSOE, durante un pleno. / Miguel Ángel González

El PSOE ha eludido tener responsabilidad en el diseño de las bases que regularon el procedimiento de estabilidad de la plantilla municipal, alegando que decidió aprobar las que planteó CGT al ser la única propuesta que contaba con el apoyo “mayoritario” de la representación sindical en el Ayuntamiento. Esta afirmación ha sido realizada por la concejala socialista y anterior delegada de Recursos Humanos, Laura Álvarez, tras conocerse días atrás que los criterios de puntuación de la experiencia laboral para acceder a las plazas han sido tumbados por un juzgado de lo social de Jerez por ser discriminatorios tras un recurso presentado por una aspirante.

No obstante, el fallo no es firme y puede ser recurrido ante el TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía). El gobierno municipal, por el momento, continúa sin aclarar si presentará un recurso o bien inicia un proceso de negociación exprés para modificar y aprobar unas nuevas bases. Mientras, el PSOE le reclama que recurra y que, en paralelo, pida una “prórroga” a la administración central ya que, teóricamente, el proceso de estabilización debe estar concluido antes del próximo 31 de diciembre.

Acompañada por los ediles Mamen Sánchez y José Antonio Díaz, Álvarez recordó que, durante los meses anteriores a la aprobación de las bases, se llevó a cabo una negociación con los sindicatos, pero que, finalmente, el ejecutivo acabó aceptando la propuesta presentada por CGT, a la que se adhirió CSIF, ya que las propuestas abordadas con el resto no contaban con el respaldo suficiente.

La representante socialista justificó la decisión de aprobar las bases aludiendo a que no había posibilidad de un acuerdo unánime con todas las representaciones sindicales. “Las únicas bases que tenían el apoyo de la mayoría sindical eran las que presentó CGT, que fue las que aprobamos, aunque con la oposición de los sindicatos minoritarios”, alegó. Las bases recibieron el visto bueno en una junta de gobierno local celebrada el 20 de diciembre de 2022 y, días más tarde, se publicó en los boletines oficiales —la legislación estatal que obliga a todas las administraciones públicas a realizar estos procedimientos para reducir la temporalidad en el empleo público obligaba a cumplir con este trámite a tenerlo acabado antes del 31 de diciembre de ese año—.

Álvarez comentó que el ejecutivo debe ahora recurrir el fallo para “defender” las bases aprobadas y, en paralelo, solicitar una “prórroga” al Ministerio de Hacienda y Función Pública dado que todo el proceso debe estar culminado antes de que acabe el año. Incidió, además, en la necesidad de acabar este procedimiento para dar "estabilidad" a la plantilla municipal, que actualmente sigue siendo en su gran mayoría personal laboral indefinido —con este proceso pasaría a ser laboral fijo—.

El Ayuntamiento de Jerez comenzó a mediados de 2022 un proceso para cubrir 907 plazas en el Ayuntamiento y otras 156 en el resto de entidades municipales (empresas fundamentalmente), un proceso al que debían presentarse todos los trabajadores laborales indefinidos municipales para mantener su puesto en un futuro. El procedimiento de selección establecía un concurso de méritos como sistema de elección donde se baremaba la experiencia laboral en la administración pública (un 90% del total de la puntación) y la formación (el 10% restante).

Ahora bien, para valorar el trabajo realizado se hacía una diferenciación entre los trabajos realizados en un organismo público antes del 13 de mayo de 2007 y con posterioridad a esta fecha (a este periodo se da una mayor valoración). El Ayuntamiento la justificó entonces en que esa fecha fue cuando se aprobó el Estatuto del Empleado Público. También establecía una distinta puntuación al trabajo realizado en el Ayuntamiento de Jerez o en otra administración pública.

Sin embargo, el Juzgado de lo Social considera que estas diferencias en el baremo "superan el límite de lo tolerable fijado por el Tribunal Constitucional". En este sentido, apunta que la justificación apuntada por el Consistorio, la aprobación del Estatuto del Empleado Público, "no es motivo suficiente para que se valore de una forma diferente la experiencia previa de los aspirantes". Por ello, concluye que se ha vulnerado el derecho constitucional de acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos al no cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

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