El TSJA confirma la pena de dos años de cárcel a un jerezano por abusos sexuales a una menor
Tribunales
Ratifica el fallo que emitió la Audiencia Provincial a mediados del año pasado
El Supremo ratifica el aumento de condena a un hombre que violó a una mujer en Jerez
El Supremo ratifica la rebaja de cárcel a un hombre que agredió sexualmente a una menor en Jerez
El TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) ha confirmado la pena de dos años de prisión a un jerezano por dos delitos de abusos sexuales a una menor que en el momento de los hechos enjuiciados tenía 10 años. Ratifica así el fallo que emitió la sección jerezana de la Audiencia Provincial a mediados del pasado año.
La Sección de Apelación penal de la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal andaluz ha rechazado el recurso presentado por el condenado manteniendo todos los pronunciamientos que en su día realizó el tribunal provincial. De este modo, queda probado que Moisés G.G. realizó “tocamientos” a una menor, hija de su amigo, aprovechando que ambos se quedaban solos en el domicilio de la víctima.
El condenado presentó un recurso ante el TSJA tratando de poner en duda las pruebas y los testimonios que sustentaron el pronunciamiento de la Audiencia Provincial. Así, alegaba, a su entender, que el fallo estaba basado en la declaración de la víctima y que no estaba respaldado por otros testimonios o pruebas.
Sin embargo, la Sala de lo Civil y de lo Civil desmonta estos argumentos ratificando el pronunciamiento del tribunal de la sección jerezana de la Audiencia Provincial. Así, para empezar, incide en la “credibilidad” de la declaración de la propia víctima, además de la “valiosa aportación” que realizaron las profesionales de una fundación de ayuda a menores que han sufrido violencia sexual, que auxiliaron a la menor meses después de que ocurrieran los hechos enjuiciados y que también declararon en el juicio.
El alto tribunal también avaló las declaraciones tanto de los padres como de una profesora de la víctima, a pesar de las dudas señaladas en su recurso por la defensa del condenado.
El fallo del TSJA no es firme y puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.
1 Comentario