Los actores, directores y productores tendrán que pagar un 21% de IVA
Los artistas plásticos, así como los escritores, estarán exentos de pagar este impuesto
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la resolución de la Dirección General de Tributos sobre el tipo impositivo aplicable en el IVA a determinados bienes y prestaciones.
Así, en el marco de la cultura y los espectáculos, y a partir del próximo 1 de septiembre de 2012, se aplicará el tipo general del impuesto a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos que sean personas físicas, a los productores de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales.
Sin embargo, mantienen la exención del impuesto, los servicios prestados por los artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos y fotográficos de periódicos y revistas, compositores musicales, autores de obras teatrales y de argumento, adaptación, guión y diálogos de las obras audiovisuales, traductores y adaptadores, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor.
Asimismo, tributarán al tipo general del 21%, entre otros: los servicios de discoteca, cena espectáculo, salas de fiestas, tablaos-flamencos, karaoke, salas de baile y barbacoa.
En esta misma línea, también tributarán al 21% los cafés-teatro, cafés-concierto, pubs y cafeterías simultáneamente con actuaciones musicales y similares.
También te puede interesar
Lo último