Análisis
Santiago Carbó
Tras un buen año en lo macroeconómico, en 2025 hará falta mucho más
Infraestructuras
Cádiz/El Tribunal Supremo ha decidido en dos sentencias que el Estado no tiene que abonar a las empresas concesionarias de autopistas Aumar (ahora Abertis) y Ausur cerca de 1.500 millones de euros en concepto de “reequilibrio económico-financiero e indemnización por daños y perjuicios”.
Las compañías habían solicitado sendas indemnizaciones con una curiosa argumentación. Las compañías decían que el Estado había jugado contra sus intereses al haber mejorado algunas infraestructuras viarias que hacían competencia a su concesión. En el caso de la autopista entre Cádiz y Sevilla, que tuvo una liberalización de una parte de su tramo, el de Cádiz y Jerez, en 2004, llama la atención, ya que nunca se ha finalizado el proyecto de la autovía paralela, aunque es cierto que la Nacional IV ha mejorado notablemente en una parte de su recorrido, incluido un desdoble entre El Cuervo y Jerez. Pese a ello y pese a que la concesión finaliza este año, Abertis mantuvo esta autopista en su demanda.
Aumar pidió 785 millones de euros por tres tramos de autopistas de peaje, Tarragona-Valencia (AP-7 Norte); Valencia-Alicante (AP-7 Sur) y Sevilla-Cádiz (AP-4). Ausur, que desde 1998 explotaba la autopista del Sureste (Alicante-Cartagena), reclamaba 748,9 millones de euros.
En ambos casos, las concesionarias alegaban que se había producido una “ruptura de la ecuación financiera del contrato”, después de que se construyera una autovía paralela, funcionalmente equivalente a las que ellos gestionan y libre de peajes, lo que provocó una disminución de sus ingresos.
Pero la sala de lo contencioso administrativo considera que “en más de cuarenta años de explotación, la concesionaria no puede pensar ni pretender que las infraestructuras viarias en el entorno de sus 500 kilómetros de autopistas continúen sin desdoblarse y sin cinturones viarios que rodeen las ciudades”.
En su opinión, pretender la “petrificación” de la red viaria próxima a sus autopistas de peaje desde el otorgamiento de las concesión, “a principios de los años 70 del siglo pasado”, es algo “al menos, llamativo como argumento”.
El alto tribunal destaca que no ha existido ninguna actuación de la Administración del Estado, “al margen de su normal y correcta actividad de mejora de la red viaria”, que haya podido ocasionar a las concesionarias “consecuencias onerosas”, de ahí que no sea necesaria la indemnización.
El Estado, prosigue la sentencia, ha actuado “en interés de los ciudadanos”, al mejorar las infraestructuras viarias próximas a las autopistas, lo que constituye “un deber de la Administración; lo anómalo sería que durante cuarenta años no se procediese a mejorar la red viaria”.
La concesionaria de la autopista parece haber aceptado que, tras sucesivas prórrogas, esta vez la autopista a Sevilla, única conexión de doble vía entre las dos provincias, acabará tras más de 40 años el último día de 2019. El nuevo Gobierno de la Junta de Andalucía se ha mostrado claro al respecto. Ya no habrá más prórrogas.
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