Rebajada la pena al condenado por violar de manera continuada a su hijo de cuatro años en Cádiz
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reduce en seis meses el tiempo de internamiento del progenitor por el retraso sufrido en la tramitación de la causa
Condenado en Cádiz a16 años de cárcel por violar de forma continuada a su hijo de cuatro
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Cádiz/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso del hombre condenado a 16 años de prisión por la Audiencia Provincial de Cádiz por violar de manera continuada a su hijo de cuatro años de edad. El Alto Tribunal andaluz considera que se produjeron dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento, por lo que ha rebajado la pena total en seis meses, pasando a ser de 15 años y seis meses.
Además, el TSJA también ha estimado el recurso, por los mismos motivos, de un segundo hombre, presente en una de las agresiones sexuales, que fue condenado a once meses de cárcel por un delito de exhibicionismo y le rebaja la condena a siete meses de prisión.
La sentencia dictada en primera instancia explica que en el verano de 2015, el padre acudió en varias ocasiones a la playa junto a sus dos hijos de ocho y cuatro años de edad, “valiéndose de tales desplazamientos para mantener relaciones sexuales con otros hombres”.
El padre, precisa el dictamen judicial, fue visto por los niños, “aunque no consta que se percatase de ello o que tuviese intención de ser visto por los menores”.
En ese mismo periodo temporal y en fechas no determinadas, el padre se masturbó en la playa mientras que sus hijos estaban en las inmediaciones, “llegando en una ocasión a indicarles, ante la presencia policial en la zona, que lo tapasen sujetando una toalla mientras lo hacía, cosa a la que los menores accedieron”.
Entre el verano de 2015 y marzo de 2016, prosigue la resolución judicial, el progenitor se valió de los momentos en los que se quedaba con los niños a raíz del régimen de visitas pactado para violar a su hijo de cuatro años de manera reiterada. “Lo desnudaba y lo forzaba a jugar a lo que él denominaba el ‘juego del perrito’”, a veces, en presencia de su hija.
Por último, la Audiencia dio por acreditado que, en fecha no determinada entre el verano y finales de septiembre de 2015, el padre y otro adulto se hallaban en el salón de la vivienda cuando el primero empezó a practicar el referido ‘juego del perrito’ con la víctima mientras que el otro hombre, totalmente desnudo, grababa o fotografiaba con su teléfono la escena hasta que ambos fueron sorprendidos por la hija, que se llevó a su hermano de allí y lo lavó.
“En todas estas ocasiones, el menor protestaba, lloraba o se negaba”, detalla la sentencia, que señala que “el padre de los niños los conminaba a no contar lo que sucedía diciéndoles que de hacerlo los enviaría a un colegio internos”
Una vez condenados por la Audiencia, ambos procesados presentaron recurso ante el TSJA alegando, entre otros motivos, la aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, un argumento éste estimado ahora por el Alto Tribunal andaluz para rebajar la pena en seis meses al padre de la víctima y en cuatro al hombre que presenció la agresión sexual y la grabó.
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