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El juzgado de Primera Instancia número 12 de Málaga ha ordenado a una entidad financiera que devuelva los 66.581 euros que una familia anticipó por una vivienda en San Fernando en una promoción inacabada por la empresa Aifos, que tras su implicación en el Caso Malaya entró en concurso de acreedores.
La sentencia entiende que dicha entidad que recibió el dinero no es ajena a este fracaso, pues considera que, "si la entidad bancaria avaló las obras de urbanización y la promoción, hay que "concluir que era sabedora del deber de ingreso de los pagos de los compradores en una cuenta especial, extremo que debió indicar al promotor".
Además, la sentencia recuerda que desde 2015 el Tribunal Supremo ya aclaró cuál era esta responsabilidad de las entidades bancarias, ha informado en un comunicado el bufete Ley 57 Abogados, que ha representado a los demandantes.
"De acuerdo con la anterior doctrina jurisprudencial, incluso en las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968, las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía, responderán frente a los compradores por el total", señala la sentencia.
Por todo ello condena a la entidad bancaria los 66.581 euros anticipados, junto a sus intereses, algo que, según este bufete, podrían conseguir más de 50.000 familias que anticiparon sus ahorros a cuenta de un piso no construido, ya que el plazo de prescripción de estos asuntos puede marcarse el próximo octubre.
Esta sentencia es una más de otras tantas que se han ido fallando en cascada a favor de los compradores que decidieron llevar su caso ante los tribunales. Solo en San Fernando se cursaron más de un centenar de demandas en relación con la promoción de Cala del Sol, de las que unas 25 ya tienen sentencia a favor de los afectados.
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