Fino y manzanilla de menos de 15 grados, la Junta se anticipa al futuro del jerez
Vinos de jerez
La Consejería ya tiene lista la orden que allana el camino para la elaboración de vinos de crianza biológica de 14 grados
La nueva norma, que requiere el visto bueno definitivo de Bruselas, también ampara la posibilidad de elaborar vinos no fortificados en la DO jerezana
La Junta abre la puerta al vino de Jerez sin fortificar
Vinos de Jerez sin fortificar y finos y manzanillas de menos de 15 grados. La Consejería de Agricultura tiene ya lista la nueva orden que permitirá la modificación de los pliegos de condiciones de las Denominaciones de Origen del Marco de Jerez para la introducción de "avances históricos" con los que persigue adaptarse a la demanda actual del mercado, sin renunciar a la tipicidad de estos vinos que los hace únicos.
La nueva norma de la Consejería para la mejora de la caracterización de los vinos tradicionales andaluces, pendiente ya únicamente de su publicación. contempla, entre otras medidas, la reducción del grado alcohólico mínimo para los vinos generosos de 15 a 14 grados, con lo que abre la puerta a la posibilidad de rebajar el contenido de alcohol del fino de Jerez y Montilla-Moriles, así como de la Manzanilla de Sanlúcar de Barrameda "preservando e incluso ensalzando su calidad sensorial".
Así lo expuso la titular andaluza de Agricultura, Carmen Crespo, tras el último Consejo de Gobierno en el que dio a conocer las novedades incluidas en la orden, de la que se dará traslado al Gobierno central una vez publicada a fin de solicitar la aprobación definitiva de la Comisión Europea para la actualización de los pliegos de condiciones de las denominaciones de origen interesadas.
La norma, que recoge el acuerdo alcanzado por los consejos reguladores Jerez-Xérès-Sherry y Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, Montilla-Moriles, Condado de Huelva, Málaga y Lebrija elimina la obligatoriedad de añadir alcohol vínico -lo que en el argot vinatero se conoce como encabezado- a los vinos generosos cuando sea posible alcanzar la graduación mínima requerida de forma natural. Hasta ahora, únicamente los vinos de Montilla podían acogerse a esta excepción.
Con la entrada en vigor de este cambio, los vinos generosos sin encabezado pasarán a ser considerados vinos a secas -categoría 1-, mientras que los que requieran el añadido de alcohol vínico se considerarán vino de licor -encasillados en la categoría 3-.
La orden avala la propuesta de modificación para la elaboración de vinos de Jerez sin fortificar aprobada por el pleno del Consejo Regulador, que aún no se ha pronunciado, sin embargo, sobre la posibilidad de bajar de grado los vinos de crianza biológica, es decir, el fino y la manzanilla, que supondría un importante ahorro de costes para las bodegas.
De hecho, en la última edición de Vinoble se presentaron los últimos avances del proyecto AgroMIS, en el que colaboran Jerez y Montilla, junto a las universidades de Cádiz y Córdoba, sobre la vertiente para anticiparse a los cambios del mercado con la investigación de la crianza biológica por debajo de 15 grados.
El presidente del Consejo Regulador del jerez, César Saldaña, manifestó entonces que el trabajo no estaba aún terminado en el ámbito científico ni en el reglamentario ni en el de la decisión por parte de la institución jerezana del vino, "pero es un avance para que un día podamos decidir si un fino o una manzanilla pueden venderse con 14 grados, dejando que el vino que se introduzca en la botella sea el vino tal y como está a nivel de soleraje, sin corregirlo después de que el velo de flor haya consumido una parte de alcohol”.
Ante la inminente publicación de la nueva orden, Saldaña recuerda que las Denominaciones de Origen de vinos tradicionales andaluces vienen trabajando desde hace tiempo con la Consejería en la armonización del uso de los términos tradicionales –fino, oloroso...–.
Al margen de la armonización, la nueva norma adquiere especial importancia en lo que al jerez respecta ya que posibilita introducir algunas modificaciones ya aprobadas por el pleno. en concreto, la eliminación de la obligatoriedad de fortificar los vinos, y otra que aún no se ha abordado, pero que se podría aprobar en el futuro, en alusión a la bajada de la graduación por debajo del 15% del volumen.
Nuevas definiciones para los vinos generosos (fino, oloroso, amontillado y palo cortado)
La armonización de los términos tradicionales comunes responde al objetivo de “garantizar una competencia leal y transmitir una información clara a los consumidores”, para lo que según explicó la consejera, se renueva la definición de seis vinos generosos: fino, oloroso, amontillado, palo cortado, viejo y añejo, abriendo la posibilidad de su uso en la DO Condado de Huelva, no regulado hasta ahora.
Los cambios de la orden también hacen referencia a los vinos generosos de licor, aquellos vinos dulces elaborados a partir de los anteriores vinos generosos, como el cream, medium y pale cream en la DO Jerez.
Del mismo modo, la consejera de Agricultura detalló que la nueva caracterización amplía la posibilidad de utilizar el término 'vino generoso' a vinos de licor secos obtenidos a partir de uva blanca de la DOP 'Málaga' que actualmente no formaban parte de esta categoría, pero que sí se acogían a ella históricamente.
Para ello, se permite de forma excepcional que estos vinos no cuenten con el velo de levaduras típicas (velo de flor) que se desarrolla de forma espontánea sobre la superficie cuando concluye la fermentación alcohólica del mosto.
En definitiva, la titular de Agricultura ha defendido que esta nueva norma, que por primera vez se anticipa incluso a posibles cambios futuros en la DO jerezana, supone un "avance histórico" y contribuye a poner en valor el patrimonio vitícola al rescatar estilos de vinos antiguos y adaptar los vinos a la actual demanda del mercado, preservando la tipicidad de unos caldos andaluces "con gran tradición".
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