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Federalismo fiscal es otra cosa
Tribuna Económica
Profundizar en el federalismo. Lo soltó Sánchez para justificar su pacto fiscal con ERC y se quedó tan pancho, pero federalismo es otra cosa. Desde luego implica distribución de competencias entre diferentes niveles de gobierno y una financiación adecuada para ejercerlas. El principio vertebrador del federalismo fiscal es la distribución de funciones (competencias) entre los diferentes niveles de gobierno, de forma que permita confeccionar un menú de servicios adaptado a las prioridades de cada lugar. La cercanía permite, afirmaba Oates, mejor identificación de las preferencias ciudadanas y mayor eficiencia en la provisión y financiación de bienes púbicos.
En todo caso, y recordando a Musgrave, al gobierno central deben corresponder las políticas de redistribución de rentas y estabilización económica y las que afectan a los intereses del conjunto, mientras que los gobiernos regionales y locales deben centrarse en la asignación de bienes públicos que benefician a sus residentes. Parece fácil, pero para que funcione han de respetarse algunos principios. Entre ellos los de suficiencia y autonomía financiera, imprescindibles para la autonomía política, y los de equidad y solidaridad. El problema es que no siempre es fácil la conciliación simultánea de todos. Un gobierno local o regional puede, por ejemplo, utilizar su autonomía política para bajar impuestos y ganar competitividad a largo plazo, pero tendrá que asumir costes. Básicamente reducir la provisión de bienes públicos a corto o endeudarse, aunque también podría mejorar la eficacia del gasto. Otro gobierno puede hacer exactamente lo contrario y es probable que entre ambos se termine afectando a la igualdad de oportunidades y que cada uno de ellos se vea obligado a afrontar el coste político de sus decisiones.
La autonomía política es consustancial al federalismo, pero también la salvaguardia de los intereses de otras administraciones y de los objetivos políticos que son comunes al conjunto del Estado. La coordinación aparece, de esta forma, como otro principio sagrado del federalismo que choca frontalmente con el bilateralismo y que en caso de España corresponde al Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF), la Conferencia de Presidentes y el Senado. A los dos primeros no acuden ni País Vasco ni Cataluña y sus decisiones no son vinculantes. Además, en el CPFF el sistema de ponderación del voto garantiza el éxito de las propuestas que interesen al gobierno y el rechazo de las no consentidas, mientras que la Conferencia de Presidentes no se reúne. La inutilidad del Senado se agrava por la tensión con el Congreso y el Ejecutivo, pese al compromiso socialista en la “declaración de Granada” (julio, 2013) de cambiar la Constitución para su impulso como cámara de representación autonómica.
No habrá avances hacia un federalismo reconocible internacionalmente mientras no se resuelvan los problemas de coordinación. Primero por las excepcionalidades vasca y navarra y ahora por la singularidad catalana, que alimentan la amenaza de quiebra definitiva del modelo autonómico y la nada descartable necesidad de que tarde o temprano haya que redefinir por completo sus parámetros.
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