Cómo recurrir una multa de tráfico, paso a paso
El conductor tiene un plazo de 20 días naturales para presentar una alegación
La DGT alerta de los cambios que habrá en marzo con la nueva Ley de Tráfico
¿Has recibido una multa de Tráfico y no estás de acuerdo con la infracción notificada? Pues tienes la Dirección General de Tráfico (DGT) explica paso a paso qué opciones existen actualmente para presentar una alegación ante tal notificación.
El primer paso, presentar una alegación
El conductor sancionado tiene un plazo para presentar la alegación de 20 días naturales tras recibir la notificación, ya sea en carretera, por correo postal o dirección electrónica, así como por la publicación de la misma en el Tablón Edictal Único.
Junto a la alegación, puede aportar pruebas y documentos con la información que se considere necesaria para justificar los hechos por los que ha sido sancionado. Posteriormente, Tráfico la analizará y resolverá si tienes razón o no.
¿Qué vías tengo para presentarla?
1. Por internet, a través de la aplicación web, con identificación previa. Tal como explica la DGT, "te solicitaremos que nos indiques el expediente sancionador sobre el que quieres formular tus alegaciones o recurso. Y el sistema te informará si es admisible el correspondiente recurso o alegación sobre dicho expediente".
2. Por correo postal, incluyendo tu escrito de alegaciones a la dirección de la Jefatura de Tráfico que te está tramitando la sanción, o bien, al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.
3. Presencialmente en cualquier Jefatura o Oficina de Tráfico.
¿Qué necesito?
Lógicamente lo más importante es "conocer el número de expediente sancionador sobre el que se desea poner la alegación o recurso". Se trata de un número de doce cifras que se encuentra en la cabecera de la comunicación enviada.
En el caso que hacerlo directamente por internet, "no tendrás que introducir más información que el número del expediente". Para otras alternativas (fax, registro, correo o presencialmente en las oficinas de Tráfico), "has de redactar un escrito explicando tus alegaciones o recurso solicitado". Desde la DGT "te ofrecemos un impreso, pero no es obligatorio, puedes redactar el tuyo propio siempre que recoja, al menos, los siguientes datos: Número del expediente sancionador; Datos del interesado; Alegaciones; y firma del interesado.
¿Quién puede presentarla?
La alegación puede presentarla la persona que ha sido denunciada, o bien la persona titular del vehículo con el que se ha cometido la infracción, en caso de que no haya sido identificado el responsable de la misma por un agente de la autoridad. Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT "Otorgamiento de representación".
Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
La alegación no prospera: puedes presentar un recurso
Una vez tengas la resolución de Tráfico, puedes interponer dos tipos de recursos ante la Administración: ordinario y extraordinario. Además, "si tus argumentos no se admiten por vía administrativa, puedes acudir a la vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo, para lo que necesitarías un abogado y/o procurador".
Otros datos de interés
• Pagar una multa en periodo voluntario supone una reducción del 50% de su importe y la renuncia a presentar reclamaciones.
• En cambio, al presentar alegaciones se pierde el descuento. Y si la alegación es rechazada, tendrás que pagar la sanción completa.
• La presentación de alegaciones y recursos en vía administrativa es una opción gratuita. En cambio, la vía judicial sí conlleva gastos.
• Para realizar cualquier trámite presencial en las jefaturas de Tráfico, acude siempre con cita previa. Se puede solicitar por Internet en la Sede Electrónica de la DGT o por teléfono en el 060.
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