El TSJA ratifica la condena de la Audiencia de Jerez de dos años a un hombre por vaciar la cuenta de una anciana a la que cuidaba

El condenado sustrajo 6.620 euros de la mujer, de 93 años, sin su consentimiento

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Exterior de la sede del TSJA en Granada.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de dos años de prisión impuesta por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez, a un hombre acusado de un delito continuado de estafa al vaciar la cuenta bancaria de una anciana de 93 años a la que cuidaba, sustrayendo de la misma 6.620 euros en diversos reintegros del cajero automático realizados en dos meses.

En la sentencia del TSJA se señala que el hombre, que trabajaba para la víctima y cobraba por ello 400 euros al mes, se aprovechó de la avanzada edad de la anciana y su desconocimiento sobre el estado de su cuenta bancaria para realizar los reintegros "con ánimo de obtener un beneficio económico y sin el conocimiento ni el consentimiento" de la mujer.

De esta forma, entre agosto y septiembre de 2020 realizó 16 reintegros del cajero de diversas cantidades, sacando de la cuenta un total de 6.620 euros y dejando el saldo bancario a 1,61 euros.

El hombre fue condenado a dos años por un delito continuado de estafa y a indemnizar a la víctima con 5.420 euros, una sentencia que apeló al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En su defensa alegó que él no era la única persona con acceso a la cuenta bancaria de la anciana, ya que su hijo y una vecina sin determinar también conocían las claves de la misma. No obstante, como señala el TSJA, en el juicio el hombre reconoció haber realizado los reintegros del cajero con el conocimiento de la anciana, algo que la víctima negó en su declaración.

A esto se suma que desde la entidad bancaria se advirtió al hijo de la anciana sobre "movimientos inusuales y excesivos" en su cuenta bancaria ya que hay reintegros de hasta 2.000 euros en un día. Además, el hijo llegó a solicitar al banco que bloqueasen la cuenta de la mujer, algo por lo que el acusado se enojó exigiendo que fuera desbloqueada, algo que se hizo con el visto bueno de la mujer.

Por todo ello, y al descartarse la presunción de inocencia del acusado, el TSJA ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Jerez y con ello los dos años de prisión, la indemnización económica a la víctima y una orden de alejamiento de 100 metros durante cuatro años.

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