Los actores, directores y productores tendrán que pagar un 21% de IVA

Los artistas plásticos, así como los escritores, estarán exentos de pagar este impuesto

Europa Press / Madrid

07 de agosto 2012 - 05:00

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la resolución de la Dirección General de Tributos sobre el tipo impositivo aplicable en el IVA a determinados bienes y prestaciones.

Así, en el marco de la cultura y los espectáculos, y a partir del próximo 1 de septiembre de 2012, se aplicará el tipo general del impuesto a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos que sean personas físicas, a los productores de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales.

Sin embargo, mantienen la exención del impuesto, los servicios prestados por los artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos y fotográficos de periódicos y revistas, compositores musicales, autores de obras teatrales y de argumento, adaptación, guión y diálogos de las obras audiovisuales, traductores y adaptadores, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor.

Asimismo, tributarán al tipo general del 21%, entre otros: los servicios de discoteca, cena espectáculo, salas de fiestas, tablaos-flamencos, karaoke, salas de baile y barbacoa.

En esta misma línea, también tributarán al 21% los cafés-teatro, cafés-concierto, pubs y cafeterías simultáneamente con actuaciones musicales y similares.

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