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El visto bueno de Urbanismo al parque eólico El Barroso vulnera la normativa municipal

Los afectados se remiten al acuerdo de pleno de diciembre de 2019 que alude a la protección especial del viñedo establecida en el PGOU y el Plan Especial de Ordenación de Recursos Eólicos

Ambos planes fueron aprobados con anterioridad a los derechos adquiridos por la empresa a los que se aferra Urbanismo para justificar su inacción

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Una excavadora en la parcela de la zona de viñedo protegido en la que se ejecuta el proyecto del parque eólico. / Miguel Ángel González
Á. E.

10 de diciembre 2021 - 05:00

La ejecución del parque eólico El Barroso, que promueve Capital Energy en los pagos históricos del viñedo del Marco de Jerez,sigue adelante mientras los afectados hacen lo propio con la búsqueda de resquicios legales sobre la tramitación de los permisos en su intento de paralizar el proyecto ya sea por vía administrativa o judicial.

Los viticultores y bodegas afectados interpretan, en contra de lo manifestado por responsables municipales, que la licencia de obras otorgada en septiembre de este año es un acto administrativo nuevo, por lo que no cabe la prórroga a la que se aferra el teniente de alcaldesa de Urbanismo, José Antonio Díaz, para justificar la inacción del gobierno local frente a un proyecto que contraviene el PGOU, que remite a lo estipulado en el Plan Especial de Ordenación de Recursos Eólicos del término municipal de Jerez, por el que se establece la protección especial del viñedo del Marco.

Aún en el caso de que el informe de compatibilidad urbanística del proyecto favorable emitido por parte del Ayuntamiento se remonte a diez años atrás, como también defiende el responsable de Urbanismo, la plataforma de afectados recuerda que por entonces ya estaban en vigor el Plan General de Ordenación Urbana y el plan especial de los recursos eólicos, aprobados en 2009 y 2006, respectivamente, con lo que el preceptivo visto bueno de Urbanismo al proyecto vulneraría igualmente la normativa municipal en la materia.

El teniente de alcaldesa se escuda en que se trata de una situación heredada por los derechos adquiridos por la empresa tras la admisión a trámite del proyecto por parte del anterior ejecutivo del PP (junio de 2011-junio de 2015), fechas en las que ya regía la normativa que, según el Ayuntamiento, garantiza la prohibición de la instalación de parques eólicos en la zona protegida del viñedo, en la que se incluye ‘Cerro Pelado’, el enclave situado entre los pagos de Añina y Macharnudo en el que se ubica el proyecto El Barroso.

Así lo corrobora la transcripción del acuerdo adoptado por el pleno municipal del 13 de diciembre de 2019 para la ‘Aprobación provisional del documento de modificación puntual del PGOU de Jerez relativo a cuestiones de normativa urbanística en suelo no urbanizable’, en el que se justifica el rechazo a las alegaciones presentadas por la Asociación de la Ruta del Vino y el Brandy del Marco de Jerez para la ampliación de la protección del viñedo y su paisaje frente al avance de las energías renovables, toda vez que Urbanismo consideraba que la misma está plenamente garantizada por el plan especial sobre los recursos eólicos.

El acuerdo señala textualmente: “Remitida la alegación –presentada por la Ruta del Vino– al departamento de Planeamiento, los servicios técnicos han remitido informe al respecto en el que se concreta que el paisaje del viñedo está protegido por el Plan Especial de Ordenación de los Recursos Eólicos, considerándose como ‘Zona de Paisaje Sensible’”.

Más adelante, y después de sustanciar la prohibición de la instalación de parques solares fotovoltaicos en suelos no urbanizables de Especial Protección Viñedos recogida en el PGOU, señala que “en lo que se refiere a aerogeneradores o parques eólicos, se indica en el informe técnico emitido que, debido a la protección del paisaje de los viñedos, no estarían permitidos los aerogeneradores, ya que dado su gran tamaño, tienen un impacto que ‘contamina visualmente el paisaje de los pagos de viña’, tal y como preceptúa el art. 18.III.a del Plan Especial de Ordenación de los Recursos Eólicos”.

El mismo artículo determina que “el resto de los elementos de los parques eólicos (caminos, plataformas, líneas eléctricas, etc) deben justificar su compatibilidad en un Informe Específico sobre Paisaje”, documento que han solicitado los afectados junto al resto del expediente para la concesión de la licencia municipal y del que desconocen su existencia pese a ser parte interesada.

Esta es una de las líneas de actuación en las que trabajan los afectados por el parque eólico, que insisten en pedir al Ayuntamiento que se persone en el proceso dedeclaración de utilidad pública del proyecto, en fase de exposición pública, no ya como titular de terrenos afectados por la evacuación, sino en defensa de un bien común y por coherencia con lo establecido en el PGOU y en el Plan Especial de Ordenación de los Recursos Eólicos del término municipal de Jerez.

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