Una sentencia sobre el Plan General de El Puerto que llega antes de lo esperado
El Tribunal Supremo confirma la anulación del PGOU
Las previsiones de que no habría una resolución como mínimo hasta dos o cuatro años después de presentado el recurso de casación no se han cumplido
El Puerto/Ni en el peor de los escenarios podrían haber imaginado el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María ni los más experimentados analistas en cuestiones relacionadas con el urbanismo y la justicia que la sentencia del Tribunal Supremo llegaría tan pronto.
Una de las bazas que jugaba el equipo de gobierno, la práctica totalidad de las fuerzas políticas, y en la que seguramente confiaban algunos inversores, es la lentitud de los órganos judiciales, ya que en ningún caso se esperaba una resolución tan temprana, que se produce apenas veinte meses después de la presentación del recurso de casación del Ayuntamiento portuense, planteado en noviembre de 2019, para que el Supremo revocara la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anuló el Tribunal Superior de Justicia de AndalucíaPlan General de Ordenación Urbana (PGOU) en una sentencia de septiembre de 2019, en la cual se aducía, entre otros motivos, falta de integridad en el documento y de Evaluación Ambiental Estratégica.
Entonces se esperaba "ganar tiempo" para que determinadas promociones urbanísticas se pudieran llevar adelante, y avanzar en el proceso de regularización de las ARGs, a la vez que el equipo de gobierno y la Corporación en general abogaban por comenzar de inmediato a redactar un plan general nuevo, por si finalmente era anulado el PGOU de 2012, que parece haber quedado de manera definitiva en papel mojado.
Confiando en que la justicia se demoraría en decidir, el Ayuntamiento presentó a trámite el recurso de casación, es decir hizo lo mismo que hacían todos los ayuntamientos en la misma situación. Dicho recurso debía pasar un primer filtro del TSJA y después llegar al Tribunal Supremo, que tendría un año para decidir la admisión o el rechazo,filtro del TSJA llegar al Tribunal Supremo,un año la admisión o el rechazo y en caso de admitirlo tardaría entre dos y cuatro años en emitir una sentencia. "Largo me lo fiáis amigo Sancho", que diría el ingenioso Hidalgo. Comenzaba la cuenta atrás.
A principios de junio de 2020, todavía en plena pandemia, el alcalde de El Puerto, Germán Beardo, anunciaba que el recurso había sido admitido a trámite por la sala quinta del Supremo, que encontró que dicha alegación tenía "trascendencia casacional". En este ínterin, algunas promociones que habían quedado pendientes, en especial en la zona de Costa Oeste, se terminaron de edificar, pero se iniciaron otras operaciones urbanísticas de mayor calado, cuyo futuro podría quedar ahora en la cuerda floja, quizás el principal de ellos una gran promoción en los terrenos del antiguo Club Mediterráneo, para construir un hotel, edificios de apartamentos turísticos y pisos de lujo de renta libre para su venta.
Sería difícil señalar responsables en una decisión fallida que contó con la aprobación casi unánime del Pleno de la Corporación portuense, a excepción de Adelante El Puerto, que se abstuvo, pero ya algunas voces clamaron entonces sobre las consecuencias que podría tener aquella patada hacia adelante en forma de casación, cuyo objetivo era ganar tiempo. En otros casos, colectivos como algunas asociaciones de diseminados irregulares o ARGs, se negaron sin éxito a que se interpusiera el recursoasociaciones de diseminados ante el Supremo, para poder optar por otras vías de regularización. La situación en la que quedan ahora estos diseminados para seguir con sus planes de urbanización es complicada.
Con la sentencia del Supremo se vuelve al Plan General de 1992, y todo aquello que se haya llegado a construir durante este tiempo intermedio podría incluso quedar fuera de ordenación. En esta ocasión, el manido argumento de que la justicia es lenta no se ha cumplido.
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